Recurso de Adepa al Pepri/Peop

Alegaciones al Pepri Peop


Contencioso administrativo de adepa contra el pepri/peop

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2010

Sentencia adversa al contencioso de adepa contra el Peop

(Pero también contradictoria con la posterior de Caridad 22,que establece que las alineaciones urbanas no se mantienen con las calles sino con los edificios)

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sentencia_Peopch_julio_2010.pdf

28/julio/2010

Una sentencia del TSJ avala la tramitación del plan especial de protección del casco histórico

El Ayuntamiento remite el fallo al juzgado que investiga la legalidad del permiso de las obras del Monte Sacro

LA VERDAD CARTAGENA.Miércoles, 28 julio 2010, 09:59

Una excavadora trabaja en el solar del Monte Sacro donde se construirá un edificio. :: A. GIL / AGM

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ratifica el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI) del casco histórico de Cartagena. Lo ha hecho su Sala de lo Contencioso Administrativo con una sentencia que desestima el recurso que presentó la Asociación para la Defensa del Patrimonio (Adepa) contra el acuerdo del pleno municipal -de 3 de marzo de 2005- que ratificó dicha norma, que es la que regula los desarrollos urbanísticos en el casco antiguo.

El mismo fallo también valida el Plan Especial de Ordenación y Protección (PEOP) de la misma zona urbana, mientras que en el Ayuntamiento creen que será de gran ayuda para demostrar en otra investigación judicial la legalidad de las obras de construcción de viviendas en la ladera de Monte Sacro.

Adepa recurrió en 2007 el PEPRI por entender que en su aprobación había un defecto de forma, por no notificarla a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura, que es administración competente. Además, el plan no fue publicado íntegramente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, aseguró.

La asociación conservacionista también alegó ante el TSJ que el Ayuntamiento aprobó el plan especial sin modificar el Plan General de Ordenación Urbana, ya que según entendían sus asesores legales el PEPRI modificaba «sustancialmente y sin cobertura legal» los límites del conjunto histórico de Cartagena.

Además, la protección del Arsenal fue cuestionada por Adepa en su recurso, al entender que el plan especial ni lo conservaba adecuadamente ni mantenía el grado 3 que sí tiene garantizado por el Plan General de Ordenación Urbana. El PEPRI recogía su ámbito de protección de zonas céntricas afectadas por planes de reforma interior pero sin adaptarlas mediante normas transitorias, alegó Adepa en su recurso ante el TSJ. Uno de los casos en los que se detenía era el del plan de reforma del Monte Sacro, ya que el PEPRI modificaba la trama urbana y las alturas de los edificios a construir en ese barrio, contradiciendo el plan de reforma interior.

Todas esas cuestiones fueron contestadas por la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Cartagena, que lo primero que puso en duda fue la legitimidad del recurso por no constar qué órganos de representación de Adepa lo interponían. Los letrados municipales también aclararon que el acuerdo de aprobación del PEPRI fue recogido en el Boletín de la Región del 9 de agosto de 2005, junto con el índice de documentos del Plan y el texto normativo. Y por acuerdo del Pleno de 28 de septiembre de 2006 se resolvieron los recursos de reposición formulados por particulares contra el acuerdo de aprobación definitiva.

El Puerto y el Arsenal

El Ayuntamiento también garantizó ante el TSJ la protección del Arsenal y del Puerto, aunque aclaró que ambas zonas son competencia de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y precisan de planes de ordenación y protección específicos por estar afectadas por otras normas de ámbito estatal. Entre otras cuestiones, el Ayuntamiento demostró que era una apreciación errónea de Adepa la modificación de los límites del conjunto histórico.

La sentencia también recoge una serie de precisiones realizadas por los letrados municipales sobre los límites de la zona de protección del casco histórico, así como sobre las actuaciones que hay en marcha para el desarrollo de zonas como el Monte Sacro y el Molinete.

El tribunal legitima al presidente de Adepa, Juan Miguel Margalef, a presentar el recurso, pero defiende la tramitación municipal del PEPRI y del PEOP, y en especial destaca que no era necesaria la modificación del Plan General. Además, el Ayuntamiento se apoyó para ello en indicaciones de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo.

La sentencia también se detiene en las contradicciones que según Adepa surgen entre los planes de protección del casco histórico y los de reforma de algunos de sus barrios, y se centra fundamentalmente en el que afecta al Monte Sacro (CA-5 es su nombre técnico): «De estos informes resulta que, en líneas generales se respetan las determinaciones de los peris existentes, y que la remodelación urbana realizada en el Área de Intervención CA-5 no sólo resulta justificada por las razones que se recogen en el informe de la Dirección General de Cultura sino que además no supone alteración de alineaciones pues se mantienen vaciando el tejido edificado. Por tanto, y frente a lo que argumenta la parte actora (Adepa), no desaparece la alineación urbana existente por lo que han de rechazarse todas las alegaciones que hace relativas al PERI CA-5», dice la sentencia.

Un portavoz municipal valoró ayer muy positivamente esta sentencia «porque viene a ratificar que el PEPRI estaba tramitado perfectamente y desestima el recurso de Adepa muy bien fundamentada».

Tanto valor le da el Gobierno municipal al fallo que su Asesoría Jurídica la ha remitido al juez de Instrucción número 5, que investiga las querellas presentada por Adepa y varios colectivos ciudadanos contra los responsables de Urbanismo y Cultura por autorizar la construcción de edificios en una ladera del Monte Sacro, en la calle Muralla de Tierra, uno de los límites del conjunto histórico.

«Adepa ha basado su denuncia por las obras del Monte Sacro en los mismos argumentos que ahora han sido desestimados por el TSJ. Esperamos que la denuncia siga el mismo camino que su recurso», señalaron las mismas fuentes.