La trata de personas es un delito que expresa una profunda crisis civilizatoria, pues hace evidente que la libertad y la dignidad humanas, derechos fundamentales sobre los que se han construido nuestras sociedades contemporáneas, sigan siendo negadas para decenas, si no es que para cientos de miles de personas alrededor del mundo. Es también expresión de una crisis civilizatoria porque, aunque constituye una expresión del mal radical, en tanto que implica la deshumanización total de las víctimas, es un crimen cada vez más “rentable” que se ha adaptado al avance de las tecnologías de la información y del flujo de capitales, y que se hace posible en un contexto de vulnerabilidad creciente en todos los países.
Cuando yo cursaba la licenciatura en Derecho todo parecía perfecto. Las piezas conceptuales aparentemente encajaban. El Derecho a veces se definía de forma indeterminada y generalista “dar a cada uno lo suyo”, otras en latín “Ius est ars boni et aequi” arte de lo bueno y equitativo. Sin embargo, el estudio posterior me demostró que la aspiración de perfección de lo jurídico es con frecuencia un deseo inalcanzable. Un día encontré en un libro de viejo, con anotaciones anónimas, una cita del filósofo Trasímaco (459-400 a. C.) que decía “el Derecho es la voluntad del más fuerte” con la apostilla escrita a lápiz “convertida en ley en defensa de sus intereses”.
Quien ha sido juzgado no puede ser entregado para ser juzgado nuevamente. Este principio esencial del Estado de Derecho continúa, sin embargo, presentando importantes déficits en el ámbito de la cooperación penal internacional. Mientras los ordenamientos nacionales protegen el efecto impeditivo del ne bis in idem en el ejercicio de la potestad jurisdiccional interna, esa garantía se debilita en los procedimientos de extradición y entrega. La consecuencia es que la efectividad de los derechos fundamentales puede llegar a depender de la geografía de la cooperación penal y de las diferencias existentes entre sistemas jurídicos.
La presente monografía analiza el régimen de las medidas cautelares aplicables en el proceso penal frente a entidades —con personalidad jurídica y sin ella—, una materia especialmente compleja debido a la inexistencia de un sistema cautelar penal unificado en el ordenamiento jurídico español. Desde esta premisa, la obra aborda la tutela cautelar como manifestación directa del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, poniendo de relieve la necesidad de un marco normativo claro, coherente y sistemático.
Como ha venido señalando desde antaño la Corte Suprema de Justicia de la Nación, las formas procesales son meramente instrumentales y enderezadas a permitir que los derechos sustanciales debatidos en el juicio puedan hacerse efectivos. El principio constitucional de igualdad también ha sido perforado en su duras membranas para no incurrir en lo que Ferrajoli denominó “indiferencia por las diferencias”, al punto que la legislación necesariamente debe contemplar el derecho de la parte más débil en un sistema de protección para no permitir que ésta pueda permanecer librada solamente a merced de las relaciones de fuerza1 .
El Informe de Caracterización del Crimen Organizado en Ecuador 2025, elaborado por la PADF y el OECO, analiza la evolución de los mercados ilícitos mediante un enfoque de «cadenas de valor» que evidencia su reciente profesionalización operativa. El estudio identifica al narcotráfico como la principal expresión criminal del país, seguido por el vertiginoso ascenso de la minería ilegal, la cual se ha consolidado como el segundo mercado más lucrativo con ganancias estimadas en 1.300 millones de dólares.
Las 40 Recomendaciones del GAFI son el estándar internacional en materia de lucha contra el lavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo. Se puede establecer que es el estándar internacional por varias razones, la primera y fundamental está en el hecho de que han sido aceptadas internacionalmente y hoy más de 200 países y jurisdicciones se han comprometido a aplicarlas en su territorio lo que significa un nivel de aceptación tal, que se erige por sobre el número total de la membresía de las Naciones Unidas.
La última entrega del Informe de Caracterización del Crimen Organizado evidenció que el ascenso criminal es el resultado de la consolidación de al menos siete mercados criminales operantes en el país, con sus nodos logísticos y operativos distribuidos estratégicamente en el territorio nacional. De ahí que los elevados niveles de violencia a nivel subnacional no sean una casualidad, sino un indicador más de la configuración de estos mercados.
Derecho Humano y nucleo esencial de la acusación y la defensa
El proceso penal en México comienza cuando, ante el juez de control, el Ministerio Público, dentro del contexto de la audiencia inicial, informa al imputado (presente) que desarrolla una investigación en su contra por un hecho que la ley señala como delito y del cual estima pudo haber intervenido bajo cualquiera de las formas señaladas para ello por la ley penal. Esta comunicación se verifica en un escenario enmarcado por los principios rectores del sistema acusatorio y necesariamente en un contexto de protección a los derechos de los intervinientes, ya sea que se trate del imputado o de la víctima u ofendido, tanto a nivel supranacional, constitucional y/o legal.
