La presión de los sindicatos obliga a la dirección a tomar esta decisión y hoy en los turnos de tarde y noche solo trabajará el personal «necesario y cualificado» para mantener las instalaciones.
La representación unitaria donde podemos encontrar a los delegados de personal y el comité de empresa regulados en el título segundo del Estatuto de los Trabajadores.
La representación sindical formada por la sección sindical y el delegado sindical y regulado en la Ley Orgánica de Libertad Sindical 11/1985.
A nivel estatal:
Los que obtienen a nivel nacional el 10% o más del total de delegados de personal y miembros de los comités de empresa.
A nivel autonómico:
Los que obtienen a nivel autonómico el 15% o más del total de delegados de personal y miembros de los comités de empresa.
Y que cuenten con al menos 1.500 representantes.
Actualmente, y sin que parezcan previsibles cambios al respecto, tienen tal consideración CC.OO y UGT a nivel estatal, y ELA-STV, LAB y CIG en el ámbito de CCAA