A) LOS CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN TODOS LOS ASPECTOS RECOGIDOS EN EL PLAN DE CENTRO.
PARTICIPACIÓN DEL ALUMNADO
Conforme a lo recogido en ROC, en su Título I que regula los deberes y derechos, así como la participación del alumnado, el alumnado de nuestro centro tiene los siguientes deberes:
El estudio, que se concreta en:
La obligación de asistir regularmente a clase con puntualidad.
Participar activa y diligentemente en las actividades orientadas al desarrollo del currículo, siguiendo las directrices del profesorado.
El respeto a los horarios de las actividades programadas por el centro.
El respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y compañeras.
La obligación de realizar las actividades escolares para consolidar su aprendizaje que le sean asignadas por el profesorado.
Respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado.
Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, así como la igualdad entre hombres y mujeres.
Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro docente y contribuir al desarrollo del Proyecto Educativo del mismo y de sus actividades.
Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro.
Participar en los órganos del centro que correspondan, así como en las actividades que éste determine.
Utilizar adecuadamente las instalaciones y el material didáctico, contribuyendo a su conservación y mantenimiento.
Participar en la vida del centro.
Conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, con el fin de formarse en los valores y principios recogidos en ellos.
El alumnado de nuestro centro tiene los siguientes derechos:
A recibir una educación de calidad que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad y de sus capacidades.
Al estudio.
A la orientación educativa y profesional.
A la evaluación y el reconocimiento objetivos de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar. A estos efectos, tendrá derecho a ser informado, de los criterios de evaluación que serán aplicados.
A la formación integral que tenga en cuenta sus capacidades, su ritmo de aprendizaje y que estimule el esfuerzo personal, la motivación por el aprendizaje y la responsabilidad individual.
Al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación en la práctica educativa y al uso seguro de internet en los centros docentes.
A la educación que favorezca la asunción de una vida responsable para el logro de una sociedad libre e igualitaria, así como a la adquisición de hábitos de vida saludable, la conservación del medio ambiente y la sostenibilidad.
Al respeto a su libertad de conciencia y a sus convicciones religiosas y morales, así como a su identidad, intimidad, integridad y dignidad personales.
A la igualdad de oportunidades y de trato, mediante el desarrollo de políticas educativas de integración y compensación.
A la libertad de expresión y de asociación, así como de reunión en los términos establecidos en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación:
“Se garantiza en los Centros Docentes el derecho de reunión de los profesores, personal de Administración y de Servicios, padres de alumnos y alumnos, cuyo ejercicio se facilitará de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el normal desarrollo de las actividades docentes. (Nuevo párrafo añadido según Disposición Final primera de la LOE) A fin de estimular el ejercicio efectivo de la participación de los alumnos en los Centros Educativos y facilitar su derecho de reunión, los Centros Educativos establecerán, al elaborar sus normas de organización y funcionamiento, las condiciones en las que sus alumnos pueden ejercer este derecho.”
A la protección contra toda agresión física o moral.
A la participación en el funcionamiento y en la vida del centro y en los órganos que correspondan, y la utilización de las instalaciones del mismo.
A conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía.
A ser informado de sus derechos y deberes, así como de las normas de convivencia establecidas en el centro, de forma adecuada a su edad.
Con respecto al ejercicio efectivo de terminados derechos del alumnado, se recoge:
Elección de delegados/as de clase. Se realizará en cada unidad del centro la celebración de elecciones donde se elegirá a un/a delegado/a de clase, así como a un/a subdelegado/a de clase, de entre los alumnos/as de cada unidad. Está elección se realizará antes de la finalización del mes de septiembre de cada curso. Las funciones de los/as delegados/as de clases serán las siguientes:
Recoger sugerencias del alumnado de clase para comunicarlas al/a la tutor/a y profesorado.
Colaborar activamente con la Jefatura de Estudios, con los tutores o tutoras y con el profesorado, en aquellas actividades que requieran una colaboración del alumnado.
PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS
Conforme a lo recogido en ROC, en su Título IV que regula los deberes, obligaciones y protección de derechos del personal de Administración y Servicios, y de Atención Educativa Complementaria, la participación del citado personal se realizará de la siguiente manera:
Artículo 13. Derechos y obligaciones.
El personal de Administración y Servicios y de Atención Educativa y Complementaria de las Escuelas Infantiles de Segundo Ciclo, de los Colegios de Educación Primaria, de los Colegios de Educación Infantil y Primaria y de los Centros Públicos Específicos de Educación Especial, tendrá los derechos y obligaciones establecidos en la legislación del personal funcionario o laboral que le resulte de aplicación.
Asimismo, tendrá derecho a participar en el Consejo Escolar en calidad de representante del personal de Administración y Servicios o, en su caso, del personal de Atención Educativa Complementaria, de acuerdo con las disposiciones vigentes, y a elegir a sus representantes en este Órgano Colegiado.
La Administración de la Junta de Andalucía establecerá planes específicos de formación dirigidos al personal de referencia en los que se incluirán aspectos relativos a la ordenación general del Sistema Educativo y a la participación de este sector en el mismo.
Artículo 14. Protección de derechos.
