El matrimonio en Roma y primeros siglos del cristianismo

Roma difería de las ciudades estados griegas en que ocasionalmente se proponía activar el aumento de la población. Augusto intentó reformar la moral de la poderosa y ambiciosa elite por medio de la legislación, en el 18 a.C. y en el 9 d.C.; por una parte sus leyes presionaban a las viudas a volver a casarse, y por otra parte castigaba el celibato y la falta de hijos. Al final, el poder ilimitado del padre romano (los patricios) sobre su familia -patria potestas- recortó efectivamente la capacidad del Estado para interferir en cuestiones relacionadas con el matrimonio, el abandono de los hijos, la anticoncepción y el aborto.

"Bodas Aldobrandinas", las nupcias de Alejandro Magno con la princesa Roxana de Bactria, fresco encontrado en una casa romana del monte Esquilino en Roma, s. I aC.

La familia romana podía incluir, además de sus miembros "naturales" (mujer e hijos), esclavos, amas de cría, tutores e hijos adoptivos; todos ellos sujetos a los dictados del "pater familias". Para evitar que los bienes recayeran en terceros, estaba permitido recurrir a matrimonios endogámicos. Roma no era como Egipto, donde el matrimonio entre hermanos era común; pero los romanos podían, igual que los griegos, casarse con las sobrinas.

El orden familiar se aseguraba mejor si existía una diferencia de edad de cerca de diez años entre la pareja de cónyuges. El afecto entre los cónyuges era objeto de elogio, pero no se consideraba absolutamente necesario para que la unión fuera perfecta. Si un matrimonio fracasaba, el divorcio era la consecuencia lógica.

Lo que hizo única a la familia romana fue la aparente tiranía ejercida por el padre. Se proclamaba que los padres romanos tenían absoluto poder, hasta su muerte, sobre sus hijos casados y solteros. En teoría el padre era todopoderoso, pero de hecho, en las familias más pobres no lo era. Entre los plebeyos existía un mundo centrado en la madre en que los niños llevaban su nombre, y sólo reconocían al padre si era miembro del hogar. Por su parte, los hijos de la elite, una vez que salían de la casa paterna se veían libres de su tiranía.

Ya que tradicionalmente no se permitía a los esclavos casarse, las personas que estaban legalmente "casadas" constituían una pequeña parte de la población. No obstante, a partir del siglo II, en la práctica, ocurrió un cambio radical: el derecho al matrimonio legal fue ampliado incluso a los esclavos.

Los antiguos romanos, con frecuencia, no contraían matrimonio, simplemente vivían en concubinato. Bajo la influencia cristiana, la bigamia llegó a ser un delito y se disolvió la línea divisoria entre el concubinato y el matrimonio. Hacia el siglo V, la unión conyugal había sustituido a la unión consanguínea como principio central de las relaciones sociales. La exogamia aumentó y la endogamia disminuyó a medida que las nuevas leyes sobre el incesto hacían necesaria una nueva perspectiva de la familia. La familia conyugal era más que nunca la unidad esencial de producción y reproducción. El matrimonio por imposición y consumado con la violación de la esposa, al uso de los romanos, fue reemplazado por la invención de la igualdad conyugal. La Iglesia insistía en la regularización de las uniones; que fueran más equitativas y amistosas ya era un punto debatible. En la cultura cristiana, como en la clásica, la sumisión de la mujer hacia el hombre continuó fomentándose.

Lee la extensión sobre el matrimonio romano, sus formas y sus ritos. que te enlazo y luego continua con el desarrollo.

Mira el documental que habla del amor y el matrimonio en la antigua Roma.

La transformación de la moral occidental.

En occidente, hacia el siglo IV, la administración imperial había desaparecido. Las ciudades, si no habían sido destruidas, se hallaban en declive y casi despobladas. Los propietarios de los latifundios componían la nueva elite del sistema señorial naciente. Constantino I el Grande (280-337 d.C.) sentó las bases legales para el imperio cristiano. El Edicto de Milán del emperador Constantino del año 313 de nuestra era, garantizaba la tolerancia hacia los cristianos. Teodosio (379-395 d.C.) declaró el Cristianismo como religión del Estado.

