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6. Riesgos y desafíos de la CGR

La CGR enfrenta dos significativos desafíos, tanto desde su gestión interna como desde su rol fiscalizador en resguardo de la Hacienda pública. 

Sostenibilidad del servicio de la CGR

En un contexto de profundas transformaciones y acelerados cambios tecnológicos, las instituciones públicas están llamadas a asumir el reto de replantear su propósito de cara a la responsabilidad que tienen de generar valor público. La CGR es consciente de los enormes desafíos que enfrenta la gestión pública, y de su compromiso como órgano de control superior. En el año 2022, como consecuencia de la situación que se generó a nivel global causado por la pandemia de la Covid-19, inició un proceso sostenido de reflexión y discusión acerca del modelo de negocio actual y de cómo debe renovarse e innovar para cumplir, bajo las nuevas condiciones imperantes y a plenitud , con su mandato y responder oportunamente a los desafíos del entorno y a las exigentes demandas de la sociedad. 

Ese proceso implica asumir retos en diversos ámbitos, tales como el cultural, normativo y de gestión; a los que se suma un desafío particularmente relevante: el acceso a recursos financieros, lo cual se convierte realmente en el principal riesgo que enfrenta la CGR y que tiene incidencia directa en la continuidad del servicio público que está llamada a brindar. Es imperativo el concurso del legislador y del Poder Ejecutivo en atender esta afectación. 

Ante un panorama como el actual, en el que los desafíos se multiplican , el universo de fiscalización no solo aumenta, sino que cada vez es más complejo, sin que exista una correspondencia efectiva con el límite de gasto asignado por el Ministerio de Hacienda y sobre el cual se formula el presupuesto de la CGR. Más aún, mientras que el acceso a recursos presupuestarios ha decrecido en términos reales durante los últimos años, la demanda creciente por los servicios de fiscalización se manifiesta en todos los ámbitos de nuestro quehacer. No podemos negar el carácter crítico de esta situación con que se afecta al órgano contralor. 

La CGR es una institución responsable y comprometida. Ha realizado esfuerzos para contribuir con la compleja situación fiscal; no obstante, enfrenta en el presente una situación apremiante para la continuidad del servicio que está llamada a ejercer. La situación reflejada en el siguiente gráfico muestra que mientras nos enfrentamos a una demanda creciente por los servicios de fiscalización, durante los últimos cinco años, el presupuesto de la CGR presenta un franco decrecimiento. En efecto, de 2018 a 2023, en términos nominales, el presupuesto decrece con una variación de -3,41% y en términos reales de -15,52%. Sin embargo, para el mismo período de tiempo, el presupuesto del Gobierno Central crece con una variación nominal de 29,70% y real de 13,44%. 

Gráfico 3. Variación porcentual de 2018 a 2023

Gráfico 3. Variación porcentual de 2018 a 2023
Fuente: Elaboración CGR.

Por mucho que el órgano contralor haya optimizado sus procesos de trabajo, la ausencia total o parcial de recursos para el cumplimiento de su labor, le enfrenta al desafío de la continuidad en la prestación de los servicios públicos llamados a realizar. Lo anterior, por cuanto los límites presupuestarios impuestos por el Ministerio de Hacienda, constituyen una clara obstrucción al control y al sistema de rendición de cuentas, cuya génesis se encuentra en la misma Constitución Política. En ese sentido, el consenso internacional ha establecido que la independencia técnica, organizativa y presupuestaria de las EFS es un requisito indispensable para su adecuada operación, desarrollo y consolidación. Aquí hay una afectación innegable al normal desempeño de sus labores. 

No cabe duda, gestionar este importe riesgo trasciende el ámbito competencial de la CGR, que por supuesto continuará innovando y optimizando, de la mejor manera, sus escasos recursos, tanto en inversión tecnológica como el desarrollo de capacidades de su personal y otros aspectos medulares de su gestión. Este tema de fondo no puede ser soslayado y requiere ser sometido a un proceso de análisis y discusión por parte de la AL, que le permita tomar decisiones y sobre todo afianzar el fortalecimiento de la fiscalización superior de la Hacienda pública. 

