El Comentario de Texto Histórico


Actualización Curso 2024-25

COMENTARIO DE TEXTO, GRÁFICO, MAPA (3 PUNTOS). 

Se propondrán dos documentos de los que el alumnado deberá seleccionar uno. Para la resolución del ejercicio el alumnado deberá realizar las siguientes tareas: 

Tarea 1. Descripción y exposición razonada del interés del documento como fuentehistórica o historiográfica para la comprensión del fenómeno al que hace referencia. 0,25 PUNTOS. 

Tarea 2. Identificación de las ideas principales asociadas al documento. 1 PUNTO. 

Tarea 3. Delimitación y análisis del contexto histórico asociado al documento. 1,75 PUNTOS. 


GRÁFICO 

Tarea 1

▪ Naturaleza: Histórico /historiográfico. 

▪ Contenido: social, político, económico, cultural, etc. 

▪ Período/ etapa/ acontecimiento relacionado. 

▪ Tipo de gráfico: lineal, sectorial, de barras o histogramas. 

Tarea 2

▪ Tema:  Describir brevemente el fenómeno histórico principal que representa. 0,5 

▪ Tendencia general y fases en breve relación con el contexto. 0,25 

▪ Ideas secundarias asociadas. 0,25 


MAPA

Tarea 1

▪ Naturaleza: Histórico/historiográfico. 

▪ Tipología de mapa: políticoadministrativo, militar, temático. 

▫ Temático: económico, demográfico, social, etc. 

▪ Período/ etapa/ acontecimiento relacionado. 

Tarea 2

▪ Tema. ▫ Describir brevemente el fenómeno histórico principal que representa. 0,5 

▪ Distribución, densidad, zonas en breve relación con el contexto. 0,25 

▪ Ideas secundarias asociadas. 0,25 


DOCUMENTOS ICONOGRÁFICOS 

Pinturas, Viñetas, Fotografías, Carteles 

Tarea 1

▪ Naturaleza: Histórico/historiográfico. 

▪ Contenido: social, político, económico, cultural, etc. 

▪ Período/ etapa relacionada 

▪ Autor/fecha/destinatario. 

Tarea 2

▪ Tema. ▫ Describir brevemente el fenómeno histórico principal que representa. 0,5 

▪ Descripción del contenido de la imagen en relación con la idea principal y secundaria. 0,25 

▪ Finalidad: informativa o persuasiva (propaganda) destacando la significación social del documento. 0,25 






Modelos anteriores

«Don Fernando VII, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquí­a española, Rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la Regencia del Reino, nombrada por las Cortes generales y extraordinarias, a todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: Que las mismas Cortes han decretado y sancionado lo siguiente:

Art. l. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.

Art. 3. La soberaní­a reside esencialmente en la Nación y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.

Art. 8. También está obligado todo español, sin distinción alguna, a contribuir en proporción a sus haberes a los gastos del Estado.

Art. 12. La religión de la Nación Española es y será perpetuamente la católica, apostólica romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas y prohí­be el ejercicio de cualquier otra.

Art. 14. El gobierno de la Nación española es una monarquí­a moderada hereditaria.

Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.

Art. 16. La potestad de ejecutar las leyes reside en el Rey.

Art. 17. La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales reside en los tribunales establecidos por la ley.

Art. 371. Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir publicar sus ideas polí­ticas, sin necesidad de licencias, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación, bajo las restricciones y responsabilidades que establezcan las leyes

Cádiz, 19 de marzo de 1812″


1. Importancia Histórica del Texto y Clasificación

La Constitución de Cádiz de 1812, conocida también como "La Pepa", es un documento fundacional en la historia política de España y un referente en el constitucionalismo liberal europeo. Redactada durante la Guerra de Independencia Española contra la ocupación napoleónica, esta constitución fue promulgada el 19 de marzo de 1812 y es considerada la primera constitución liberal de España y una de las más avanzadas de su tiempo. Su promulgación supuso un hito histórico, ya que, por primera vez en la historia española, se reconocían derechos ciudadanos, se establecía la soberanía nacional y se definía un sistema de división de poderes.

