Ley de Educación Decreto Legislativo 12-91 Derechos, Obligaciones y Prohibiciones de los Directores


Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Educación Acuerdo Gubernativo 225-2008

Introducción

Para el perfeccionamiento de las instituciones educativas es importante el completo conocimiento de la Ley de Educación establece los derechos, obligaciones y prohibiciones que tiene el director, subdirector, docentes y educandos esto hace ejercer la labor de cada individuo más efectivo y eficaz, en la gestión administrativa en el Ministerio de Educación desglosándose en cada artículo del Reglamento Orgánico Interno acuerdo 225-2008 se da a conocer que dependencias están a cargo para resolver o desarrollar procesos que haga evolucionar la educación sin pretextos.


Ley de Educación Decreto legislativo 12-91

La educación en Guatemala en busca de la educación de calidad en la presente ley establece en el título III derechos y obligaciones, principalmente centrado en las labores y funciones del director quien es la máxima autoridad del establecimiento, quien dirige, coordina, insta, apoya a todo el personal a su cargo, quien opera la gestión educativa administrando todos los recursos materiales y financieros que le son asignados, imparte saberes analizando la situación del entorno con la actualidad y verifica la ejecución y desarrollo de las planificaciones de los docentes apoyado de sus obligaciones y responsabilidades que le son concedidos.

En la actualidad el director desempeña un papel muy importante involucra a toda la sociedad educativa a formar parte de la educación de la niñez y adolescencia según sea el nivel educativo, pasa a ser social sin discriminación por política, religión, raza, y todo lo que pueda perjudicar más bien que favorezca el clima educacional, utiliza métodos de observación para calificar la labor docente, forma estratégica que vincula la presencia de liderazgo con el trabajo valorativo.

En cuanto a los servicios educativos se han desarrollado para el bienestar y cubrir las necesidades educativas en toda la población guatemalteca, las cuales necesita de personal cualificado para desempeñar sus labores con pasión, en un centro educativo donde el personal presta sus servicios adecuadamente, desarrollando metodologías adecuadas al entorno, involucra la tecnología, hace conciencia de la economía de sus estudiantes, va en busca de la calidad educativa, detrás de ello hay un buen líder, que motiva al progreso.


El Ministerio de Educación es el órgano rector de políticas educativas nacionales quien a su vez delega funciones a las diferentes dependencias a su cargo, coordina y propicia mecanismos de diálogo para cumplir con las solicitudes que le son otorgadas por parte de las instituciones educativas que carecen de necesidades infraestructurales, económicas, tecnológicas, administrativas, etc.

Las responsabilidades de cada dependencia cuida el proceso de la educación velando que el sistema desglose las mallas curriculares bien estructuradas como herramientas para el docente, que las evaluaciones se establezcan en sus períodos establecidos, que el docente tenga claro el proceso del diseño curricular, debe adaptarse y desarrollarse de acuerdo a las características del lugar de esta manera los estudiantes pueden aprender con facilidad con experiencias que le llevan a un mejor aprendizaje.

1) Estructura Orgánica - B) Reglamentos Internos - Mineduc

Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Educación Acuerdo gubernativo 225-2008

Conclusión

  • El conocimiento de la legislación educativa da seguridad en la labor profesional, para transmitir competencias claras, delegar responsabilidades, compartir el compromiso donde el trabajo sea más colaborativo, donde cada persona conoce sus derechos, obligaciones y prohibiciones para disminuir incumplimientos o reclamar lo que por ley pertenece, identificando cómo y dónde se asigna cada procedimiento, de esta manera todos ganan.

  • Las dependencias creadas por el Ministerio de Educación cada una con sus funciones específicas divididas para lo técnico administrativo, desarrollo del currículo, financiamiento económico, tecnológico, formación bilingüe, educación especial, programas educativos, evaluaciones, etc. todo para bienestar educativo, para el cumplimiento de cada dependencia se necesita la petición de las instituciones educativas hacia el Ministerio de Educación las cuales pueden ser resueltas favorablemente o se pueden archivar según sea el caso.