Post date: Jan 19, 2017 4:59:45 PM
Entrada en vigor el 1 de enero de 2017 de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida, cuya vigencia se había retrasado en varias ocasiones. Es aplicable sólo a los padres de niños nacidos, adoptados o acogidos desde el 1 de enero de 2017
La suspensión del contrato alcanza ahora las 4 semanas ininterrumpidas, ampliables en 2 días más por cada hijo a partir del segundo en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples, pudiendo disfrutar dicha suspensión en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador.