En el mundo, 160 millones de niños - 63 millones de niñas y 97 millones de niños - se encuentran en situación de trabajo infantil, lo que representa 1 de cada 10 niños en todo el mundo.
Casi la mitad de ellos, 79 millones, realizan trabajos peligrosos.
El modelo laboral de las plataformas digitales de reparto, asentado en autónomos, ha sufrido un golpe durísimo este miércoles. El Tribunal Supremo ha fallado que los repartidores riders son asalariados. O dicho desde el otro lado de la regulación: son falsos autónomos. Concretamente los jueces de lo Social del alto tribunal se pronuncian sobre el caso de un antiguo trabajador de Glovo, la más popular en España junto con Deliveroo. “La relación existente entre un repartidor (rider) y la empresa Glovo tiene naturaleza laboral”
Las plataformas digitales de reparto (Deliveroo, Glovo, Ubereats o Stuart) ahorran al año hasta 168 millones de euros con su modelo laboral, según estima UGT. Al no contratar a sus trabajadores y obligarles a darse de alta como autónomos, en estas empresas los repartidores cobran hasta 92 millones de euros menos al año y la Seguridad Social deja de ingresar hasta 76 millones, detalla el informe El trabajo en las plataformas digitales de reparto, presentado este jueves
El Consejo y la Comisión Europea adoptan diferentes tipos de disposiciones:
Vinculantes: Reglamentos, Directivas y Decisiones.
No vinculantes: Recomendaciones y Dictámenes.
Los Reglamentos. Tienen un alcance general, son obligatorios en todos sus elementos y directamente aplicables en cada estado miembro, y cualquier particular puede reclamar su cumplimiento ante los tribunales nacionales. Es un acto que, al igual que la ley, establece una norma e impone una obligación.
Las Directivas son normas que vinculan a todo Estado miembro destinatario, en cuanto al resultado que hay que alcanzar, dejando a las instancias nacionales la facultad de escoger la forma y los medios, es decir que cada Estado miembro tiene que cumplir sus fines pero tiene libertad para elaborar su legislación interna de desarrollo.
El número de trabajadores con convenio renovado ha descendido notablemente en la CAPV. En lo que va de año se han prorrogado los pactos en algunos sectores, que afectan a un gran número de trabajadores, lo que ha hecho que menos de la mitad de los trabajadores (47,4%) tuvieran actualizado su convenio a finales de marzo, frente a los dos tercios del trimestre anterior (67,7%). El 48% de la plantilla tiene el pacto prorrogado y el 4,6% no tiene convenio, con un total de 22 extinguidos que corresponden a 29.500 trabajadores.
El Partido Nacionalista Vasco ha llegado a un acuerdo con el Gobierno español para la prevalencia de los convenios autonómicos sobre los estatales y sectoriales siempre que sean más beneficiosos para los trabajadores. Es uno de los puntos que los jeltzales y el PSOE pactaron en el pacto de investidura. Como novedad, el PNV también ha conseguido arrancar al Ejecutivo español la prevalencia de los convenios provinciales sobre los estatales. El acuerdo cuenta con el visto bueno de los sindicatos vascos ELA y LAB, además del de la patronal vasca, Confebask.
La medida va a ser aprobada en el Consejo de Ministros de que se va a celebrar este mismo martes ya que se incluirá en la reforma del subsidio por desempleo que va a recibir luz verde
Ahora para que la prevalencia sea efectiva habrá que reformar los artículos 84.3 y 84.4 del Estatuto de los Trabajadores.
REDACCIÓN VIGENTE DESDE EL 23/05/2024
No se podrán aplicar normas que supongan una minoración de los derechos de los mínimos de los trabajadores establecidos en normas de superior rango.
Este principio plantea la imposibilidad jurídica de privarse voluntariamente de una o más ventajas concedidas por el Derecho del Trabajo.
Cuando existan dos o más normas, cualquiera que sea su rango, aplicables a un caso concreto, se aplicará la que, apreciada en su conjunto, sea más favorable para el trabajador. La norma en cuestión se aplicará en su totalidad, es decir, no se puede elegir lo favorable de la norma y rechazar lo desfavorable.
La existencia de una condición mas beneficiosa proviene del disfrute prolongado por un trabajador de un régimen laboral que en un aspecto concreto es mas favorable que el que la empresa pudiera exigir al amparo de una norma de cualquier naturaleza.
Ejemplo: La Audiencia Nacional condena a Michelin por reducir el sueldo a empleados de baja por maternidad - (13/01/2019)
Conforme a este principio, en las relaciones laborales debe predominar la interpretación que favorezca al trabajador cuando la duda sea insalvable en el sentido de una norma.
Son recursos interpuestos contra las sentencias de los Juzgados de lo Social ante las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ)
La Sala IV de lo Social del TS resuelve estos recursos contra las sentencias dictadas por las Salas de lo Social de la Audiencia Nacional (AN) y los TSJ
Una trabajadora, en disconformidad con el fallo del Juzgado de lo Social de Madrid, formuló un recurso de suplicación contra la sentencia, siendo este aceptado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad (TSJM) y declarando la Sala que, el despido sufrido por la trabajadora en el año 2020 es nulo en conformidad a lo previsto en el primer párrafo, del núm. 5 del art. 55 del ET.
El 5 de noviembre de 2022, Bianca acudió a un proceso de selección para formar parte de la tripulación de cabina de una aerolínea. La convocatoria partía de la empresa de reclutamiento Meccti y anunciaba empleos para Kuwait Airways. El proceso tuvo lugar en una sala del hotel Meliá Barajas, muy cerca del aeropuerto de Madrid. Desde el inicio de las pruebas comenzaron los comentarios ofensivos contra las mujeres que acudieron. “No nos gusta tu sonrisa”. “Tienes el cuerpo de montaña rusa”. Pero la parte más dura del proceso estaba por llegar. Cuando el reclutador había descartado ya a una parte de las aspirantes, el resto fueron conminadas a entrar, una a una, en una sala. Allí, en presencia de una mujer, tuvieron que desabrocharse camisas, subirse jerséis y faldas: debían quedarse en ropa interior para que la reclutadora examinara sus cuerpos, una práctica ilegal en España.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a la Comunidad de Madrid presidida por Isabel Díaz Ayuso a indemnizar con 500 euros a cada uno de los 119 rastreadores a los que dio un "trato desconsiderado" cuando se vio obligada a readmitirlos el pasado año, ya que se les obligó a estar "toda la jornada sin nada que hacer y sin posibilidad de trabajar" hasta que fueron cesados.
Poder de dirección
Poder de vigilancia y control
registros, con limitaciones: sólo dentro del centro y en horas de trabajo, respetando al máximo la dignidad e intimidad del trabajador/a y con la asistencia de un representante legal de los trabajadores.
24/02/2023 - Anulan el despido de una trabajadora de una empresa de Ourense, cuyo maletín se registró ilegalmente.
La directora de un departamento de la patronal de Ourense fue despedida después de que una persona acudiese a la sede de la entidad para entregar un maletín que la empleada había olvidado días antes en un local de hostelería de la ciudad. El portafolios fue recibido por dos trabajadoras de la oficina, que decidieron abrirlo para examinar su contenido. Al ver que contenía documentos de la confederación avisaron al secretario general, quien acordó un registro del maletín ajustándose a lo establecido en el artículo 18 del ET. Este proceder, dicen los jueces, no fue oportuno. "El intento no puede tener éxito pues la exigencia causal justificativa del registro es que sea necesario para la protección del patrimonio empresarial y del de los demás trabajadores de la empresa, y esa necesidad solo ha surgido en el caso a resultas del ilegítimo acceso inicial".
instalación de cámaras: el Tribunal Constitucional en su sentencia de 3 de marzo de 2016 reitera que la empresa debe preavisar a sus trabajadores. Sin embargo, matiza que es suficiente con la colocación de un distintivo que informe sobre la instalación de la cámara. Las cámaras sin audio.
Para conocer cuáles son los límites que marca la ley en España, hay que consultar El artículo 20 bis (E.T.) que nos dice que “los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador. Pero, al mismo tiempo, , las compañías deberán establecer criterios de utilización de los dispositivos digitales, los conocidos como protocolos de actuación, respetando en todo caso los estándares mínimos de protección de la intimidad de sus trabajadores de acuerdo con los usos sociales y los derechos reconocidos constitucional y legalmente
07/05/2021 - Las herramientas de control del teletrabajo: ¿son siempre necesarias?
07/02/2018 - TVE dicta normas para “supervisar” el correo de sus trabajadores
control sobre las enfermedades o accidentes
Poder disciplinario: el Estatuto de los Trabajadores señala que los trabajadores pueden ser sancionados, pero sólo determina la gravedad de las conductas en "leves, graves y muy graves". Deja a los convenios colectivos determinar lo que son en cada caso.
El despedido fue un camarero que trabajaba en una cafetería situada dentro del Aeropuerto de Barajas, en Madrid. Fue sorprendido por las cámaras de la empresa hasta en ocho ocasiones realizando pequeños hurtos, lo que generó su despido. El Supremo dice en esta sentencia: “ que está de acuerdo con el razonamiento trazado en el recurso de casación en unificación de doctrina interpuesto por la empresa, argumentando que la prueba de videovigilancia es lícita en tanto era una medida justificada, idónea, necesaria y proporcionada al fin perseguido”.
Según dice la Ley 4/2005 del Parlamento Vasco para la Igualdad de Mujeres y Hombres, el objeto de esta ley es " promover y garantizar la igualdad de oportunidades y trato de mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida y, en particular, a promover la autonomía y a fortalecer la posición social, económica y política de aquéllas. Todo ello con el fin último de lograr una sociedad igualitaria en la que todas las personas sean libres" .
La OIT se ha propuesto promover la igualdad de oportunidades para que las mujeres y los hombres accedan a un trabajo decente , esto es, un trabajo bien remunerado, productivo y realizado en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana
Se recogen el conjunto de normas actualizadas del ámbito laboral y de la seguridad social