Programación física del Proyecto de Ley de Presupuesto 2020


La CGR observa algunas mejoras en el Proyecto de Presupuesto 2020, pero los resultados de los programas siguen enfocándose en medir la eficacia, en detrimento de otras dimensiones como la eficiencia, la calidad y la economía con la que se gestionan los recursos públicos. De un total de 262 metas de indicadores de gestión, 221 metas miden la dimensión de eficacia (84%), 22 calidad (8%), 16 eficiencia (6%), y 3 economía (1%) (ver estadísticas al final de este comentario).


Cambios en estructuras programáticas en el Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Justicia y Paz

Para el período 2020, se destacan nuevas estructuras programáticas en los Ministerios de Seguridad Pública y de Justicia y Paz, producto de la implementación de una metodología basada en el Modelo de Gestión para Resultados en el Desarrollo (GpRD)[1]. Este cambio resultó en más programas en ambas instituciones, y más indicadores de eficiencia, calidad y economía. En el ejercicio presupuestario 2021, la Administración pretende extender esta metodología al MEP, MIDEPLAN y el MH, y en adelante, incorporar paulatinamente al resto de entidades que conforman el Presupuesto de la República[2]; no obstante, no se indica el horizonte de tiempo o programación para incorporar a todos los Ministerios.

Como parte de las acciones dirigidas a impulsar estos cambios en la gestión pública, el Proyecto de 2020 incluye una norma de ejecución que busca flexibilizar la aplicación del artículo 45 de la Ley 8131 al MSP y al MJP (Norma 9), de modo que en el caso de estos dos ministerios no se requeriría de aprobación legislativa para trasladar recursos entre sus programas presupuestarios (ver comentario de Normas de ejecución).

En relación con estos cambios, la CGR reconoce la importancia de procurar el mejoramiento continuo de la programación del Presupuesto de la República, para que la ciudadanía, la Asamblea Legislativa y otros actores, cuenten con mecanismos más precisos para analizar los resultados de la gestión institucional y del uso de los recursos públicos, y para que la Administración cuente con herramientas que favorezcan cada vez más la correcta evaluación de su gestión y la toma de medidas dirigidas a mejorarla. Pero aún quedan pendientes de definir aspectos relevantes para determinar los resultados y medir los efectos de estos cambios, como la metodología de seguimiento y evaluación para aplicación por parte de la DGPN[3].

Oportunidades de mejora observadas en la programación del Proyecto de Ley 2020

Para fomentar un análisis más completo, es trascendental que estén publicadas las fichas técnicas de los indicadores que la DGPN solicita a las instituciones durante la fase de formulación presupuestaria[4].

Estas fichas existen para informar sobre las definiciones, fórmulas de cálculo, fuentes de datos y otras variables asociadas a las metas del Presupuesto de la República. Favorecen la comprensibilidad de la información, además de fomentar la transparencia en la evaluación de los resultados y la rendición de cuentas.

En cuanto a las metas en unidades de medida, el Presupuesto de la República debería explicarlas en forma más amplia. Más allá de la meta de 2020, el Proyecto de Ley carece de elementos informativos como sus definiciones, fórmulas, supuestos y riesgos, entre otros.

Otros cambios en la programación física del Presupuesto

El resto de cambios en la programación presupuestaria de 2020 se explican por los ejercicios de vinculación entre el Presupuesto y el Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública del Bicentenario (PNDIP 2019-2022). En la Ley de Presupuesto 2019, dicha vinculación fue provisional. A partir de julio, la Ley de Presupuesto fue ajustada, y en el Proyecto de 2020, sus objetivos y metas también responden a los compromisos pactados en el PNDIP 2019-2022.


Resumen de las metas programadas en el Proyecto de Presupuesto de la República 2020

Para evaluar los resultados físicos de la gestión institucional, en el Proyecto de Ley de Presupuesto de 2020 se registra un total de 420 metas: 158 metas de producción en unidades y 262 metas de indicadores de gestión. Los principales cambios en la programación obedecen a los ajustes en las estructuras programáticas mencionados, y ejercicios de alineación con respecto al PNDIP (Ver Cuadro 4 y Gráficos 1 y 2).

Cuadro 1

Presupuesto de la República: Comparativo de metas, 2018-2020

Gráfico 1

Presupuesto de la República: Metas en unidades de institución, períodos 2018-2020

Gráfico 2

Presupuesto de la República: Metas en unidades de institución, períodos 2018-2020

Además, en el Gráfico 3, el Proyecto de Presupuesto 2020 presenta una mayor participación de indicadores de eficiencia, calidad y economía respecto a períodos económicos anteriores. Esto muestra una leve mejoría, pero también señala el amplio camino por recorrer en lo que respecta a la medición de los resultados de la gestión de estas instituciones.

Gráfico 3

Comparativo de indicadores según su dimensión.

Períodos 2018-2020.

Finalmente, con respecto a su marco de planificación, en el Cuadro 5, se resume el panorama susceptible de mejoras expuesto, en donde puede existir más información y vinculación entre PNDIP 2019-2022 y la planificación estratégica y operativa de las instituciones.

Cuadro 5

Proyecto de Ley de Presupuesto 2020: Análisis de la programación física de una muestra de ministerios

Notas:
[1] Directriz Nº 093-P. Directriz sobre la Gestión para Resultados en el Desarrollo, dirigida al Sector Público. Publicada en La Gaceta N°231 del 6 de diciembre de 2017. Establece la GpRD, como el modelo de gestión pública, con el propósito de que sea adoptado por el sector público costarricense.[2] Dirección General de Presupuesto Nacional (2019). Exposición de motivos del Proyecto de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2020, p.11.[3] Dirección General de Presupuesto Nacional (2019). Exposición de motivos del Proyecto de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2020, p.10.[4] Para el Poder Ejecutivo, el artículo 4 y el Instructivo de los Lineamientos Técnicos elaborados por MIDEPLAN y el MH. Para los Poderes restantes, el artículo 38 de los Lineamientos sobre el Presupuesto de la República (DGPN) para los restantes Poderes de la República, y su respectivo instructivo.