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He tenido que modificar muchos enlaces que se me rompieron cuando me obligaron a cambiar el sitio web al "Nuevo Sites" . 

A LA PARTE DE ABAJO HAY UNA SERIE DE ARCHIVOS QUE PULSANDO SOBRE ELLOS SE ABREN. NORMALMENTE CORRESPONDEN A LOS ENLACES QUE PONGO EN LA PARTE DE ARRIBA, PERO NO SIEMPRE.

Si quieren ver un archivo concreto tienen que buscarlo por el nombre. TAMBIEN PUEDEN ACCEDER A LOS ARCHIVOS EN LA PARTE DE ABAJO DE CADA PAGINA WEB.


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amdinventor@hotmail.com   iviolero@hotmail.com

Se ruega utilizar los medios de comunicación o contacto de la asociación (e-mail, teléfono), solamente para asociarse o en referencia a todo lo relacionado directamente con la asociación, inventos o ideas, sobre o para los mismos, para no distraer el funcionamiento de la asociación.

Para información, navegar por todo el sitio web, donde seguramente encontrarán todo lo que necesiten saber y podamos ofrecer de momento, hasta que tengamos más medios técnicos y humanos.

Para comentarios u observaciones, pondremos un foro libre cuando podamos o tengamos lo medios técnicos necesarios.  

Cuando tengamos los medios económicos para un sitio web propio, la dirección del sitio web será: www.amdinventor.org

No olviden mirar los ESTATUTOS.

 

Actualmente nos vemos en la necesidad de estar en este proceso: 

PRIMERA DENUNCIA:  LAS PATENTES SON UNA ESTAFA Y VULNERAN, LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y HUMANOS A LA PROPIEDAD PRIVADA DE LOS INVENTOS.


Denuncias públicas de la Asociación Mundial Derechos Inventor. – AMDINVENTOR.


Soy Ignacio Violero, de la Asociación Mundial Derechos Inventor – AMDINVENTOR.


La primera denuncia es por la vulneración de los Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos. También incluye el Derecho a la Igualdad, a la Justicia, a Ser Oídos, Abuso Contra las Minorías, etc,.


Los inventos se rigen por la mal llamada “ley” de la Propiedad Industrial o Patentes que es una estafa, y consisten en exigir una licencia de explotación de los inventos, a los mismos inventores de su propio invento, que es su propiedad privada.

Un inventor registra su invento y poco después recibe un aviso en el que le advierten de la obligatoriedad de registrar (volviendo a pagar) el invento en todos los países antes de los dieciocho meses (año y medio) después del primer registro, cuando suelen tardar bastante más de veinticuatro (más de dos años) en comunicar si es patentable o registrable como invento, para conseguir unos derechos que ya son suyos. Un tiempo después dependiendo de que país, le exigen patentarlo en los países que lo ha registrado, que consiste en el pago de una anualidad o patente en cada país, todos los años, durante diez o veinte años, dependiendo de si es modelo de utilidad o invento (esto junto con las gestiones, traducciones y distintos trámites, cuesta una fortuna y no se le exige a ninguna propiedad privada), pasando a dominio público como en los regímenes comunistas (lo puede hacer o fabricar cualquiera), cuando se acaba la licencia. Si a los tres o cuatro años de registrarlo no se pone el invento en fabricación pasa a dominio público, en el país que no se registra y se patenta es de dominio público, si se deja de pagar las anualidades en cualquier país pasa a dominio público, en realidad con estos criterios pasa a dominio público desde el mismo momento en que se idea o inventa, se registre o no. ¡Y dicen que es para incentivar!.

Es muchísimo más que una incongruencia o contradicción llamar “ley de la propiedad industrial”, a una ley que no contempla o reconoce el derecho a la propiedad privada, que es el único fundamento y principal objetivo de una ley de la propiedad como su

propio nombre indica. 

