Tramitación de expedientes de viviendas de protección oficial (VPO)

Post date: Jul 8, 2010 10:35:11 PM

Calificación provisional

La documentación necesaria para la tramitación es:

• Acreditación de la personalidad del solicitante y, en su caso, la representación que ostenta.

• Proyecto básico o de ejecución visado por el Colegio profesional correspondiente.

• Licencia municipal de obras o, en caso de no tenerla, certificado del Ayuntamiento de la calificación urbanística de los terrenos y de la dotación de servicios urbanísticos de que dispone el terreno y los que son exigibles por la normativa urbanística.

• Certificado del Registro de la Propiedad, sobre la libertad de cargas y gravámenes.

• En caso de que los solicitantes no sean los titulares de los terrenos, título acreditativo de la disponibilidad de los terrenos para construir.

Los promotores de viviendas de protección oficial deben comunicar a la Administración competente el inicio o finalización de las obras, mediante certificación del director de las obras, en el plazo de 15 días desde que se produzcan.

Calificación definitiva

Una vez finalizadas las obras, dentro de los plazos establecidos, se debe solicitar la calificación definitiva de viviendas de protección oficial adjuntando la siguiente documentación:

• Licencia municipal de obras en caso de no haberla presentado.

• Proyecto de ejecución final que deberá recoger con exactitud a la totalidad de las obras realizadas.

• Certificado de final de obra expedido por la dirección facultativa, firmado y visado.

• Justificación de haber inscrito en el Registro de la Propiedad la escritura de declaración de obra nueva.

• Certificado del cumplimiento del Programa de control de calidad.

NOTA: La relación de documentos es orientativa, hay que contrastar siempre la documentación necesaria con el organismo donde se hace el trámite.