Cantabria es una de las diecisiete comunidades autónomas de España y se encuentra dividida en 102 municipios, de acuerdo con la organización territorial recogida en el artículo 137 de la Constitución española de 1978:
El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.
Constitución española de 1978, título VIII, artículo 137.1
La figura del municipio está definida en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local como «la entidad local básica de la organización territorial del estado», con «personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines» y sus elementos son «el territorio, la población y la organización».2
La administración y el gobierno del municipio se lleva a cabo a través de un órgano colegiado denominado ayuntamiento o alcaldía, encabezado por una institución unipersonal: el alcalde. Hasta el año 2011, los municipios de Tresviso y Pesquera se gobernaban mediante un tipo de sistema asambleario tradicional denominado concejo abierto, pero con el cambio de ley, ambos abandonaron este sistema para ser gobernados a través de la representación en alcaldes y concejales.3 4
Por lo general, los municipios poseen varias localidades, una de las cuales es la cabecera municipal, que suele albergar la casa consistorial. Algunos municipios tienen el nombre de una de sus localidades —sea su cabecera municipal o no— y otros no comparten nombre con ninguna de ellas. También pueden existir otros órganos de gobierno inframunicipales que gocen de cierta autonomía de gestión. Estos son las llamadas entidades locales menores, que corresponden a aldeas, parroquias o pedanías, cuya representación legal reside en su junta vecinal. Cada entidad posee un código de municipio compuesto por cinco o seis números; los dos primeros corresponden al código de la provincia, los tres siguientes al del municipio dentro de esta y el último es un dígito de control para detectar errores.
Cabe señalar que la Mancomunidad Campoo-Cabuérniga no constituye per se un municipio, aun a pesar de la extensión de su territorio. Se trata de una gran propiedad comunal singular por su tamaño y características, de gestión compartida entre los municipios de la Hermandad de Campoo de Suso, Cabuérniga, Los Tojos y Ruente.
Las elecciones municipales se celebran el cuarto domingo de mayo cada cuatro años, coincidiendo con las elecciones autonómicas.
El sistema electoral que siguen está regulado por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), y se basa en la votación mediante listas cerradas y la asignación de concejales siguiendo el sistema D'Hondt. El umbral electoral exigido a cada candidatura para obtener representación es del 5% de los votos válidos emitidos.
Los ciudadanos de los países de la Unión Europea empadronados en Cantabria tienen derecho al sufragio activo y pasivo, de acuerdo con las leyes que se han establecido para cumplir la directiva europea 94/80/CE del Consejo.
Igualmente, también pueden votar los ciudadanos de los países con acuerdos de reciprocidad, entre ellos: Argentina, Bolivia, Brasil, Burkina Faso, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea del Sur, Ecuador, Islandia, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Trinidad y Tobago, Uruguay, Venezuela. Por otro lado, los ciudadanos españoles residentes en algunos países extracomunitarios como Noruega también gozan del derecho al sufragio, pese a no existir acuerdo de reciprocidad.
El número de concejales por municipio se asigna en función de las personas empadronadas en el mismo, de acuerdo con la siguiente relación:
Hasta 100 habitantes, 3 concejales.
De 101 a 250, 5 concejales.
De 251 a 1000, 7 concejales.
De 1001 a 2000, 9 concejales.
De 2001 a 5000, 11 concejales.
De 5001 a 10 000, 13 concejales.
De 10 001 a 20 000, 17 concejales.
De 20 001 a 50 000, 21 concejales.
De 50 001 a 100 000, 25 concejales.
Situación de la comunidad en el norte de la península ibérica.
Código INE1
39001
39002
39003
39004
39005
39006
39007
39008
39009
39010
39011
39012
39013
39014
39015
39016
39027
39017
39018
39019
39020
39021
39022
39023
39024
39025
39026
39028
39029
39030
39031
39032
39033
39034
39035
39036
39037
39038
39039
39040
39041
39042
39043
39044
39045
39046
39047
39048
39049
39050
39051
39052
39053
39054
39055
39056
39057
39058
39059
39060
39061
39062
39063
39064
39065
39066
39067
39068
39069
39070
39071
39072
39080
39073
39074
39075
39076
39077
39078
39079
39081
39082
39083
39084
39085
39086
39087
39088
39089
39090
39095
39091
39092
39093
39094
39101
39096
39097
39098
39099
39100
39102
Municipio
Pob.
(2017)16
2446
4222
291
1690
1713
2098
472
18 120
4132
687
1987
8326
595
1001
970
30 556
3757
682
5742
2744
31 817
536
1320
8288
2195
10 912
2055
3757
749
2358
1550
1612
623
302
11 347
1216
2355
1824
611
5147
2125
7459
1985
4676
393
1585
2553
2083
332
298
68
24 918
239
5850
1342
2843
2895
966
9331
8312
4426
2223
1045
1615
264
1031
870
748
2421
154
452
380
4173
12 818
9095
171 951
4154
254
1610
11 004
515
1915
1207
1040
8645
402
52 034
70
145
903
2804
2218
994
323
987
306
765
784
1626
3883
1014
2716
Superficie (km²)
46.34
32.34
20.90
86.82
5.51
24.66
46.83
6.83
36.63
30.53
32.44
33.56
81.43
86.45
161.81
36.58
91.06
89.72
19.01
19.19
96.77
44.07
104.52
5.94
18.61
45.38
49.48
43.17
19.11
74.53
21.89
222.65
40.34
71.23
15.71
25.96
36.73
10.07
90.54
28.37
55.65
26.78
16.37
24.50
33.77
71.07
9.20
31.67
54.28
69.99
8.93
88.64
89.77
12.70
7.64
36.14
32.97
42.89
4.12
32.09
36.94
42.17
118.02
30.48
57.35
65.86
87.96
15.13
36.24
35.99
57.44
35.70
41.04
17.26
48.23
34.76
28.46
30.98
36.82
11.53
17.82
39.29
214.16
25.50
24.56
89.50
35.54
16.23
52.44
19.64
50.86
97.76
83.72
89.33
298.24
19.53
133.21
87.53
50.74
28.02
30.08
77.71
Mapa
Escudo
Bandera
Hermanamiento
↑ Se ha optado por no señalar de manera individualizada las referencias a los blasones municipales para evitar sobrecargar la tabla. Las referencias se pueden consultar en el Anexo:Armorial municipal de Cantabria.