Todos estos hechos que sí son de dominio público, son ilegales, irracionales, además de una estafa.


Otras incongruencias, contradicciones e ilegalidades es que el hecho de registrarlo ya es una forma de hacerlo público, además de forma legal e institucional (pero no el dominio). Un invento que es público ya no se puede registrar (lo legal sería excepto el que demuestre, que es el inventor) y exigen que se vuelva a registrar en todos los países teniendo en cuenta que ya no es válido, de hecho existe la búsqueda internacional, si está registrado o es público no se puede registrar, e incluso si alguien puede demostrar que ya existía anteriormente la patente no es válida (que en realidad según muchos casos, la ilegal ley de la propiedad industrial y el aspecto legal actual no vale para nada, además de ser una estafa).

Cualquier propiedad privada se registra solamente una vez y paga solamente un registro por ese concepto en todo el mundo, y es para siempre; nunca pasa a dominio público.

Para protegerla ya está la policía y demás instituciones.

 

Todos estos hechos o la misma “ley” de la Propiedad Industrial además de ser una estafa, demuestra que se están vulnerando los Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos, tal y como consta en la Constitución Española, los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Carta Universal de Derechos Humanos, y, lo que es peor desde las mismas instituciones y los países que se erigen como los defensores de tales derechos. (La “ley” de la Propiedad Industria es ilegal, una estafa e innecesaria, se le puede aplicar la ley de la Propiedad Privada). Aunque no constase en ningún sitio, está más que

demostrado la injusticia e ilegalidad de estos hechos.

 

Actualmente se puede decir que es la única y más real, vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos existente al menos en los países llamados desarrollados (que son desarrollados por los inventos, sin ellos seguiríamos siendo cavernícolas). ¡Atención!, en los países que se erigen como abanderados de los defensores, de todos los Derechos Fundamentales y Humanos, con regímenes capitalistas y de mercado, fundamentados en el derecho a la propiedad privada.

 

Una vez establecida la asociación, comencé a dirigirme a distintas instituciones principalmente europeas, españolas e incluida la ONU principalmente a través de sus dirigentes para informarles de la existencia de la asociación, nuestra denuncia o exigencias, y lo que se pretende hacer desde la misma, sin ser atendido. Al no ser atendido comencé a dirigir mis escritos en forma de denuncia en este caso pues los hechos así lo requieren. En ambos casos como mucho contestan que no es su competencia o eximiéndose de responsabilidades, y de forma casi extraoficial dando información cosa que yo nunca les he solicitado, de las normativas existentes para los inventos que no conocen, ni entienden y, normalmente asocian o confunden con la propiedad intelectual (yo diría intencionadamente), que son muy distintas a la propiedad industrial, las cuales es de suponer conozco mejor que ellos, que además, son las que estoy denunciando y que además, dichas normativas son las que demuestran todo lo denunciado. También me he dirigido a otras varias instituciones, a través de los distintos mecanismos existentes para dirigirse a dichas instituciones sin ser atendido en ningún caso. Al no ser atendido comencé a presentar denuncias públicas a través de los medios de comunicación sin ser atendido hasta la fecha. La no publicación de denuncias por vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos, en los medios de comunicación públicos es delito y en los privados, cuando menos antidemocrático y posiblemente delito sobre todo en las televisiones que son concesiones de carácter social.

 

Toda esta serie de trámites y otros, han generado una muy amplia serie de delitos desde las instituciones y, sus dirigentes o políticos, los cuales también estoy denunciando sin ser atendido en ningún caso y que seguiré denunciando públicamente.

 

Además de la claridad y responsabilidad de la fuente, de la noticia o denuncia, está todo demostrado y documentado.

Espero les quede bien claro aunque hay algunas cosillas más, considero es más que suficiente, para demostrar que (la Patente “Ley” Propiedad Industrial es una estafa además de ilegal y no vale para nada).

Documentación que demuestra lo denunciado en el provisional sitio web:

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/ley-p-industria

 

SEGUNDA DENUNCIA:

 

Denuncias públicas de AMDINVENTOR.

 

BARROSO:

 

Denuncia pública contra el Presidente de la Comisión Europea Sr. Barroso por los delitos de Dejación de Funciones y Abuso de Poder:

Como enunciaba en la anterior denuncia y a la primera institución que me dirigí, por las características de la asociación al estar más próximo y, tener un ámbito amplio o más internacional representando a varios países, fue al Sr. Barroso como Presidente de la Comisión Europea.

 

En mis primeros escritos solicitaba la posibilidad de poder reunirme con todos los presidentes, de todos los países europeos para que conociesen la asociación, exponer nuestras denuncias, exigencias y lo que se pretende llevar a cabo desde la misma, siendo su primera respuesta que toma nota, a la vez que una redirección a un subordinado, con quien me pongo en contacto por correo electrónico. Recibo otro escrito de Elena Cohan en archivo adjunto de los Servicios de Mercado Interno en el cual me comunican o intentan informarme de las normativas que rigen los inventos. Pensando que no me han entendido pues yo en ningún momento

solicito información, vuelvo a enviar otros escritos con una serie de argumentos y explicaciones, más abundantes y amplios, recibiendo un tercer y último escrito en el que me respondían que todo eso son opiniones mías (cuando son HECHOS más que demostrados y demostrables), que las patentes son propiedades industriales y no privadas consideradas en todo el mundo como derechos de monopolio con un plazo limitado (las propiedades privadas pueden ser de cualquier naturaleza: inmobiliaria o urbanística, rústica, industrial, accionarial, etc., etc. y por supuesto todas las propiedades privadas tienen el derecho de monopolio para siempre, con total protección policial, institucional, etc.) y volviendo a informar de la legislación existente al respecto terminando con, copio:

Como usted menciona en su petición, ha intercambiado varias comunicaciones con los diversos servicios de la Comisión sobre las mismas cuestiones. Noto de que sus comunicaciones tienden a ser repetitivas y que ha sido informado previamente de que la

Comisión se reserva el derecho a interrumpir el intercambio de correspondencia sobre la base del Código de Buena Conducta Administrativa para el Personal de la Comisión Europea en sus relaciones con el Público ([2000] BO L 267).

Por lo tanto, considero este diálogo como cerrado.

 

Es más que público y notorio, pues se siguen vulnerando los Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos, que mis comunicaciones o escritos no son repetitivos, sino insistentes al no ser atendidos y en referencia al Código de Buena Conducta Administrativa para el Personal de la Comisión Europea en sus relaciones con el Público ([2000] BO L 267), como le volví a escribir sin recibir más respuestas, supongo que consta y prima la obligación, de atender Y RESOLVER los problemas con los ciudadanos, y sobre todo, lo que todas las autoridades llevan implícito en su cargo, que es la obligación de cumplir y hacer cumplir la ley; muchísimo más si se trata de vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos, que se entienden tienen lugar desde las mismas instituciones y en estos mismos países.

 

Como comprobarán en todas las instituciones constantemente hacen referencia a una serie de leyes que les declara incompetentes o les exime de responsabilidades, aún cuando está más que claro, que deben prevalecer, las leyes que les obligan a intervenir y que ellos mismos te dirigen de unos a otros. En cualquier caso supongo que el significado de la VENTANILLA ÚNICA de la administración, es que cualquier trámite independientemente de por donde entre llegue a su destino, de hecho constantemente te dirigen a los mismos formularios. Si saben tantas leyes, supongo que dentro de sus obligaciones, es también saber a que departamento corresponde cada cosa, si no corresponde al suyo, que lo pasen a donde proceda o corresponda, aunque como se irá viendo me he dirigido a todos de varias formas y para ninguno, es su competencia o responsabilidad.