Con la llegada del Cristianismo y la toma del poder todo empezó a cambiar. Los cristianos formaron un movimiento social; practicaban y predicaban. Fue espectacular el vigor con que clasificaron y atacaron una amplia gama de vicios. Los pensadores cristianos más extremistas se mostraban básicamente contrarios a casi todas las manifestaciones de la sexualidad, desde el aborto, la anticoncepción, el divorcio y el adulterio, hasta el uso de pelucas y de maquillaje. La intención de condenar tales actos era acabar con el libertinaje del Bajo Imperio y marcar diferencias entre cristianos y paganos.

La Iglesia no instituyó nuevas formas de matrimonio, simplemente continuó con las antiguas. Aunque el consentimiento de ambas partes era todo lo que se requería hasta el siglo IV, sin embargo, la Iglesia empezó a dictar nuevas reglas, entre ellas la bendición del matrimonio; no obstante, éste no llegaría a ser un sacramento hasta la Edad Media. A pesar de que en el mundo antiguo no existía el matrimonio cristiano en el sentido formal, había matrimonios de cristianos.

La virginidad había sido tradicionalmente estimada en las mujeres, pero el celibato cristiano acrecentó y apuntaló el poder masculino y fue asociado con una misoginia violenta que se extendió en el siglo IV, particularmente por el Este europeo. La Iglesia se apoyó en el argumento estoico-judío de que la necesidad de procrear ofrecía un motivo racional para el matrimonio. Se apoyaba estrictamente el matrimonio en la medida en que podía producir hijos. San Ambrosio se opuso al coito infructuoso de los viejos y embarazadas como contra natura. El placer en sí mismo y por sí mismo era un pecado, y era necesario refrenarlo dentro del matrimonio.

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Orígenes (185-225 d.C.), declaró que era pecado rezar en el lecho matrimonial por ser un lugar impuro. Los monjes preguntaban abiertamente si los casados podían ser salvados, a pesar de participar en "esa bestial copulación, ese vergonzoso coito, esa obscenidad de acto apestoso y horrible". El matrimonio había sido defendido por San Pablo como algo mejor que quemarse. "Dios nos ha permitido -declaró Orígenes, presbítero de Alejandría- casarnos con esposas, porque no todo el mundo es capaz de llegar a la condición superior, que es ser absolutamente puro".

Endogamia: práctica de contraer matrimonio las personas que pertenecen a un mismo linaje, tribu o localidad.

Exogamia: sistema de concertación del matrimonio entre familias, linajes, castas o grupos diferentes. La exogamia es la regla matrimonial más extendida universalmente, ya que permite vincular personas y familias diferentes dentro de alianzas sociales y económicas amplias. Favorece en consecuencia la renovación de la herencia genética en los descendientes.

Consanguinidad: parentestca natural entre varias personas que descienden de un tronco común.

Misoginia: aversión a las mujeres.

Matrimonio entre dos ciudadanos romanos. Mural de un sarcófago en el Museo de Capodimonte.

Matrimonio romano, retratos de Catón y Porcia. Museo del Valticano.

Retrato del panadero Próculo y su esposa procedente de Pompeya s I aC

Otras formas de unión en pareja:

Concubinatus

El concubinatus era la unión entre dos personas libres a quienes les era impedido casarse, como por ejemplo, el gobernador de una provincia y una mujer de otra región (la imposibilidad de casarse en este caso, suponía el hecho de que el matrimonio en la Roma Antigua no estaba permitido entre extranjeros). Los requisitos eran la edad legal y el consentimiento, y no era necesario una dote. Los hijos de estas uniones no estaban sujetos a la autoridad del padre y se quedaban con la nomenclatura de la madre.

Era también común entre los soldados ya que hasta el año 197 a. C. no podían casarse antes de los veinticinco años de servicio por los cuales recibirían, quienes no la tenían, como recompensa la ciudadanía romana.

Contubernium

El contubernium era la unión (sin ningún tipo de reconocimiento legal) entre dos personas con la condición de esclavos o entre un esclavo y una persona libre que vivían juntos como marido y mujer (contubernales). El consentimiento para la unión tenía que ser concedido por un amo, que en cualquier momento podría disolver.