Prorroga de autorización de permanencia:Para solicitar una prórroga de permanencia en el Ecuador, los ciudadanos extranjeros que no pertenezcan a países de Suramérica, pueden obtener una extensión de tiempo hasta por (90) noventa días, en los Servicios de Apoyo Migratorio a nivel nacional previo al pago de la tercera parte del salario básico unificado.
Registro y levantamiento de prohibición de salida del país:Para el registro y levantamiento de una prohibición de salida del país, los usuarios requieren de un oficio original o copia certificada dirigido a la Subsecretaría de Migración a nivel nacional, emitido por la autoridad competente con la resolución para registrar o levantar la prohibición de salida del país en el que debe constar:• Nombres y apellidos completos.• Número de cédula de identidad o número de pasaporte si es el caso de ciudadanos extranjeros.• Número de documento y número de causa.Certificado de movimientos migratorios:
Para acceder al certificado de movimientos migratorios es necesario:1.- Cédula de identidad2.- Pasaporte3.- En caso de no tener cédula o pasaporte presentar denuncia legalizada de pérdida de los documentos4.- Poder o autorización expresa del titular de los datos. (Presentación de documentos de identidad originales)5.- En caso de los menores de 18 años, podrá solicitar uno de los padres
Asesoría jurídica gratuitaLos usuarios nacionales y extranjeros pueden acceder en cualquiera de las 30 oficinas de Apoyo Migratorio, en todo el país, a asesoría legal en temas migratorios de forma gratuita.