Remuneraciones


Resumen

  • El monto asignado para remuneraciones en el Proyecto de Ley de Presupuesto de la República para el año 2020, es de ¢2.673.054 millones, el cual representa un 1,1% más que el presupuesto ajustado al 31 de agosto de 2019 y un 0,8% más que la Ley de Presupuesto 2019.
  • El Ministerio de Educación Pública, Poder Judicial y Ministerio de Seguridad Pública concentran el 81,8% del total de gastos en remuneraciones del Gobierno Central.
  • Por subpartida, las remuneraciones básicas (¢1.043.320 millones) y los incentivos salariales (¢1.138.643 millones) comprenden el 81,6% de la partida.
  • Se observa una reducción en el gasto destinado a la subpartida de incentivos salariales en un poco más de la mitad de los títulos presupuestarios, aunque esta subpartida continúa representando la mayor parte del gasto destinado a remuneraciones (42,6% en 2020).

El gasto en remuneraciones asignado en el Proyecto de Ley de Presupuesto de la República 2020, asciende a ¢2.673.054 millones, comprende el 25,4% del total del presupuesto y 6,9% del PIB. Respecto al presupuesto ajustado al 31 de agosto de 2019, se observa un crecimiento de 1,1% (¢29.944 millones) y de 0,8% respecto a la Ley de Presupuesto de 2019 (¢22.456 millones).

Desde una perspectiva de largo plazo, y tomando como referencia el clasificador económico del gasto, los sueldos y salarios tuvieron un crecimiento promedio del 17,0% en el periodo 1996-2007, (en un contexto caracterizado por tasas de inflación de dos dígitos, de hecho, el promedio de inflación en 1996-2007 fue de 11,3%); el promedio entre 2008-2010 fue de 23,7%, mostrando un crecimiento superior respecto a los años previos, y desde 2011 a 2018, el promedio de crecimiento fue de 7,4% (con una inflación promedio de 2,8% en este último período). Para el período 2020, la variación en esta subpartida es de 1,3%, respecto al presupuesto ajustado al 31 de agosto.

Gráfico 1

Gobierno Central: Gasto en sueldos y salarios, 1996-2020

-Millones de colones y porcentajes-

Según título presupuestario, cabe señalar que el Ministerio de Educación Pública, el Poder Judicial y el Ministerio de Seguridad Pública, concentran el 81,8% (¢2.187.148 millones) del gasto en remuneraciones del Gobierno Central.

En cuanto a la variación, el mayor aumento -porcentual y absoluto- se registra en el Ministerio de Seguridad Pública, con un 7,0% y una asignación de ¢208.681 millones, esto debido a varios factores: ajuste técnico al salario base de algunas clases policiales[1], cálculo de la anualidad de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 9635, aplicación del Manual de Clases y Cargos Policiales, y el aumento en la contribución patronal al IVM[2]; este título no muestra cambios en su cantidad de plazas (18.391 plazas, de las cuales 16.618 son policiales).

El segundo aumento en orden de magnitud se da en el MEP, principalmente por la incorporación de 525 plazas docentes y 318 plazas por conversión de cantidad de lecciones a puestos. Sigue en importancia, el aumento de ¢5.354 millones en el Poder Judicial (1,4% con respecto al año 2019), esta institución, según la exposición de motivos, señaló que mantendrá el cálculo de los incentivos salariales en forma porcentual y no nominal, como establece la Ley Nº 9635. Para el Poder Judicial la partida remuneraciones representa el 87,0% de los gastos corrientes de la institución.

Cuadro 1

Gobierno Central: Gasto en remuneraciones según título presupuestario, 2016-2020

-Millones de colones y porcentajes-

Por el contrario, la mayor reducción se da en el MOPT (-4,9%, para una asignación de ¢50.208 millones), en este ministerio se eliminaron 21 plazas[3]. En términos generales, 14 títulos presupuestarios presentan una disminución en su gasto en remuneraciones. Al igual que en años anteriores, se observan diferencias importantes en la relación incentivos salariales respecto a las remuneraciones básicas por título presupuestario, así como en la variación de estas subpartidas, como se muestra en el cuadro siguiente.

