La opresión de la Orden de Calatrava en Abanilla

Juan Manuel San Nicolás Sánchez

Licenciado en Geografía e Historia Medieval

(Artículo publicado en el Programa de Fiestas de 2006)

Existe una pseudo leyenda opaca respecto al comportamiento opresor de la Orden de Calatrava en su encomienda de Abanilla que, en parte, es fruto de la ignorancia popular y de la secular costumbre de juzgar los hechos del ayer con los parámetros de hoy. Sin lugar a dudas a ninguna orden militar en tierra de moros se le puede comparar con "las hermanitas de la caridad" porque ese no era su fin, sino todo lo contrario.

Concluida la Reconquista, el decreto de los Reyes Católicos de 21 de septiembre de 1501, ratificado por la pragmática de febrero de 1502, imponía a las órdenes militares bautizar a los moriscos y transformar sus mezquitas en iglesias y sus aljamas en concejos. Abanilla era la única posesión que la Orden de Calatrava tenía en el reino de Murcia, no obtenida por conquista sino por permuta de posesiones en 1434, pues desde 1281 fue señorío de realengo de los Rocafull. Se deduce que se cumplió dicho decreto porque su aplicación le supuso, además del título de villa, una rebaja de los impuestos a la población mudéjar, pues al aceptar los moriscos la religión cristiana se equiparaban fiscalmente a los cristianos viejos. En 1503 ya había en Abanilla un clérigo calatravo, frey Antón, y una nueva ordenanza rebajando los impuestos y servicios respecto a los de 1483; y a falta de confirmación fidedigna, en 1504 se inauguró la iglesia de San Benito, eliminándose la mezquita. Como efecto pecuniario a la Orden le disminuyó su percepción de rentas y aunque la conversión fue más ficticia que verdadera, tuvieron que aceptarla. Los comendadores (caso de don Diego García de Padilla y otros), intentaron dejar dicha rebaja en letra muerta lo que ocasionó que en 1520 los vecinos se alzaran contra el comendador por los abusos y arbitrariedades de su gestión gubernativa, que dio origen a un pleito contra la Orden, ganado por el concejo en 1578, en recurso de súplica ante la Corte. Después le sucedieron otros contenciosos que se dilataron hasta principio del siglo XIX, concluyendo esta pesadilla con la desamortización de Madoz y la bula "Quo gravius", en 1873, por la que las poblaciones afectas se desprendieron definitivamente de la subyugación a las Órdenes Militares.

En otros artículos y escritos ya publicados, cuyos datos proceden de los fondos documentales de archivos, bibliotecas y particulares, se ha dado cuenta de las vicisitudes sobre los abusos y desafueros de la Orden de Calatrava en Abanilla. Es necesario reseñar que mientras todo esto sucedía en nuestra villa, otras órdenes militares con dominios en el antiguo reino de Murcia, próximos a nuestro entorno, concretamente la de Santiago (la más importante de España, tanto en rentas como en número de encomiendas), en la denominada comarca del Valle de Ricote (Villanueva, Ulea, Ojós, Ricote, Blanca, Abarán y Cieza), consiguió de Isabel y Fernando una prórroga a la aplicación del citado decreto de 1501, con la excusa de que no disponían de cristianos viejos para repoblar dichas tierras. En el trasfondo del asunto lo que realmente pretendían, y lo consiguieron, fue seguir percibiendo las mismas rentas fiscales de los moriscos, pues lo contrario les suponía una merma pecuniaria. La prórroga les duró hasta 1505, en que la Corona no permitió seguir con dicha prerrogativa, presionada por el Papa. Por esta razón el pasado año 2005, las parroquias del Valle de Ricote antes mencionadas celebraron su V Centenario.