La intención es proveer de insumos útiles que favorezcan el diálogo democrático en torno a las decisiones del máximo tribunal de nuestro país. Reconociendo, como labor irrenunciable, favorecer el trabajo, consolidación y fortalecimiento de instituciones encargadas de la defensa, promoción y garantía de los derechos humanos. Las cuales cumplen un papel de garantes de un modelo, no solo de Constitución, sino también de vida, con el que se hace frente a las amenazas de las violencias de género y demás muestras de intolerancias.
El constitucionalismo mexicano no podría comprenderse sin la labor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que por medio de sus decisiones ha garantizado la vigencia de las normas y los prin cipios contenidos en nuestra Constitución. En particular, las disposiciones sobre derechos humanos han sido dotadas de contenido normativo en los precedentes del Máximo Tribunal, el cual ha interpretado los mandatos constitucionales a la luz de los más altos estándares internacionales en la materia y ha desa rrollado figuras jurídicas innovadoras que contribuyen a hacer realidad los mandatos de protección, respeto, promoción y garantía de los derechos para todas las personas.
El derecho penal es una ciencia o saber normativo, o sea, que se ocupa de las leyes que interesan a los penal y en base a ellas construye una teoría. De las leyes se deducen normas, pero éstas no son objetos reales, sino elementos lógicos necesarios (entes ideales) para la construcción de la teoría. Toda teoría del derecho penal debe responder a tres preguntas básicas: (a) ¿Qué es el derecho penal? (teoría del derecho penal) (b) ¿Qué es el delito? (teoría del delito) y (c) ¿Cómo se debe responder al delito? (teoría de la responsabilidad penal).
Acorde con los lineamientos teóricos expuestos en el año 2000, presentamos un nuevo manual de la materia dirigido fundamentalmente a los estudiantes. No se trata de una nueva edición y ni siquiera de una versión renovada, sino de una obra completamente nueva, pues entendemos que así lo requiere la complicada discusión contemporánea. Es continuación del Manual de los setenta en el sentido de que permanece y profundiza la línea del derecho penal liberal o de garantías en la que el anterior se enrolaba.
El presente documento técnico, como insumo de referencia para los operadores jurídicos, elaborado por la Pan American Development Foundation, Inc. PADF, en el marco del Proyecto de Creación de capacidades del sector judicial ecuatoriano para combatir la delincuencia transnacional y el narcotráfico, con apoyo del Gobierno de los Estados Unidos a través de la Oficina de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley, INL, considera la recuperación de activos en su contexto interno, a partir del análisis sobre el alcance del comiso en la legislación doméstica, así como en su dimensión internacional, a partir del estudio de los mecanismos de asistencia judicial y los principios de derecho internacional aplicables.
En términos generales, el documento define el lavado de activos como el proceso mediante el cual se busca dar apariencia de legalidad a bienes o dineros provenientes de actividades ilícitas (como narcotráfico, corrupción o trata de personas), con el fin de integrarlos al sistema económico formal. Con esto, se busca que las instituciones comprendan el ciclo delictivo completo, que abarca desde la colocación inicial de los fondos, pasando por la estratificación (movimientos para borrar el rastro), hasta la integración final de los activos en la economía lícita.
La Guía Práctica sobre Medidas Dirigidas a Reducir la Prisión Preventiva constituye la primera iniciativa de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la CIDH” o “la Comisión”), que presenta sus recomendaciones principales contenidas en informes temáticos, de manera didáctica y dirigida específicamente a las autoridades responsables de la realización de esfuerzos enfocados en una temática determinada. En particular, esta guía práctica incluye las principales recomendaciones respecto a líneas de acción y políticas públicas contempladas en el Informe sobre Medidas Dirigidas a Reducir la Prisión Preventiva en las Américas; en este sentido, la CIDH espera que este instrumento, constituya una herramienta práctica eficaz que facilite el proceso de implementación de las recomendaciones emitidas en el informe en referencia.
