Provincia de Sevilla

Escudo de la provincia

Aprobado: Resolución de 17 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo, la bandera y el logotipo de la provincia de Sevilla. (BOJA 30/12/2014)

Descripción: Se basa en el Escudo del municipio de Sevilla en el que aparecen las figuras de San Fernando sentado, San Isidoro y San Leandro ambos de pie, enmarcadas en una arquitectura gótica, ocupan el primer cuartel; en la campaña, aparece el lema NO&DO. Además, está rodeado de un collar formado de diez escudetes que representan a los municipios que fueron cabeza de partidos judiciales en la época de su creación (hacia 1927). Éstos, en sentido horario, son lo siguientes: Carmona, Utrera, Cazalla de la Sierra, Lora del Río, Sanlúcar la Mayor, Estepa, Marchena, Morón de la Frontera, Osuna, Écija. Al timbre corona real abierta.

En cuanto a los colores se refiere, en el cuerpo central, el fondo tras la arquitectura gótica será de color azul; la propia estructura arquitectónica será de color amarillo (oro); del mismo color será la corona del rey y el mundo que sostiene en la mano izquierda; la espada será de color plata (blanco). En cuanto a la vestimenta del rey, será roja la capa, sobre los hombros la capa es de armiño (blanco moteado de negro); blanca la túnica y dorada la pechera (que antes aparecía en blanco). El trono será de color oro (amarillo) y el respaldo será verde. El suelo ajedrezado, en blanco y negro.

San Isidoro: túnica roja bajo la cual hay un ropaje blanco, calzado blanco, báculo amarillo, libro blanco, mitra blanca por fuera y roja por dentro y estola amarilla, rostro y pelo de su color. Igual para San Leandro.

En el extremo inferior del escudo los colores serán amarillo (oro) para la leyenda y verde para el fondo. La bordadura de todo el cuerpo central será amarilla (oro).

Significado: El escudo intenta representar la provincia mediante el escudo de la capital y los de los municipios que fueron cabeza de partido judicial.

Bandera de la provincia

Aprobada: Resolución de 17 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo, la bandera y el logotipo de la provincia de Sevilla. (BOJA 30/12/2014)

Descripción: La Bandera tiene una relación de 3/2 entre sus medidas máxima y mínima; es decir: A/B=3/2, siendo A el ancho y B el alto. Las medidas de las banderas, tanto de interior como de exterior, se ajustarán siempre a dicha proporción y a los estándares aceptados para la bandera andaluza y la nacional: 1,50 x 1,00 m, 2,10 x 1,35 m, 2,80 x 1,80 m, 3,50 x 2,25 m. Cuando la Bandera no guarde las proporciones indicadas, será cuadrada.

Se usará como banderín de vehículo oficial.

El color de la Bandera será el verde que se ha usado tradicionalmente: Pantone 3415 C.

La Bandera llevará en ambos lados y centrado, el Escudo provincial.

Cuando la bandera mantenga la proporción 3/2, el eje mayor del Escudo se situará a una distancia A/2 de la vaina.

Cuando la Bandera sea cuadrada, el escudo también irá centrado, ocupando casi la totalidad de la misma.

Logotipo de la Diputación

Aprobado: Resolución de 17 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo, la bandera y el logotipo de la provincia de Sevilla. (BOJA 30/12/2014)

Se recoge también en el Manual de Identificación Corporativa de la Diputación.

Descripción: Cuadrado de color verde (Pantone 357) sobre el que aparecen en tres líneas todas en color blanco, la palabras «DIPUTACION» curvada en la primera, «DE» en la segunda y «SEVILLA» en la tercera. Separadas la primera de las otras dos por un segmento curvado también blanco. La tipografía será ITC Kabel Medium Negrita con una separación de interletra de 5.

Significado: El color verde es el de la bandera provincial.

Bandera de la provincia marítima de Sevilla

Aprobado: Real Orden de 30 de julio de 1845.

Descripción: La bandera es roja con el borde amarillo.

Significado: La eleccion de los colores no corresponde a ningún criterio especial.