Desafíos ante los cambios en el marco normativo de la regla fiscal

Durante el año 2022, la regla fiscal se enfrentó a la aprobación de diversas leyes de exclusión y cambios normativos, que debilitaron su aplicación en ese ejercicio económico.  En este sentido, en 2022 se aprobaron seis leyes de adición de incisos de excepción al artículo 6 del Título IV de la Ley N.° 9635, y cuatro leyes adicionales referentes a la definición de nuevos límites de crecimiento, o bien, que exceptuaban recursos del cálculo de la regla fiscal. 

Este tipo de modificaciones tienen un impacto en el alcance del instrumento, ya que reducen la cantidad de instituciones y rubros de gasto a los que debe aplicarse la regla fiscal, y por ende, disminuye el ámbito de cobertura que inicialmente buscaba abarcar el Título IV de la Ley N.° 9635. Lo anterior conlleva un menor control del gasto corriente y de capital, y resta simplicidad al instrumento, ya que para el proceso de verificación la información contenida en los presupuestos institucionales se vuelve insuficiente, y repercute en el efecto esperado de la aplicación de la regla fiscal sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas. 

Ante esto, es criterio de la CGR que la regla fiscal –como instrumento para la sostenibilidad de la deuda pública–, debe aplicarse de manera generalizada en todo el Sector Público no Financiero, de modo que todas aquellas instituciones que en cualquier momento representen un pasivo contingente para el Gobierno, deban someterse a un límite en su gasto. Esta metodología permitiría desarrollar una visión positiva de la aplicación de la regla fiscal e incentivaría el compromiso-país, en el cual la limitación o no del gasto estará relacionada directamente al desempeño de la institución.

Además de las leyes de exclusión, durante el ejercicio económico 2022, se realizaron modificaciones al Reglamento del Título IV incongruentes con lo establecido en la Ley N.° 9635 y la Ley N.° 9848. Esto derivó en que para el Informe de Cumplimiento de la Regla Fiscal elaborado por la Contraloría General en acatamiento a lo establecido en el artículo 21 del Título IV de la Ley N°9635, no se contara con criterios de auditoría fiables y pertinentes que dieran lugar a conclusiones consistentes y razonables sobre el cumplimiento o incumplimiento de la regla. Estas incongruencias, en su conjunto generaron una limitación significativa y generalizada en relación con el alcance la auditoría realizada, en adición a la incertidumbre asociada con la resolución pendiente de la medida cautelar interpuesta por la Contraloría General en relación con dichas incongruencias[1], siendo que esta última situación no impide que la Asamblea Legislativa discuta estos asuntos con miras a contar con un sistema consistente.

Otras situaciones observadas asociadas con la alta variabilidad normativa en materia de regla fiscal tienen que ver con ajustes a las leyes que utilizan redacción ambigua, o mezclan conceptos técnicos por ejemplo al hacer referencia a rubros del ingreso para realizar una exclusión a una regla que es de gasto. Todo lo anterior debilita también la seguridad jurídica acrecentando la incertidumbre en relación con la verificación de la regla. La Contraloría General también ha señalado que las modificaciones en el marco normativo aplicadas a la regla fiscal afectan la lógica del mecanismo, la simplicidad en la trazabilidad y el seguimiento de la verificación.

En resumen, las diferentes modificaciones normativas además de reducir el alcance del instrumento, incidieron en el proceso de verificación del cumplimiento de la regla fiscal al ser específicamente los cambios al Reglamento, incongruentes con la Ley. Ante esto, resulta necesario  realizar ajustes a la regla fiscal, para que permita lograr el objetivo establecido en la ley, para lo cual se deben considerar aspectos como:  su ámbito de cobertura, simplicidad, que sea orientada al resultado y que contenga controles estrictos asociados al nivel de riesgo. Así las cosas se requiere de la toma de decisiones urgentes en esta materia para que el esfuerzo que realiza el país tenga sentido alcance su propósito de brindar a esta y a las generaciones futuras el mayor nivel de bienestar posible

Notas al pie:

1    Las incongruencias refieren a diferencias en aspectos esenciales para la verificación de la regla fiscal, respecto de: las bases de verificación; los momentos de referencia para el cálculo; la aplicación de la regla fiscal a los recursos de las juntas de educación y juntas administrativas de las instituciones educativas, así como a las transferencias a las municipalidades y concejos municipales de distrito y el límite al crecimiento del gasto.

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