Federación Nacional de Trabajadores Walmart - Chile
Reformas y Proyectos de leyes.
ORD de la Dirección del Trabajo.
Noticias publicadas por Diario Constitucional
Infografía - Acoso Laboral 2021- 2022 (sept.) - Nivel Nacional
El acoso laboral es toda conducta que constituya agresión u hostigamiento, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros, por cualquier medio, y que tenga como resultado para el o los afectados menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo, siempre que todas estas conductas se practiquen en forma reiterada.
Se extiende el permiso postnatal parental: conoce los nuevos plazos
La normativa permite a trabajadores y trabajadoras ausentarse de sus trabajos, facilitando el cuidado de niños y niñas en consideración al estado de alerta sanitaria.
Empleador no agotó todas las vías de comunicación con trabajador, pues utilizó WhatsApp para solicitar su reintegro, pero no para notificar el despido, por lo que este es improcedente. /España.
La doctrina impone al empresario, ante la trascendencia de la medida sancionadora que se disponía a imponer, el deber de agotar diligentemente los mecanismos regulares de comunicación que obraban a su alcance, entre los que se encontraba el de WhatsApp. No se comprende que acuda a esta vía para informar al trabajador de su cese, y no antes para requerirle su reintegro.
Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y sus efectos.
La ley 21.389, que crea el “Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos” es una normativa que viene en proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y que castiga duramente a los infractores de ley.
Comenzó a regir el viernes 18 de noviembre.
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Modifica la Carta Fundamental para autorizar giros de auto préstamo de fondos previsionales bajo condición de reintegro
Los afiliados podrán solicitar giros de auto préstamo en sus fondos sin límite de veces, siempre que no tengan un giro de auto préstamo pendiente de reintegro.
Modifica el Código del Trabajo para elevar las exigencias de la causal de despido por necesidades de la empresa
el empleador podrá poner término al contrato de trabajo invocando como causal las necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, siempre que la necesidad se funde en un antecedente técnico o económico de carácter permanente, tales como cambios estructurales de instalación de la empresa que afecten la mecánica funcional de la misma y que se trate de circunstancias graves o irremediables en que se encuentre el empleador o empleadora. La necesidad de la empresa también debe ser de carácter objetivo, exigiendo en todo caso de la concurrencia.
Tribunal Laboral de Los Ángeles ratificaron las multas cursadas por la Inspección del Trabajo a raíz de los Contratos de Operador de Tienda.
La multiplicidad de funciones contractualmente establecidas se traduce, en definitiva, en que se atenta contra la necesaria certeza y seguridad respecto de la obligación de prestación de servicios que deben ejecutar los trabajadores, aun cuando las distintas labores contractualmente.