Clasificación del texto: La Constitución de Cádiz es un texto jurídico-político de carácter normativo y constitucional, con la intención de organizar un modelo de Estado basado en principios liberales, limitando el poder monárquico y consolidando un sistema de derechos individuales. Está influenciada por el espíritu de la Ilustración y por las revoluciones estadounidense y francesa, que introdujeron la idea de un contrato social en el que el poder emana de la nación y no exclusivamente del monarca. Fuente primaria.

2. Ideas Principales 

3. Contexto Histórico

La Constitución de Cádiz se desarrolla en un momento de crisis y transformación en España. A continuación, se detalla el contexto histórico que facilitó su creación:


Conclusión

La Constitución de Cádiz de 1812 representó un avance histórico para el liberalismo en España y Europa, estableciendo las bases de un Estado moderno y una sociedad de ciudadanos con derechos y libertades. A pesar de su breve vigencia y de las limitaciones impuestas por el contexto sociopolítico, su simbolismo y su influencia en posteriores constituciones liberales hacen de este documento un pilar fundamental en la historia constitucional española y un reflejo de los ideales que transformaron la política y sociedad del siglo XIX.













Modelos anteriores

EL COMENTARIO DE TEXTO HISTÓRICO EN LA EVAU (BASADO EN LO EXPUESTO EN EL DOCUMENTO TITULADO “EVALUACIÓN PARA LA ADMISIÓN EN LA UNIVERSIDAD. HISTORIA DE ESPAÑA “ Y COLGADO EN LA PÁGINA WEB DE LA UCLM)

 

·        La tercera pregunta de la                 EVAU será un comentario de texto histórico relacionado con algún tema del siglo XIX o del XX.

 

·        La pregunta valdrá 2,5 puntos.

 

 

·        Los coordinadores han ofrecido, con carácter orientativo,  una relación de 19 textos, que veremos repartidos en cada uno de los temas de nuestro temario.

 

·        Con la pregunta del comentario de texto histórico se pretende evaluar:

o   Los conocimientos históricos del alumno.

o   Sus destrezas y habilidades sobre comentario de textos.

o   La madurez del alumno para identificar fuentes históricas y relacionarlas con sus conocimientos históricos.

 

·        La respuesta podría ocupar una página o página y media. Dicho sea con carácter orientativo y teniendo en cuenta el tiempo y espacio disponibles para realizar la EVAU.

 

 

 

 

 

CÓMO SE HACE EL COMENTARIO DE TEXTO DE LA EVAU DE HISTORIA en LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

 

 

Fase previa.

Lectura atenta del texto. Entender todo lo que se expone y buscar datos significativos (fechas, personajes, lugares, acontecimientos, etc.) que permitan encuadrar el texto con algún periodo histórico. Subrayar dichos datos y las ideas más importantes del texto.

 

Comentario propiamente dicho. No se ajusta al Comentario de texto histórico completo o tradicional.  Consta de tres partes:

1ª Clasificación del texto (0,25 puntos)

2ª Contexto histórico (1,50 puntos)

3ª Exposición de la idea principal y secundaria (0,75 puntos)

 

1º. Clasificación del texto. Tipo o naturaleza del texto, autor o autores, destinatario,  finalidad del texto y fecha y lugar.

A) Naturaleza temática del texto (tipo de texto)[1]:

Por su forma puede ser:

·                  Texto jurídico: ley, tratado, constitución,...

·                  Texto histórico-literario: memorias o recuerdos de contemporáneos cuya objetividad ha de ser sometida a crítica, artículos de prensa, autobiografías, cartas, novelas, ensayos históricos, diarios, relatos de viajes, etc.

·                  Texto histórico-circunstancial o narrativo: informes económicos y sociales, resoluciones o declaraciones gubernamentales, instrucciones o despachos oficiales, proclamas y manifiestos políticos, discursos parlamentarios, etc.

·                  Texto historiográfico: obras de historiadores que juzgaron con posterioridad los hechos, y las obras de historiadores actuales.

Por su contenido puede ser:

·                  Estadístico, económico, político, social, cultural, de hemeroteca, filosófico, geográfico, teológico, religioso, etc.

Por su origen puede ser:

·                  Fuente primaria: cuando son documentos de época

·                  Fuente secundaria: como son los textos historiográficos, extraídos de obras de historiadores más o menos actuales y textos de prensa tanto actual como coetánea a los hechos.