Cuadro 2

Gobierno Central: Indicadores del gasto en remuneraciones según título presupuestario, 2020

-Porcentajes y colones-

En relación con la cantidad de plazas asignadas en el Proyecto de Ley de Presupuesto de la República para 2020 estas alcanzan 143.705, y crecen 0,5% (685 plazas más que las plazas asignadas en la Ley de Presupuesto de la República para 2019). Los únicos títulos que presentan un aumento en la cantidad de plazas asignadas son el MEP, como se citó previamente, y un puesto trasladado de MIDEPLAN al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Cabe resaltar que 299 plazas de servicios especiales pasan a ser cargos fijos en el Poder Judicial; además, se eliminan 57 plazas en el TSE, de las cuales elimina 147 plazas de servicios especiales y convierte 90 plazas de servicios especiales a cargos fijos.

Cuadro 3

Gobierno Central: Autorización de plazas, 2019-2020

-Porcentajes y colones-

Desde el año 2012, la cantidad de plazas en el Presupuesto de la República ha crecido 14,1%, lo que se traduce en 17.746 plazas adicionales en 2020 respecto a la autorización de 2012. La CGR reitera la importancia de hacer una revisión constante acerca del recurso humano y los procesos institucionales, de forma que se impacte la eficiencia en la gestión, optimizando el uso de los recursos públicos.

Gráfico 2

Gobierno Central: Cantidad de plazas autorizadas en Leyes de Presupuesto, 2012-2020

En términos de subpartida, el gasto asignado a incentivos salariales equivale a 42,6% del total de remuneraciones y constituyen el principal rubro dentro de la partida, con un monto presupuestado de ¢1.138.643 millones, 0,9% más (¢10.471 millones) en comparación con el presupuesto ajustado de 2019. Cabe destacar que esta variación es la menor observada desde 2012, para el periodo 2012-2018 el gasto devengado en incentivos salariales tuvo una variación promedio del 7,6%, lo anterior en virtud de los cambios normativos introducidos por la Ley N° 9635.

A su vez, el principal componente para esta subpartida es el rubro de “otros incentivos” que representa un 14,8% del gasto total en remuneraciones; el MEP y el Poder Judicial son los títulos con mayor peso en “otros incentivos”.

Por su parte, las remuneraciones básicas, representan el 39,0% de la partida, con un presupuesto de ¢1.043.320 millones, 1,5% más que el presupuesto ajustado de 2019 (¢15.769 millones más). Los incentivos salariales y las remuneraciones básicas representan el 81,6% del gasto total en remuneraciones.

Cuadro 4

Gobierno Central: Gasto en remuneraciones según subpartida, 2016-2020

-Millones de colones y porcentajes-

Gráfico 3

Gobierno Central: Incentivos salariales y remuneraciones básicas, 2016-2020

-Millones de colones y porcentajes-

Además, en el Proyecto de Ley de Presupuesto de la República para 2020 se asignan ¢201.784 millones y ¢251.535 millones en contribuciones patronales a la seguridad social y a fondos de pensión, en ese orden. En esta materia, es importante indicar que para 2020 se tiene previsto el aumento en la contribución tripartita al régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), que a partir de ese año se situará en 10,66%: 4,0% trabajador, 5,25% patrono y 1,41% Estado, esto se refleja en un aumento promedio del 3% en el rubro 0.05.01-Contribución patronal al seguro de pensiones de la CCSS.

Reforma al artículo 33° del Reglamento del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM)

En el año 2005 se realizó una reforma al IVM 1/, que incluyó aumentos en el número de cuotas (de 240 a 300) para pensionarse, cantidad de salarios de referencia (de 48 mejores de los últimos 60 a los últimos 249), y aumento en los porcentajes de cotización, que buscaban llevar la contribución tripartita de un 7,5% a un 10,5% en un plazo de 20 años, con aumentos quinquenales que iniciaron en 2010 y finalizarían en 2035. En esa oportunidad, se consideró que el primer momento crítico del fondo, cuanto se requiriera utilizar los intereses de la reserva para hacer frente a las pensiones en curso de pago, se daría en 2011; sin embargo, la UCR señaló en su estudio actuarial al régimen 2/ que el costo del régimen sobre los salarios superó el 7,5% desde 2009. Según acta de sesión N° 9038 del 20 de junio de 2019, se han utilizado intereses de la reserva desde el año 2012, y se prevé que el segundo momento crítico (cuando inicie el consumo de la reserva para el pago de pensiones) se dé hacia el año 2031.

