TRANSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO A CUBA:
El matrimonio desde su celebración produce efectos civiles, y para el pleno reconocimiento de los mismos en territorio cubano será necesario su transcripción al Registro Civil Especial. La transcripción hace fe del acto del matrimonio ocurrido en el exterior, de la fecha, hora y lugar en que se contrajo. Es el medio de prueba de que el matrimonio se ha realizado, siendo ésta el título que legitima el estado civil de casado.
La formalización del matrimonio en el exterior puede acontecer entre:
Un(a) ciudadano(a) cubano(a) y un(a) ciudadano(a) extranjero(a), o
Dos ciudadanos cubanos residentes en el exterior.
La transcripción del matrimonio formalizado en el extranjero deberá ser registrada en el Consulado, para su posterior reconocimiento y valor probatorio en Cuba. Este trámite se realiza de manera presencial, preferiblemente por el(la) ciudadano(a) cubano(a).
La persona interesada deberá presentar los siguientes documentos:
Modelo de solicitud de Transcripción de Matrimonio (Modelo 11/30) el cual se puede DESCARGAR AQUÍ, con todos los datos requeridos llenos, rellenado en computadora o con letra de molde legible con tinta azul o negra, y firmado donde corresponde. Si tiene dudas, favor consultar.
Acta original de matrimonio, expedida por el Registro Civil, legalizada por el Ministerio de Gobernación y la Secretaría de Relaciones Exteriores correspondiente. La información para realizar las legalizaciones de documentos mexicanos la podrá consultar AQUÍ.
Fotocopias de las actas de nacimiento de ambos cónyuges.
Fotocopia de las páginas llenas del pasaporte del(la) cónyuge cubano(a) (aquellas que tienen datos, fotos, prórrogas, visados, sellos).
Fotocopia del carné de inscripción consular del(la) ciudadano(a) cubano(a).
Hoja con los datos de contacto de la persona que solicita la transcripción (teléfonos, dirección de correo electrónico, contacto de whatsapp, etc) por si fuese necesaria alguna aclaración adicional sobre el trámite.
Recibo original de pago por valor de 5750.00 PMX (pesos mexicanos, costo del servicio de asiento, transcripción y legalización de la certificación de matrimonio mexicana).
El pago podrá hacerse mediante depósito en efectivo a través de cajero automático o en ventanilla, añadiendo una breve descripción del servicio que se solicita. Realizar el pago en el banco BBVA BANCOMER a la cuenta: EMBAJADA DE LA REPÚBLICA DE CUBA, CONSULADO EN MONTERREY, número de cuenta: 0149793887.
Datos del Consulado: Ángel Martínez Villarreal # 540, e/ Ave. Simón Bolívar y Prof. Joel Rocha, Colonia Chepevera, 64030, Monterrey, Nuevo León. Horarios: De lunes a viernes, de 9:00am a 1:30pm. Teléfono: 81 8348-3477 (llamar de 9am a 1:30pm). Email: consulado@mmx.consulcuba.cu. No es necesario obtener o reservar cita. Se atiende a las personas por orden de llegada.
El consulado comprobará los documentos. Si todo estuviese correcto realizará el trámite de asiento a Cuba, entregará un comprobante de pago por los servicios y enviará posteriormente por correo electrónico una constancia del trámite.
OBTENER ACTA DE MATRIMONIO CUBANA:
Pasados los 90 días de realizada la transcripción de matrimonio en el consulado, si la persona solicitante, padre, madre o tutor legal necesita obtener un acta de matrimonio cubana, podrá hacerlo de tres maneras:
Acudiendo a la oficina del Registro Especial de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior, perteneciente al MINJUS, que se encuentra en la sede de la Unidad Presupuestada de los Registro Centrales y para la Inversión Extranjera, sita en calle 9na No. 158 esquina E, Plaza de la Revolución, La Habana, o contactar a la oficina al teléfono de atención al público 7837-5857. Recuerde presentar como evidencia el documento de inscripción que expidió el consulado.
Solicitarla en el sitio web del Ministerio de Justicia (https://www.minjus.gob.cu/es opción Servicio en línea), precisando la oficina donde se recogerá el documento y los datos de la persona que lo recogerá y hará el pago. Esta modalidad no permite el envío de documentos fuera de Cuba.
Solicitarla a través de alguno de las entidades que ofrecen ese servicio, como la Consultoría Jurídica Internacional (CJI), el Bufete Especializado de Servicios (BES) u otras entidades, las cuales podrán no solo obtener el acta, sino legalizarla en el MINREX y en la Embajada de México en La Habana si fuese solicitado.