Programa de Ayudas a Personas Trabajadoras Autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas

Post date: Mar 15, 2017 9:36:13 AM

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2017.

Las solicitudes de ayudas por las contrataciones realizadas entre el 01/10/2016 y el 13/03/2017 (fecha de publicación de la orden), deberán presentarse antes del 13 de mayo de 2017.

Las ayudas previstas por las contrataciones subvencionables realizadas desde la entrada en vigor de esta orden deberán solicitarse hasta el último día del segundo mes siguiente a la fecha en que se inicie la relación laboral indefinida por la que se solicita subvención.

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas finalizará el 30 de septiembre de 2017, aunque en esa fecha no transcurriera el plazo señalado en el párrafo anterior.

Objeto: Incentivar la contratación indefinida inicial de personas desempleadas realizada por las personas trabajadoras autónomas o personas profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia. Las contrataciones por las que se solicita subvención deberán tener fecha de inicio comprendida entre el 1 de octubre de 2016 y el 30 de septiembre de 2017 ambas inclusive.

Personas beneficiarias:

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la primera contratación que realicen con carácter indefinido durante su primer año de actividad.

2. Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido en los tres primeros años de actividad.

Colectivos subvencionables: Los incentivos previstos en este programa serán de aplicación a las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo completo o a tiempo parcial realizadas por personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales con personas trabajadoras desempleadas para prestar servicios en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Cuantías: Las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de:

Primera persona trabajadora indefinida: 5.000 € cuando se trate de un hombre desempleado.

Segunda y tercera persona trabajadora indefinida: 6.000 € cuando se trate de un hombre desempleado.

Estas cuantías se incrementarán en un 25% en los siguientes casos:

  • · Si la persona incorporada es una mujer.

  • · Si la persona incorporada tiene discapacidad o si se encuentra en situación o riesgo de exclusión social.

  • · Si la persona incorporada pertenece a una unidad familiar en la que todos sus miembros están desempleados.

· En el caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de éste) de la persona autónoma esté situado en un ayuntamiento rural.

Las cuantías máximas posibles, de aplicarse todos los incrementos, podrían alcanzar hasta 10.000€, para la primera persona trabajadora indefinida, y hasta 12.000€, para la segunda y tercera persona trabajadora indefinida.