Ante las condiciones del régimen, desde 2016 la CCSS ha realizado tres modificaciones al reglamento del IVM para aumentar los ingresos del régimen. La primera 3/, en 2016, cuando aumentó la contribución estatal del 0,41% al 0,58% a partir del 01 de setiembre de 2016, y que al final del periodo de reforma (2030) se situara en 1,91% y no 1,24% como se acordó en 2005. Este cambio no fue reconocido por el Ministerio de Hacienda hasta el presupuesto de 2019.

El segundo cambio 4/ se realizó en 2017, y consistió en incrementar en 1 punto porcentual la contribución del trabajador, este aumento se fraccionó en dos aumentos de 0,5 puntos porcentuales. Con esta reforma, en 2030 la contribución del trabajador será de 4,5% sobre su salario y no el 3,5% establecido originalmente.

Por último, el pasado 20 de junio 4/ la CCSS modificó los periodos de aplicación de los aumentos en la contribución, al pasar de quinquenios a trienios. Dado lo anterior, en 2029 la contribución tripartita alcanzará 12,16%, 1,66 puntos porcentuales más que lo previsto en 2005 y se adelanta la reforma en 6 años. En un lapso de tres años se realizaron tres modificaciones a las contribuciones, lo que da cuenta de la vulnerabilidad e incertidumbre acerca de las condiciones del régimen.

La sostenibilidad financiera del IVM es crítica ante el envejecimiento poblacional y las condiciones fiscales. De las condiciones del régimen depende la protección social en la vejez de la mayor parte de los trabajadores. Desde la óptica fiscal, no se puede perder de vista que los aumentos en la contribución estatal al IVM tienen impacto sobre la contribución estatal al Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial (FJPPJ) y el Régimen del Magisterio Nacional (RMN).

Es evidente que se deben consolidar reformas adicionales al régimen para garantizar su sostenibilidad.



1/ Sesión N° 7952 del 28 de mayo de 2005.2/ UCR. 2016. Estudio actuarial del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte.3/ Sesión N° 8856 del 28 de julio de 2016.4/ Sesión N° 8908 del 01 de junio de 2017.5/ Sesión N° 9038 del 20 de junio del 2019.

Por último, la CGR reitera su llamado a mantener el ámbito de cobertura de la Ley N° 9635, y complementar la reforma en materia de empleo público, bajo principios de transparencia, sostenibilidad y eficiencia en el uso de los recursos.

En la actualidad, se discute en el Plenario Legislativo el expediente 21.336, Ley Marco de Empleo Público. Este proyecto busca organizar la gobernanza del empleo público a través de la clarificación de funciones de la rectoría de MIDEPLAN (que otorgó la Ley N° 9635), la creación de un Consejo Técnico Consultivo como asesor del Ministerio y la creación de un observatorio de empleo público; y establecer postulados y normas generales para la unificación, simplificación y coherencia del empleo y subsistemas de gestión de recursos humanos: planificación, organización del empleo, gestión del rendimiento, de la compensación, del desarrollo y de las relaciones humanas y sociales. La CGR emitió su criterio sobre este proyecto de ley mediante el oficio DJ-11110 (12844) del 30 de agosto de 2019.

Notas:
[1] Por ejemplo, el salario base del puesto Agente I Fuerza Pública definido en la Ley de Presupuesto 2019 es de ¢315.500, mientras que en el Proyecto de Ley de Presupuesto 2020, el salario base es de ¢319.250. [2] El aumento en la contribución estatal al IVM se aprecia en la partida de transferencias corrientes o de capital, en el caso de salarios ligados a proyectos de inversión. [3] Por resolución N° 2018-04 del 30 de noviembre del 2018, se trasladan 10 puestos a la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) y según acuerdo N° 12349 se eliminan 11 puestos que no estaban autorizados.