Comparando algunos datos obtenidos sobre la Orden de Calatrava en Abanilla con los de la Orden de Santiago en el Valle de Ricote, se aprecia que la presión fiscal ejercida por los santiaguistas en nuestra Región fue mayor que la de los calatravos, sobre todo en determinados períodos, entre otras razones porque la Orden de Calatrava no obtuvo Abanilla por conquista de las armas sino por permuta de posesiones y los impuestos por conquista eran mayores. Por la relación de los productos y cultivos de las encomiendas afectas se deduce que, en el siglo XVI, la huerta de Abanilla no tenía nada que envidiarle al Valle de Ricote, quizá porque aquí, aunque con menor disponibilidad de caudales de agua, el aprovechamiento de este bien, siempre escaso, fue más racional, sin estar expuestos al sempiterno peligro de las temidas y destructivas riadas del Segura, no librándose de sufrir, al igual que el resto del país, las pertinaces y asoladoras sequías que obligaban al abandono forzoso del secano y su consiguiente desertificación.

Abusos de autoridad de los comendadores y maestres los hubo den mayor menor grado en todas las Órdenes Militares, que en algunos casos pasaron a la historia novelada (Fuenteovejuna), y otros como el del escribano Juan Avilés, con la permisividad del gobernador don Jaime de Salazar, en la Abanilla del siglo XVIII, se dieron también en el Valle de Ricote, pues antes de ser ambos expedientados por la Chancillería Real, pasaron a ejercer su oficio a estos lugares donde continuaron con sus tropelías impunemente. Sus habitantes tardaron en protestar ante la Corte, amedrentados por dichos individuos sin escrúpulos, bajo la permisividad del Consejo General de las Órdenes en el que tenían buenos e influyentes valedores. De todas estas cuestiones de la defensa de los intereses comunales de Abanilla, denunciando los desafueros de la Orden y los atropellos de sus comendadores, gobernadores, administradores, escribamos e incluso algún que otro clérigo, ha quedado constancia documental en pro del buen hacer en el oficio de los siguientes procuradores síndicos del concejo abanillero: Luis Marco, en el siglo XVI y José Tristán Rocamora, en el siglo XVIII.

De otra parte cabe citar el empeño que mostró el infante don Luis Antonio de Borbón, comendador de Abanilla mediado el siglo XVIII, en salvaguardar los montes comunales de una excesiva deforestación y del abuso en la explotación de las canteras, asunto éste que sólo los verdaderos ecologistas serán capaces de reconocerle con el paso de los siglos, aunque en el tema de los impuestos no se les escapó a sus administradores ni un maravedí, pues en el contencioso en el que intervino el citado José Tristán y el abogado don Álvaro Martínez de Rozas, lo que pretendían era aplicar la fiscalidad como territorio conquistado por la Orden, que no obtenido por permuta; y como ya se ha dicho perteneciente al realengo. No sabemos a ciencia cierta si al referido infante, por adulación o por sincero agradecimiento, nuestros antepasados le honraron poniendo su nombre a una calle, la calle Infante, pues no en vano se enfrentó a la influyente y estratégica intendencia de la Real Armada de Castilla, a la que consiguió quitarle la prerrogativa de la vigilancia de los montes abanilleros, dados los abusos que los guardas (inválidos de la Armada), consentían bajo sobornos; amén de autorizar la venta de bienes comunales para concluir las obras del nuevo edificio del Ayuntamiento.

A mi entender los abanilleros no tenemos por qué menospreciar los 439 años de la dominación Calatrava en nuestra villa, pues peor hubiera sido, a juzgar por los territorios vecinos afectos a la Orden de Santiago, a la que también estuvimos subordinados por poco tiempo (1243-1281), o los territorios de realengo administrados directamente por nobles e hijosdalgos, como hubiese podido suceder si Rodrigo de Avellaneda y Rocafull no le hubiese vendido su señorío a don Diego González de Toledo, en 1433 y la posterior permuta con la Orden. Las diferencias sociales entre los vecinos pudiesen haber sido más acentuadas a la entrada del siglo XIX, como lo fue en otros pueblos, pero si algo predominó en los territorios de las Órdenes Militares fue el hacer tabla rasa entre sus subordinados. Los bienes calatravos desamortizados en Abanilla sólo lucraron a la nobleza foránea: Rocafull, Enriquez de Navarra, los Cabrera-Cereceda, los condes de Miranda, el de Floridablanca, etc., propiedades que siguieron arrendándose en aparcería, hasta ser enajenadas fraccionadamente por sus herederos.