La creciente victimización de niños, niñas y adolescentes: Análisis estadístico anual de homicidios intencionales en Ecuador 2025 marzo 31, 2026
Informe de Caracterización de Crimen Organizado en Ecuador 2025 enero 8, 2026
La cadena de valor del MDMA-Análisis desde la producción al consumo diciembre 8, 2025
Factores de riesgo de vinculación de NNA a GDO en Ecuador octubre 29, 2025
Minería Ilegal y cadenas de suministro del oro en Ecuador septiembre 30, 2025
Análisis de la respuesta del sistema de justicia penal en casos de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización septiembre 23, 2025
Boletín semestral de homicidios intencionales en Ecuador: enero-junio 2025 agosto 5, 2025
Análisis de la respuesta del sistema de Justicia Penal en casos de Delincuencia Organizada julio 9, 2025
Presencia e Influencia de los Grupos Criminales de los Balcanes en Ecuador junio 17, 2025
Estudio sobre vinculación de niños, niñas y adolescentes a organizaciones criminales en Ecuador junio 17, 2025
Boletín anual de homicidios intencionales en Ecuador 2024 junio 17, 2025
Recomendaciones para el próximo Gobierno en la lucha contra el crimen organizado septiembre 5, 2024
Boletín semestral de homicidios intencionales en Ecuador: enero-junio 2024 septiembre 2, 2024
¿El paraíso perdido? Tráfico de armas de fuego y violencia en Ecuador
junio 28, 2024
Boletín anual de homicidios intencionales en Ecuador 2023 abril 9, 2024
El Manual de razonamiento probatorio, es de gran relevancia ante la indiscutible necesidad de formación sobre este tema en la labor jurisdiccional. A través de esta herramienta las personas juzgadoras podrán adquirir los conocimientos para realizar un adecuado razonamiento de la prueba, en respeto y protección de los derechos humanos, mediante el desarrollo de los estándares relacionados con la práctica del razonamiento probatorio, así como los avances y retos que existen sobre la institución de la prueba. La correcta valoración de las pruebas, el cause que conecta los hechos y la averiguación de la verdad, no serían posibles sin la racionalidad de las pruebas dentro de los procesos judiciales, en ese sentido, el razonamiento probatorio es un tema que cada vez cobra mayor relevancia en la actividad jurisdiccional, pues constituye un conocimiento central en la práctica diaria de las personas juzgadoras.
El objeto del presente estudio es dar seguimiento al informe sobre prisión preventiva de 2013, mediante el análisis de los principales avances y desafíos en el uso de esta medida por parte de los Estados. La selección de las recomendaciones respecto a las que la CIDH dará particular seguimiento, se basó en la consideración de que los esfuerzos realizados para su cumplimiento, reflejan con mayor claridad los logros y dificultades presentados en la utilización de la prisión preventiva en la región. Asimismo, la CIDH considera que el análisis del seguimiento de estas recomendaciones, resulta de gran utilidad para que los Estados tengan mayor entendimiento en la materia, y por lo tanto, cuenten con una herramienta adicional para adoptar políticas estatales enfocadas en la reducción de la prisión preventiva en las Américas
El propósito inicial de este libro se enuncia como una simple intención de divulgación de la problemática de la criminología, con el objeto de llevar a conocimiento del público no especializado (pero que es usuario de las instituciones judiciales y, con frecuencia, víctima de éstas) lo que la criminología y los expertos del derecho dicen acerca de los delitos y de las penas. Se trata de un propósito absolutamente sacrosanto, pues todos nosotros en Italia somos conscientes del peso que han tenido para la civilización europea libros como Dei delitti e delle pene de Cesare Beccaria. Pero además –como en el caso de Beccaria– es difícil que el libro respete los límites impuestos al comienzo.
En cualquier lugar de la superficie de este plane ta se habla de la cuestión criminal. Es casi lo único de que se habla –en competencia con el fútbol, que es arte complejo–, mientras pocos parecen darse cuenta de que molestamos demasia do al planeta y le podemos provocar un estornudo que nos proyecte violentamente a quién sabe dónde (por no usar alguna expresión poco acadé mica). Se habla, se dice, con ese se impersonal del palabrerío. Y lo más curioso es que casi todos creen tener la solución o, por lo menos, emiten opiniones.
La publicación del volumen Ensayos Penales No. 15 se encasilla en esta línea de acción. Con esta obra, se reafirma el compromiso institucional de promover el pensamiento jurídico desde una perspectiva plural, interdisciplinaria y con enfoque de derechos. Esta edición reúne un conjunto de ensayos que abordan con sentido crítico algunos de los principales desafíos que enfrenta el sistema penal ecuatoriano y, en general, los sistemas penales contemporáneos. Los temas tratados en esta obra no son ajenos a la realidad cotidiana ni al interés público.
Esta edición posee un alcance interdisciplinario y holístico, abordando temas críticos que van desde la inteligencia criminal, hasta la peligrosa desmaterialización del concepto de organización criminal y la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Es de vital importancia tratar estos temas desde el ámbito académico, ya que el rigor científico permite identificar el modus operandi de los actores delictivos y formular propuestas claras para una investigación y procesamiento efectivos. En ese sentido, se extiende, en particular, el más profundo agradecimiento a los autores que han aportado su visión experta y pluralista a la construcción del presente producto editorial.
El Estado de Derecho, en su dimensión material, se fundamenta en el acatamiento al ordenamiento jurídico y se orienta a la protección integral de todos los participantes del esquema social. Así, las garantías del debido proceso son pilares ineludibles para la legitimidad del sistema punitivo. En este contexto, la Fiscalía General del Estado, a través de la Dirección de Estudios Penales, tiene el alto honor de presentar la edición número 37 de la Revista Perfil Criminológico, titulada “El debido proceso y sus garantías fundamentales: Una discusión impostergable”. Este proyecto aborda la dogmática penal y procesal de los principios esenciales que rigen el proceso penal acusatorio.