PR7101
Asignación de Recursos
REV 2
05/03/2018
OBJETO.
Cuantificar los recursos disponibles y determinar la forma de realizar el reparto de ellos de modo que se cubran las necesidades generales para un buen funcionamiento del Centro, así como dotar a los Departamentos para el desarrollo de sus proyectos.
ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Todas las personas, departamentos, órganos y servicios que estén implicados en actividades que estén relacionadas o afecten al objeto propuesto
MISIONES Y RESPONSABILIDADES.
Consejo escolar:
Aprobar las previsiones de gastos e ingresos.
Comisión económica:
Dar el visto bueno a la previsión de gastos generales e ingresos a presentar al consejo escolar.
Aprobar el reparto del presupuesto.
Secretaría:
Prever la cuantía de ingresos y la estimación de gastos generales.
Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del instituto (Anexos I y II de Séneca).
Recoger las peticiones de los departamentos.
Inspeccionar la evolución de los distintos gastos en los diferentes departamentos.
DESARROLLO.
Antes de fijar el proceso a seguir conviene detallar la diversa procedencia de los ingresos, así como los apartados donde se gastan:
Ingresos:
Delegación de Educación
Otros Organismos públicos
Varios
Gastos:
Gastos generales
Funcionamiento
Proyectos Especiales
Justificaciones específicas
PREVER LA CUANTÍA DE INGRESOS Y LA ESTIMACIÓN DE GASTOS GENERALES:
El presupuesto de centro es un instrumento de planificación económica en el que se refleja la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, puede reconocer el centro en orden a su normal funcionamiento para alcanzar los objetivos recogidos en el Plan de Centro, así como la estimación de los ingresos que prevé obtener durante el correspondiente ejercicio. Se realizará siguiendo lo estipulado en el Proyecto de Gestión:
El presupuesto de centro se realiza bajo el principio de equilibrio entre ingresos y gastos, así como los principios de eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos.
El presupuesto tiene carácter anual, con periodo de vigencia entre el 1 de octubre del año de su aprobación y el 30 de septiembre del año siguiente. En el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de octubre del mismo año, fecha que corresponde al límite de aprobación de las cuentas del ejercicio anterior y del nuevo presupuesto, se ejecutará la gestión económica del centro bajo una prórroga del presupuesto inmediatamente anterior limitada por la cantidad de ingresos que estén confirmados en esas fechas.
Inicialmente se aprobará unos presupuestos teniendo en cuenta los remanentes de años anteriores, los créditos consolidados para gastos ordinarios provenientes de la Consejería de Educación, los ingresos confirmados provenientes de entidades públicas o privadas, y la previsión de recursos propios basada en la evolución del ejercicio anterior, corregido con respecto a las perspectivas del nuevo ejercicio. Estos recursos serán utilizados conforme a lo dispuesto en el apartado del presente documento dedicado a los criterios de distribución de gastos, dando preferencia a los gastos necesarios para el funcionamiento básico del centro. Para la elaboración del presupuesto se cumplimentarán los Anexos I y II recogidos en Séneca, documentos que deberán ser aprobados en Consejo Escolar.
Una vez se conozca la totalidad de los créditos para gastos ordinarios y para inversiones provenientes de la Consejería de Educación, se procederá a la modificación del presupuesto para la incorporación de estos nuevos recursos. Para esta modificación se cumplirá los mismos requisitos y procedimiento que para la aprobación inicial, salvo el de fecha límite para su confección.
Ya sea por variaciones en los ingresos confirmados, o por necesidades de aumento, disminución o redistribución de los créditos para gastos, se podrán modificar los presupuestos del centro, siempre que se cumplan los mismos requisitos y procedimiento que para la aprobación inicial, salvo el de fecha límite para su confección.
Las operaciones realizadas por el centro en ejecución de su presupuesto, tanto de ingresos como de gastos, contarán siempre con el oportuno soporte documental que acredite la legalidad de los ingresos y la justificación de los gastos. La contabilización de los ingresos se efectuará con aplicación del criterio de prudencia.
La aprobación del proyecto de presupuesto así como la justificación de la cuenta de gestión son competencia del Consejo Escolar del centro. En el caso de la justificación de la cuenta, se realizará por medio de una certificación del Consejo Escolar sobre la aplicación dada a los recursos totales, que sustituirá a los justificantes originales, los cuales, junto con toda la documentación, estarán a disposición tanto de la Consejería competente en materia de educación, como de los órganos de la Comunidad Autónoma con competencia en materia de fiscalización económica y presupuestaria, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, del Parlamento de Andalucía, del Tribunal de Cuentas y de los órganos de la Unión Europea con competencia en la materia.
INSPECCIONAR LA EVOLUCIÓN DE LOS GASTOS EN LOS DIFERENTES DEPARTAMENTOS:
La gestión económica de los departamentos didácticos queda plenamente integrada en la gestión general del centro, no existiendo presupuesto desglosado.
Nuestro centro tiene la característica de que funciona a través de caja única.
A final de curso se requerirán las necesidades de cada Departamento para el próximo curso, que serán valoradas particularmente por el equipo directivo.
Se controla el gasto en fotocopias asignando un código a cada departamento.
ÁRBOL DOCUMENTAL.
PR7101 Proceso Asignación de Recursos
REGISTROS.
Anexo I (Séneca)
Anexo II (Séneca)
Acta del Consejo Escolar
Memoria Económica del Centro