Se promoverán acciones que favorezcan la justa valoración social del personal de Administración y Servicios y de Atención Educativa Complementaria de las Escuelas Infantiles de Segundo Ciclo, de los Colegios de Educación Primaria, de los Colegios de Educación Infantil y Primaria y de los Centros Públicos Específicos de Educación Especial.
Asimismo, se proporcionará a este personal asistencia jurídica y psicológica gratuita por hechos que se deriven de su ejercicio profesional en los términos recogidos en el artículo 9.5. El Claustro de maestros/as podrá decidir la presencia en las sesiones del Claustro del personal de Administración y Servicios y de Atención Educativa Complementaria, siempre que entienda que la presencia del citado personal pueda aportar su experiencia profesional en los temas a tratar.
PARTICIPACIÓN DE PADRES/MADRES
Conforme a lo recogido en el ROC, en su Título III, las familias tienen regulada su participación en el proceso educativo. Esta participación se hará efectiva teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
La participación de las familias en la vida del centro estará canalizada a través de:
Sus representantes en el Consejo Escolar del centro.
Las asociaciones legalmente constituidas, que gozarán de autonomía en su organización y gestión.
La participación a nivel de aula.
La participación a nivel de aula se concreta a través de la tutoría.
El plan de acción tutorial determinará el número, periodicidad y temas a tratar en las reuniones generales a las que se convoque a las familias por parte del tutor o de la Tutora.
Desde la Jefatura de Estudios se coordinará el calendario de estas reuniones generales.
DELEGADO/A DE PADRES Y MADRES
En cada clase se elegirá un/a Delegado/a de padres/madres. Este/a será el enlace entre el centro, el tutor o tutora del grupo y la familia. Se encargará de hacer fluir la información tanto de las familias al centro, o al tutor o tutora, como en sentido contrario.
Dicha elección se realizará en la primera reunión conjunta que el grupo-clase realice a principios de curso. Se podrán presentar a la citada elección todos/as los/as padres/madres que lo deseen. Se realizará una elección de entre los/as presentados/as para elegir al Delegado de padres/madres de la unidad. La votación será individual y secreta, pudiendo votar en la elección tanto el padre como la madre de cualquier alumno/a de la clase que se encuentre presente en el momento de la votación.
No se podrá delegar el voto.
Competencias de los delegados/as de padres y madres
Ser los representantes de los padres y las madres del alumnado de cada grupo-aula. Representarán a los/as padres/madres del grupo-aula en la Comisión de Delegados/as de padres/madres. En ningún caso suplantará ni representará a los padres o madres en su relación directa con el tutor o tutora ya que ésta es una competencia individual e intransferible de la familia de cada alumno/a.
Serán colaboradores/as activos que ayudarán en aquellas labores que favorezcan el buen funcionamiento del grupo y el centro educativo.
Entre estas colaboraciones podemos citar:
Representar a los padres y madres del alumnado del grupo, recogiendo sus inquietudes, intereses y expectativas y dando traslado de los mismos al profesorado tutor.
Asesorar a las familias del alumnado del grupo en el ejercicio de sus derechos y obligaciones.
Tener estrecha relación con el/la tutor/a y tener la información de la situación del grupo, problemas, carencias, falta de profesorado etc. que tenga el grupo.
Ser intermediario entre el/la tutor/a y los/as padres/madres en los asuntos generales sobre cualquier información general, quejas, propuestas, proyectos, etc.
Colaborar con el/la tutor/a en la resolución de posibles conflictos en el grupo en los que estén involucradas alumnos/as y familias (faltas colectivas del alumnado, etc.), en la organización de visitas culturales y, en su caso, en la gestión de contactos con organismos, instituciones, entidades, asociaciones o empresas de interés para desarrollar dichas actividades y salidas, conseguir ayudas o subvenciones etc.
Implicar a las familias en la mejora de la convivencia y de la actividad docente en el grupo y en el centro.
Participar en el desarrollo de actividades curriculares, a petición del profesorado, que necesiten de la demostración de habilidades y/o aportaciones de experiencias personales o profesionales.
Elaborar y dar información a los padres sobre temas educativos y aspectos relacionados con la vida y organización del colegio (actividades extraescolares, salidas, programas que se imparten, servicios, disciplina etc.)
Animar a los padres y madres a participar en las distintas actividades del centro para mejorar la atención a sus hijos en todos los aspectos.
Fomentar y facilitar la comunicación de los padres y madres del alumnado con el tutor o la tutora del grupo y con el resto del profesorado que imparte docencia al mismo.
Facilitar la relación entre la familia del alumnado del grupo y el Equipo Directivo, el AMPA y la representante de este sector en el Consejo Escolar.
Cualesquiera otras recogidas en el Plan de Convivencia, Plan de Orientación y Acción Tutorial u otro documento planificador del centro.
PARTICIPACIÓN DEL PROFESORADO
Los/as maestros/as del centro participarán en la vida del mismo a través de:
Equipo Directivo:
Director/a
Jefe/a de Estudios
Secretario/a.
Órganos Colegiados de Gobierno.
Claustro de profesorado.
Consejo Escolar.
Órganos de Coordinación Docente.
Equipos Docentes.
Equipos de Ciclo.
Equipo de Orientación.
Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.
La Tutoría.