 

B) Fecha y lugar en el que se escribió el texto. Si no figura en el texto hay que deducirla de su contenido, de las citas y alusiones que contenga. En el caso de los textos historiográficos y en de algunas obras literarias hay que distinguir entre la fecha en la que escribe el autor y aquella sobre la que escribe.

 

C) Autor del texto.  Indicar si es individual (un rey, un político, un intelectual, etc.) o colectivo (una asamblea, un partido político, un sindicato, etc.). En el primer caso sería conveniente dar algún dato biográfico (fecha en la que vivió, cargo, ideología, obras…)  y en el segundo explicar algo del mismo que sea importante para entender mejor el texto.

 

D) Finalidad del texto. Hay que indicar con qué objetivos se redactó el texto en su momento histórico. El propósito que tenía el autor al redactar el documento.

 

F) Destinatario del texto. Hay que señalar a quién iba destinado el texto. El destinatario puede ser privado o público. En este último caso puede ser un grupo concreto de personas, una comunidad local, nacional, internacional…

 

 

Contexto histórico

                 Descripción del contexto histórico al que hace referencia. Hay que identificar el texto con algún tema y con algún apartado concreto de ese tema. No habría que exponer el tema entero sino los aspectos históricos a los que se refiere el texto.

 

Idea principal y secundaria.

Se trata básicamente de hacer un resumen del texto, tratando de jerarquizar las ideas expuestas distinguiendo las principales de las secundarias. Hay que evitar repetir el texto, para ello se puede explicar brevemente la idea principal y las secundarias con algunos conocimientos históricos que se tienen sobre las mismas.

 

En Internet se encuentran muchos ejemplos de comentarios de textos históricos para la EVAU. Los más útiles son los que siguen el modelo establecido para la Universidad de Castilla-La Mancha a partir del curso 2012-2013. En otras universidades y en la UCLM antes del curso 2012-2013 se siguen modelos distintos.

 

 

EJEMPLO DE COMENTARIO DE TEXTO HISTÓRICO.

COMENTARIO DEL TEXTO DECRETO DEL 1 DE OCTUBRE DE 1823. (Correspondiente al tema “La crisis del Antiguo Régimen 1808-1833”)

 

 

“Bien públicos y notorios fueron a todos mis vasallos los escandalosos sucesos que precedieron, acompañaron y siguieron al establecimiento de la democrática Constitución de Cádiz en el mes de marzo de 1820: la más criminal traición, la más vergonzosa cobardía, el desacato más horrendo a mi Real Persona, y la violencia más inevitable, fueron los elementos empleados para variar esencialmente el gobierno paternal de mis reinos en un código democrático, origen fecundo de desastres y de desgracias. (…). No fue estéril el grito general de la Nación: por todas las Provincias se formaban cuerpos armados que lidiaron contra los soldados de la Constitución (…) La Europa entera, conociendo profundamente mi cautiverio y el de toda mi Real Familia (…), determinaron poner fin a un estado de cosas que era el escándalo universal, que caminaba a trastornar todos los Tronos y todas las instituciones antiguas cambiándolas en la irreligión y en la inmoralidad (…)

Sentado otra vez en el trono de S. Fernando (…), deseando proveer de remedio las más urgentes necesidades de mis pueblos, y manifestar a todo el mundo mi verdadera voluntad en el primer momento que he recobrado la libertad; he venido a declarar lo siguiente: (…) Son nulos y de ningún valor todos los actos del gobierno llamado constitucional (de cualquiera clase y condición que sean) que ha dominado mis pueblos desde el día 7 de marzo de 1820 hasta hoy, día 1° de octubre de 1823, declarando, como declaro, que en toda esta época he carecido de libertad, obligado a sancionar las leyes y a expedir las órdenes, decretos y reglamentos que contra mi voluntad se meditaban y expedían por el mismo gobierno (…)”.

Gaceta de Madrid, 7 de Octubre de 1823. Decreto del 1 de octubre de 1823.

 

(Se señala en rojo las frases y palabras más significativas para identificar el texto, entenderlo, comentarlo y resumirlo)

 

 

    Tipo de texto. Estamos ante un texto jurídico de claro contenido político, puesto que es un decreto real aboliendo medidas políticas. Se trata de una fuente primaria.

