LEY: Es un principio racional de orden práctico que ajusta la conducta a las exigencias de los fines propuestos por la razón. Se justifica por vía racional, a modo de dictamen prudencial impuesto por la autoridad a personas libres en busca del bien común.
LEY ETERNA: Razón de la divina sabiduría en cuanto que dirige todos los actos y movimientos.
LEY NATURAL: Participación de la ley eterna en la criatura racional o impresión de la ley divina en los hombres. Son preceptos evidentes, universales e inmutables, enunciados por la razón, que siguen las tendencias connaturales al bien, que es el fin propio de la ley.
LEY POSITIVA HUMANA: Normas o determinaciones particulares de las exigencias de la razón que completan la ley natural.
LEY POSITIVA DIVINA: Preceptos morales, ceremoniales y judiciales impuestos por Dios al creyente.
HÁBITO: Es la disposición mediante la cual el sujeto conoce o actúa.
VIRTUD: Hábito operativo bueno que se adquiere por la costumbre. Distinguimos entre: las virtudes intelectuales, que son hábitos operativos buenos, radicados en el entendimiento y que habilitan a éste para llevar a cabo los juicios correspondientes a la especulación (inteligencia, ciencia, sabiduría) y a la producción (artes). Virtudes morales que son hábitos operativos buenos que radican en diferentes facultades humanas y que habilitan a éstas para obrar rectamente desde el punto de vista moral. Son prudencia (radica en el entendimiento), justicia (radica en la voluntad), fortaleza (radica en el apetito irascible) y templanza (radica en el apetito concupiscible).