El camino de Lécera a Escatrón

Traducción realizada por Jaime Cinca Yago

Del libro “El cister zaragozano en los siglos XIII y XIV” págs. 226, documento 221. AHN, perg. original de 28.VI.1392, donde se inserta (doc.224). 

Don Juan por la gracia de Dios rey de Aragón, de Mallorca, de Cerdenya y de Córcega, y conde de Barcelona, de Rosellón y de Cerdennya, al honrado religioso y amado capellán nuestro fray Andrés abad de Rueda, salud y dilección. Entendido habemos por relación fidedigna que muchos mercaderes de Barcelona, de Tortosa y de otros lugares de nuestra señoría compran d’aqua Ebro pan, cebada, lana y otras mercaderías las cuales después hacen llevar al lugar de Lezera que es de nuestro caro hermano el duque de Monblanch[1] y de allí adelante al lugar y puerto de Escatrón, porque después aquellas puedan navegar donde bien visto les será. Y a nos se ha estado humildemente suplicado por los hombres buenos del dicho lugar de Lécera que por tal que ellos y vuestros vasallos de Escatrón y otros provechosamente y sin peligro puedan llevar las dichas mercadurías al dicho puerto con carretas que les diésemos licencia que pasasen por el camino por ellos nuevamente hecho; porque pasando por aquel y es cierto a nos que las dichas carretas pueden escargar dentro en Escatrón, lo que no pueden hacer por el otro camino antiguo antes las han de descargar en medio del camino y después llevarlas con bestia a Escatrón. Y de esto se sigue a los nuestros vasallos y encara a los vuestros cuanta tardanza y daño porque les es cortado el dicho paso, lo que hacer no pueden ni deben y a nos como rey le pertenece mantener y conservar el bien de la cosa pública por tal que las mercaderías se puedan llevar de una partida a otra y nuestros súbditos de aquellas se puedan aprovechar, plácenos darles la dicha licencia, comandando a vos con la presente dius pena de la naturaleza que si nos sobes tenido que sin embargo y contrast lexedes pasar por el dicho camino nuevo a los dichos hombres de Lezera y a cualesquiera otros con las carretas, bestias y mercaderías. Sin otra manera si vos esto dilatareis o rehusases hacer , lo que no creemos, mandamos con las presentes al fiel doméstico nuestro Bernat Arlovin que a costa y mesión vuestra y de los hombres de dicho lugar de los hombres de Escatrón haga aplanar y bien adobar el dicho camino antiguo que es en término del dicho lugar de Escatrón, toda dilación y excusación a parte posada, en la forma y manera que ha hecho y hace por los dichos caminos de Aragón por manera que carretas hi puedan pasar como nos así lo queramos de cierta sciencia. Y nos sobre las dichas cosas y las dependientes de aquellas encomendamos al dicho Bernat Arlovin nuestras veces con las presentes, por las cuales mandamos a todos nuestros oficiales y súbditos dius pena de nuestra gracia y merced que en cumplir y seguir las dichas cosas del al dicho Bernat favor, consejo y ayuda cada y cuando por él requeridos serán sino la ira e indignación nuestra cobdician esquivar.

Dada en Monzón damos nuestro sello secreto a cinco dias de abril del año de la natividad de nuestro señor de mil trescientos ochenta nueve. Rey Juan.

Tres años más tarde contestó el abad de Rueda

Del libro “El cister zaragozano en los siglos XIII y XIV” pags. 229 y 230, documento 224. AHN, perg. original con algunos rotos, 346x470 mm; sello pendiente forma naveta, alma cera natural y anverso rojo, con tres caderas góticas y tres eclesiásticos, roto, 90x60 mm. 

Nos fray Andrés monseny por la divina gracia abad del monasterio de Santa María de Rueda del orden de Cister, atendiendo nos haber recibido con humilde y derivada reverencia por don Bernardo Arlovin domestico de casa del muy alto y magnifico señor el señor don Juan por la gracia de Dios rey de Aragón ahora reinante, una letra del dicho señor rey escrita en papel, abierta y sellada en el dorso en cera roja con el sello secreto de dicho señor rey, y con señal de registrada, la cual es del tenor siguiente:

“Don Juan por la gracia de Dios rey de Aragón... 1389, rey Juan” [Monzón, 5.IV.1389;ccr doc.221];vista, examinada y considerada por nos la dicha letra y todas las cosas en aquella contenidas, queriendo obedecer el mandamiento a nos hecho por el dicho señor rey y por servicio de aquel y atendiendo la dicha letra seyerobtenida por parte de los hombres buenos del lugar de Lezera, lugar que es del muy alto y poderoso señor, el señor duque de Monblach; por esto, por el mandamiento a nos hecho y por servicio del dicho señor rey y del dicho señor duque y por buen servicio y utilidad de la cosa pública y ahora por amor especial y honor del dicho Bernardo Arlovin el cual afectuosamente y con gran instancia el presente negocio nos ha instado y rogado, con la presente nuestra carta valientemente y e buen grado, plenamente certificado del derecho nuestro y del dicho monasterio, por nos y lo nuestros sucesores hacemos y de gracia especial otorgamos y damos licencia por reverencia a dicho señor rey y amor al dicho Bernardo Arlovin, a los hombres de Lezera y del lugar nuestro de Escatrón y de cuales quiera otros lugares de la señoría del dicho señor rey que puedan pasar y pasen por el camino o carretera del escallo nuevo y nuevamente hecho en el término nuestro de Escatrón el cual comienza en el camino que va de Escatrón a la villa de Hijar, cerca y en la val llamada Val de Fuentes y sale al camino por donde van de Villamanya a Zaragoza, según que la dicha letra del dicho señor rey es más largamente declarado, cualesquiera provisiones por nos en contrario contenidas nos constranstantes; y que puedan pasar por el dicho estallo o carretera así con carros, carretas, como en otra manera, toda contrariedad por nos y por los nuestros de aquí en adelante cesaran. [Dando y otor]gando en lo sobredicho pleno y bastando poder con la presente, que el dicho camino podades y puedan abrir y reparar y por aquel pasar cada vez que necesario será y oportuno sin costas y mesiones algunas nuestras y del dicho monasterio ni a singulares de vos no puedan ser les hecho ni enjendrado tiempo advenidero por nos ni por los nuestros ni por los que por tiempo seran en el dicho monasterio. La cual presente licencia y gracia prometemos en nuestra buena fe y nos obbligamos no revocar en algún tiempo por razón de ingratitud ni por otra manera o razón; ante aquella probar y hacer probar en todo y por todo y por todas cosa a todos tiempos, damos obligación de todos los bienes y rentas del dicho monasterio habidos y por haber. En testimonio de las cosas sobredichas mandamos ende por la presente carta, sellada con nuestro sello maypr abbadiado en pendiente, y sinada de nuestra propia mano.

Dada en el castillo y lugar de Escatrón a XXVIIIº días del mes de junio, año de natividad Domini milésimo tercentésimo nonagésimo segundo. Andrés abad.

[1] Se refiere a D. Martín I "El Humano" (1356-1410), 2º hijo del rey de Aragón Pedro IV "El Ceremonioso" y en la fecha de esta carta era lugarteniente del reino. Heredaría el trono de Aragón en 1396 al morir su hermano Juan I sin descendencia masculina. Se casó con Dª Mª de Luna en 1372.