PODER PARA MATRIMONIO EN CUBA
Para contraer matrimonio en Cuba de manera no presencial, el interesado deberá enviar a la persona apoderada en Cuba los requisitos relacionados en CONTRAER MATRIMONIO EN CUBA, más un poder que lo autorice a representarlo en el acto del matrimonio. El poder se confecciona en el consulado.
Para solicitar el poder, el interesado deberá DESCARGAR AQUÍ el modelo. Rellenarlo y enviarlo a nosotros por la vía del correo electrónico para revisarlo y comunicarnos con usted nuevamente. Cuando el poder esté listo para firmar, usted deberá acudir al Consulado a revisarlo por última vez, aprobarlo, firmarlo, y recogerlo para enviarlo a la persona que usted designe como apoderada.
Este tipo de trámite no puede realizarse de manera no presencial. La persona que otorga el poder deberá presentarse personalmente en el consulado.
El pago del arancel por la expedición del poder es de 2760.00 PMX (pesos mexicanos). El pago podrá hacerse mediante depósito en efectivo a través de cajero automático o en ventanilla, añadiendo una breve descripción del servicio que se solicita. Realizar el pago en el banco BBVA BANCOMER a la cuenta: EMBAJADA DE LA REPÚBLICA DE CUBA, CONSULADO EN MONTERREY, número de cuenta: 0149793887.
REQUISITOS PARA CIUDADANOS MEXICANOS:
Los datos que deberá aportar al acudir al Consulado son los siguientes:
Modelo para la solicitud de poder especial para matrimonio en Cuba debidamente rellenado en computadora o con letra de molde legible con tinta azul o negra, y firmado.
Fotocopia del pasaporte de la persona solicitante (otorgante).
Documento de identidad mexicana (pasaporte o credencial INE) y una fotocopia de la persona solicitante (otorgante).
Fotocopias legibles de las actas de nacimiento de ambos contrayentes. No se requiere que estén legalizadas, pero si lo estuviesen, se aceptarán.
Fotocopia del carné de identidad cubano del futuro contrayente.
Fotocopia del carné de identidad cubano de la persona a quien se le otorgará el poder.
Comprobante de pago original con importe de 2760.00 PMX.
REQUISITOS PARA CIUDADANOS CUBANOS:
Los datos que deberá aportar al acudir al Consulado son los siguientes:
Modelo para la solicitud de poder especial para matrimonio en Cuba debidamente rellenado en computadora o con letra de molde legible con tinta azul o negra, y firmado.
Fotocopia del pasaporte de la persona solicitante (otorgante).
Documento de identidad mexicana (pasaporte o credencial INE) y una fotocopia de la persona solicitante (otorgante).
Fotocopias legibles de las actas de nacimiento de ambos contrayentes. No se requiere que estén legalizadas, pero si lo estuviesen, se aceptarán.
Fotocopia del carné de los carnés de identidad cubanos de ambos contrayentes.
Fotocopia del carné de identidad cubano de la persona a quien se le otorgará el poder.
Comprobante de pago original con importe de 2760.00 PMX.
Datos del Consulado: Ángel Martínez Villarreal # 540, e/ Ave. Simón Bolívar y Prof. Joel Rocha, Colonia Chepevera, 64030, Monterrey, Nuevo León. Horarios: De lunes a viernes, de 9:00am a 1:30pm. Teléfono: 81 8348-3477 (llamar de 9am a 1:30pm). Email: consulado@mmx.consulcuba.cu. No es necesario obtener o reservar cita. Se atiende a las personas por orden de llegada.
Además del original del poder, la persona que desee contraer matrimonio en Cuba de manera no presencial deberá enviar a la persona apoderada los siguientes documentos:
Fotocopia del documento de identidad mexicana (pasaporte o credencial INE).
Acta de nacimiento original mexicana lo más actualizada posible, expedida por el Registro Civil correspondiente, legalizada por el Ministerio de Gobernación del Estado, la Secretaría de Relaciones Exteriores del Estado o de la Ciudad de México, por el Consulado cubano y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba.
Documento original actualizado (6 meses o menos de expedición) que demuestre su estado civil actual (soltero, divorciado o viudo). Puede ser una constancia de no matrimonio, un acta de divorcio, etc., expedida por el Registro Civil correspondiente, legalizada por el Ministerio de Gobernación del Estado, la Secretaría de Relaciones Exteriores del Estado o de la Ciudad de México, por el Consulado cubano y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba. En el caso de las personas viudas deberán aportar acta de defunción original legalizada y copia del acta de matrimonio (no es necesario legalizarla).
Sobre los requisitos para legalización de documentos en el consulado, consultar LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS CUBANOS Y EXTRANJEROS.