Archivado el Caso Puerta Nueva

(Barrio Universitario)

Febrero de 2019

Los experimentos urbanísticas del Ayuntamiento de Cartagena en el Arrabal de San Diego, también conocido como Barrio Universitario, acabaron en 2019 con el archivo de la causa....

JOSÉ ALBERTO GONZÁLEZ

La verdad, Viernes, 1 febrero 2019, 10:30

En poco más de cinco años, Residencial Puerta Nueva Cartagena SA, empresa que gestionó el proyecto municipal de reurbanización del barrio universitario durante la etapa de gobierno del Partido Popular, ha visto ya dos veces cómo las denuncias penales sobre la adjudicación del contrato y la gestión del mismo han quedado en agua de borrajas. Ahora, además, este caso de presunta corrupción ha quedado sepultado de forma definitiva, tras una resolución de la Audiencia Provincial.

La prescripción de los hechos presuntamente delictivos llevó en diciembre de 2013 a la Fiscalía a archivar la denuncia de Izquierda Unida (IU), Democracia Real Ya y Movimiento Ciudadano (MC) contra el Consejo de Administración de la Sociedad Municipal Casco Antiguo –formado por ediles de PP, PSOE e IU–, por haber resuelto la adjudicación en favor de Puerta Nueva y no de Ferrovial en 2002. La Fiscalía vio indicios de prevaricación administrativa, pero archivó las diligencias, al haber pasado más de 10 años desde su comisión.

Esas diligencias trataban de aclarar un supuesto trato de favor de la entonces alcaldesa, Pilar Barreiro, a la promotora vinculada con el exalcalde socialista y amigo de la actual senadora del PP José Antonio Alonso. Este fue, varios años, gerente de la sociedad formada por empresarios cartageneros y madrileños, quien obtuvo el encargo de levantar 300 casas y un parking en el casco histórico pese a que Ferrovial tenía mejor puntuación técnica. Tras una intervención verbal de Barreiro, el Consejo de Casco se decantó por Puerta Nueva, al considerar que ofrecía más garantías de solvencia, mejoras económicas y la presencia de la alcaldesa en el Consejo de la promotora.

Como en 2013, el efecto de la caducidad de los plazos establecidos por la ley para presentar denuncias ha hecho que, en este 2019, la Audiencia archive la querella por apropiación indebida e insolvencia punible contra Puerta Nueva. En este caso, el Ayuntamiento pidió al Ministerio Fiscal que investigara y, cuando este vio indicios de delito, se personó como acusación particular. En los juzgados, el Consistorio sostuvo que hubo un desfalco premeditado de la sociedad, por medio de la concesión de préstamos por valor de 9,2 millones de euros, para evitar el pago de las plusvalías urbanísticas acordadas con la institución municipal.

Según el Ayuntamiento, el Consejo de Puerta Nueva otorgó créditos a las empresas que formaban parte del accionariado y dejó de pagar unos 3 millones de euros a Casco. Esta última cantidad correspondía al 30% de los ingresos obtenidos por la venta de viviendas, locales comercial y plazas de garaje de 2007 a 2010.

La deuda, reducida por los tribunales a 2 millones, continúa a día de hoy impagada, puesto que Casco Antiguo no reclamó el abono hasta el año 2011 –previa exigencia del concejal de MC y luego alcalde José López– y Puerta Nueva entró en 2012 en concurso de acreedores.

En manos del Mercantil

La última y más que complicada baza municipal para recuperar el dinero es a través del Juzgado de Lo Mercantil 1 de Madrid, que ha desvelado un 'agujero' de 22 millones de euros en las cuentas de la empresa.

El auto dictado por la Audiencia Provincial el 22 de enero, y al que 'La Verdad' accedió este jueves, concluye que el Ayuntamiento rebasó el plazo de cinco años para denunciar. De hecho, superó los siete. Frente al criterio de la Fiscalía, la sala de apelaciones sostiene que «no estamos ante un delito permanente, ni ante un delito continuado, sino ante varias acciones que formarían parte de un mismo delito y que terminan el 13 de diciembre de 2007». Y añade que, a la vista del Código Penal vigente entre el 4 de julio de 2005 y el 13 de diciembre de 2007, periodo de concesión de los créditos, el plazo para denunciar las conductas presuntamente delictivas había acabado cinco años después de esa última fecha. La denuncia municipal ante la Fiscalía, presentada por Casco Antiguo con el PP aún el poder y también a instancias del concejal López, fue realizada el 10 de marzo de 2015.

En cualquier caso, para mayor victoria de los cuatro directivos imputados durante casi tres años por el Juzgado de Instrucción 1, los magistrados entienden que los préstamos no tenían por objeto «perjudicar a los acreedores». A su juicio, «el mero hecho de que no se devolviera el dinero prestado [es un] simple incumplimiento de una obligación civil» y «nunca se podría fundar una condena por un delito de apropiación indebida únicamente en los hechos que contiene el citado auto de procesamiento dictado por el Juzgado de Instrucción 1 de Cartagena».

Para la Audiencia, no cabe someter a juicio una eventual apropiación indebida del antiguo artículo 252 del Código Penal, «en cuanto al dinero objeto de los préstamos concedidos por Cajamurcia a la promotora». A su entender, los préstamos no tuvieron por objeto conseguir la «despatrimonialización de la entidad» para «dificultar» el pago a Casco Antiguo de parte de los ingresos extra derivados del incremento en los precios de venta de las viviendas y los locales previstos de forma inicial.

Los magistrados Jacinto Aresté, Matías Soria y Juan Ángel Pérez recuerdan que el juez estimó, de forma parcial, un recurso de Espelosín y desechó la apropiación indebida.

Tampoco insolvencia punible

Y, zanjando el asunto, dan por estimados los recursos de apelación interpuestos por Puerta Nueva y por los ejecutivos de la firma Agustín Alonso, representante de Aljama Tres Inversiones SL, entidad administradora única de Mistral Inversiones SL, y de Medi Valencia y hermano del exalcalde; y Jesús Espelosín, consejero delegado mancomunado de Puerta Nueva y exedil de Urbanismo del Madrid por el PSOE. También exculpan a Antonio José Lleó, consejero delegado de Puerta Nueva; y Santiago López, consejero delegado de Sethome Construcción y Promoción SA. Fuentes judiciales indicaron que solo cabe un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.