   Su autor es individual, el rey Fernando VII que subió al poder en el motín de Aranjuez en marzo 1808, lo perdió en las abdicaciones de Bayona en abril de 1808 y lo recuperó en el tratado de Valençay en Diciembre de 1813 hasta su muerte en 1833. Fernando VII es uno de los reyes españoles más cuestionados de la historia contemporánea, por su carácter desconfiado y conducta falsa, su ideología fue absolutista, enemigo de liberales y afrancesados. Ha pasado a la historia con el sobrenombre de “El Deseado”, puesto que la mayoría de los españoles lucharon a su favor contra la dinastía Bonaparte durante la guerra de la Independencia (1808-1813)

           Lugar y fecha. Se escribió en Madrid, capital del reino de España, en Octubre de 1823.

           Finalidad y destino. Fue publicado en la Gaceta de Madrid, que fue el antecedente del Boletín Oficial del Estado, medio donde se publican las normas españolas. Va dirigido a todos los españoles por lo que su destino es público y está hecho para que se aplique directamente su contenido.

 

2.     CONTEXTO HISTÓRICO DEL TEXTO.

 Con este texto finaliza la etapa del reinado de Fernando VII denominada trienio liberal y comienza la década absolutista.

         El reinado de Fernando VII se caracterizó por la restauración del absolutismo, con una fuerte oposición de los liberales, que fueron duramente perseguidos. Tuvo tres etapas: el sexenio absolutista (1814-1820), el trienio liberal (1820-1823) y la década absolutista u ominosa (1823-1833). El texto corresponde precisamente al inicio de la tercera etapa.

         Los aspectos más importantes de la primera etapa (1814-20) fueron estos: la disolución de las Cortes de Cádiz y la derogación de toda su obra legislativa, el restablecimiento del absolutismo, favorecido por el contexto internacional, la represión contra liberales y afrancesados, la política desastrosa e ineficaz de los gobiernos, controlados por la camarilla de Fernando VII y las conspiraciones de los liberales, triunfando la de Riego en enero de 1820, dando lugar a la segunda etapa del reinado.

   Durante el trienio liberal (1820-23) los hechos  más importantes fueron: la formación de la cultura política liberal, la división de los liberales, la sucesión de los moderados y los exaltados en el gobierno y el triunfo final de la oposición absolutista con la entrada en España del ejército francés dirigido por el duque de Angulema y enviado por el rey Luís XVIII, siguiendo instrucciones de la Santa Alianza (compuesta por Austria, Prusia, Rusia y Francia), dicho ejército fue conocido como los “Cien Mil Hijos de San Luís”. El triunfo de dicha invasión, que contó con el apoyo de los realistas y sin ninguna oposición del pueblo español -a diferencia de la producida en 1808- permitió el restablecimiento del absolutismo mediante el decreto objeto de comentario.

   Esta tercera etapa (1823-1833) -segunda absolutista del reinado de Fernando VII- se caracterizó por la represión y exilio de los liberales (fue tan dura que éstos denominaron al periodo como “década ominosa”), las reformas de los gobiernos absolutistas, la crisis final del absolutismo y el nacimiento del carlismo.

         Hay que insistir en la idea de que después de la publicación de este decreto de 1823 se llevaría a cabo el restablecimiento limitado del Antiguo Régimen: la Inquisición y el consejo de Estado no se restablecieron. Fernando VII evolucionó hacia un absolutismo moderado, lo que provocó el surgimiento del carlismo.

 

         La idea principal sería la anulación de la obra legislativa de los liberales (denominados en el texto como gobierno “constitucional”, refiriéndose a la constitución de 1812) y el restablecimiento del absolutismo.

Ideas secundarias Fernando VII da a entender  que dichas medidas se tomaron contra su voluntad porque  él y su familia habrían estado secuestrados por los liberales tras el triunfo de la sublevación liberal de Riego en 1820 y hasta 1823. Dicho  secuestro entiende que finalizó con la intervención militar de sus aliados europeos, refiriéndose, aunque en el texto no se menciona, a  las tropas del rey de Francia, Luis XVIII, pariente de Fernando VII, que siguen  instrucciones de las potencias firmantes del la Santa Alianza (Austria, Prusia y Rusia y también Francia).



Textos comentados