FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO
(Prácticas del Alumnado en las Empresas)
La incorporación obligatoria del alumnado a centros de trabajo y su adaptación a los entornos laborales, debe contribuir al desarrollo de las actitudes necesarias para facilitar su inserción laboral.
Descripción.
La principal innovación que presenta el nuevo modelo de Formación Profesional es su naturaleza abierta a la intervención y colaboración, absolutamente necesaria, de agentes externos al centro educativo, es decir a empresas, profesionales, administraciones, etc. El alumnado, con carácter obligatorio, debe insertarse en un centro de trabajo para cursar el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) donde, además de desarrollar las capacidades terminales que para dicho módulo profesional se determinan, enriquecerá su formación técnico-profesional gracias al desarrollo de esas otras capacidades que surgen cada día durante la actividad laboral.
El alumnado, en concreto, finaliza su formación profesional en un ámbito productivo real donde pueden observar las actividades características y realizar las tareas de los distintos puestos de trabajo de lo que será su profesión en un futuro muy cercano. Del mismo modo, tendrán la oportunidad de conocer la organización de los procesos productivos y de las relaciones en entornos y con equipos de trabajo, siempre orientados y asesorados por los tutores y por las tutoras del centro educativo y del centro de trabajo.
Los acuerdos de colaboración.
La organización y realización de la FCT hace absolutamente necesaria la estrecha colaboración entre el centro educativo y las empresas o las instituciones. Esta colaboración se concreta en la suscripción, entre ambas partes, del denominado Acuerdo de Colaboración (modelo adjunto a pie de página), con el que mutuamente y básicamente nos comprometemos a:
Designar un tutor o una tutora laboral y un tutor o una tutora docente, que realizarán el seguimiento y evaluación del alumnado.
Establecer el "programa formativo" que contemple las actividades que han de realizar el alumnado en la empresa o en la institución.
Características relevantes.
Las características más significativas de este Acuerdo de Colaboración son las siguientes:
No implica relación laboral alguna entre el alumnado y las empresas o las instituciones.
El alumnado no percibe cantidad económica alguna en concepto retributivo.
El Seguro Escolar cubre cualquier eventualidad de accidente que pueda producirse.
La Administración Educativa suscribe un seguro adicional para, entre otros, cubrir daños a terceros o responsabilidad civil.
Los tutores o las tutoras docentes,con regularidad, realizan visitas a los centros de trabajo con objeto de valorar y supervisar la actividad del alumnado así como resolver cualquier incidencia que pueda registrarse.
Se puede extinguir y/o rescindir el acuerdo a petición de cualquiera de las partes y en cualquier momento.
El acuerdo será válido una vez quede firmado por el Director o por la Directora del centro educativo.
Objetivos del módulo profesional.
Los objetivos de la fase de Formación en Centros de Trabajo son, entre otros, los siguientes:
Complementar los conocimientos, habilidades y destrezas adquiridos en el centro educativo con el fin que el alumnado alcance mejores y más ajustados niveles de cualificación profesional.
Posibilitar la adquisición de técnicas y capacidades que requieren instalaciones, equipamientos, organizaciones y estructuras propias de centros de producción y que por su naturaleza y características no pueden darse en los centros educativos.
Favorecer el conocimiento de la estructura organizativa y de las relaciones laborales de los sectores productivos relativos a los estudios que cursa el/la alumno o alumna, facilitándole su transición a la vida laboral activa.
Fomentar en el alumnado la autonomía, creatividad profesional y responsabilidad, para resolver cuestiones que se presentan en la realidad laboral y buscar soluciones con la necesaria independencia.
Adoptar los conocimientos adquiridos por el alumno o la alumna en el centro educativo a las necesidades reales de las/ empresas de su entorno productivo.
Los tutores y las tutoras. El seguimiento.
Durante el desarrollo de FCT el seguimiento del proceso formativo del alumnado se realizará por dos tutores o tutoras: el o la docente y el o la laboral.
El tutor o la tutora docente, periódicamente, mantendrá con el alumnado una sesión de tutoría, orientada básicamente a comprobar la progresiva adquisición de la competencia profesional, a verificar los resultados mostrados por el alumnado en las situaciones de evaluación de la misma y, en particular, a:
Supervisar el Cuaderno de Formación en Centros de Trabajo.
Poner en común y verificar las dificultades técnicas, de relaciones, etc., que manifieste el alumnado.
Aclarar cuantas dudas hayan surgido para responder a los requerimientos del puesto formativo.
El tutor o la tutora laboral se responsabilizará del cumplimiento por el alumno o por la alumna del programa formativo durante su estancia en el centro de trabajo, organizando el puesto formativo de modo adecuado a los medios disponibles de la empresa o institución, coordinando y realizando el seguimiento de las actividades formativas del alumnado y garantizando la orientación y consulta de alumno o de la alumna durante su estancia en la empresa o institución.
Periodos y actividades de la FCT.
Se determinan según el Ciclo Formativo:
Incluimos, en PDF, Modelo de Acuerdo de Colaboración en FCT y Orden de 31 de julio de 2001, por la que se regula la fase de Formación en Centros de Trabajo...