 

Motivo por el que pongo esta denuncia pública contra el Presidente de la Comisión Europea Sr. Barroso por los delitos de Dejación de Funciones, Abuso de Poder y todos aquellos que correspondan, incumpliendo además su obligación, de cumplir y hacer cumplir la ley.

Documentación que demuestra lo denunciado en el provisional sitio web:

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/contactos-barroso

 

TERCERA DENUNCIA:

Denuncias públicas de AMDINVENTOR.

 

PARLAMENTO EUROPEO:

 

Denuncia pública contra la ONU, el Parlamento Europeo y Parlamento Español a los cuales me he dirigido tanto por los formularios, como por correo electrónico.

 

En el caso del Parlamento Europeo a través del sitio web de la Unión Europea recibiendo dos respuestas. En la primera eludiendo o comunicándome que no les corresponde a la sección del formulario atender estas propuestas (si cualquiera intenta contactar con el Europarlamento, Eurocámara, etc., a través del sitio web solamente tiene esa opción, siempre te envían al mismo formulario), informando o dirigiendo a varios sitios web para contactar con cada uno de los países, e indicándome contacte directamente con los diputados para sensibilizarles (que mejor forma de dirigirme a todos los países y diputados, que a través del Parlamento Europeo).

En el segundo escrito me comunican que las instituciones europeas han adoptado un buen número de medidas para proteger la propiedad intelectual e industrial, indicándome un enlace a la legislación y me vuelven a sugerir contacte directamente con los eurodiputados. Lo he intentado de muchas formas sin conseguirlo; los eurodiputados ni responden, ni atienden.

El otro modo de dirigirme al Parlamento Europeo ha sido a través del Derecho de Petición recibiendo una primera respuesta en referencia a algo que no tenía nada que ver con la petición y una segunda que la Comisión de Petición no se encuentra en disposición de ahondar el fondo de mi petición, que toman nota de mis observaciones y lo pasan a la Comisión parlamentaria competente de Industria, Investigación y Energía para que las tengan en cuenta en el desarrollo de sus actividades. No he recibido ninguna noticia de la comisión parlamentaria competente, ni respuesta al tercer derecho de petición en el que entre otras cosas les constato que no son observaciones mías, que son hechos demostrados y demostrables.

 

También a través de los presidentes semestrales de varios países recibiendo solamente tres respuestas de España que denuncio aparte, de Suecia que lo tendrían en cuenta y de Dinamarca que lo pasaban a su ministerio de justicia o algo así, pero está claro que ninguna solución.

 

En esta misma denuncia incluyo el intento de contacto con la ONU como organismo donde se incluye la WIPO encargada de la gestión de Patentes y la “Ley de la Propiedad Industrial” sin conseguirlo.

 

También incluyo en esta denuncia al Parlamento Español, al estar incluido en la misma página web los derechos de petición en España, en cuya única respuesta desde la Oficina Española de Patentes y Marcas sin que fuese dirigida a ellos, argumentan que la propiedad industrial, es una propiedad inmaterial y que la patente, es un favor que la sociedad le hace al inventor otorgándole un derecho de monopolio exclusivo y excluyente durante un tiempo. Todas las propiedades privadas sean del tipo que sean tienen un propietario, como su propio nombre indica y como tal, ese derecho de monopolio exclusivo y excluyente para siempre, sino serían propiedades públicas.

 

Motivo por el que pongo esta denuncia pública contra la ONU, el Parlamento Europeo y Parlamento Español por la vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos, además de por los delitos de Dejación de Funciones, Abuso de Poder y todos aquellos que correspondan, incumpliendo además su obligación, de cumplir y hacer cumplir la ley.

 

Documentación que demuestra lo denunciado en el provisional sitio web:

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/parlamento-europeo

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/derecho-peticion

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/denuncia-onu

 

CUARTA DENUNCIA:

Denuncias públicas de AMDINVENTOR.

 

CONSEJO DE EUROPA:

 

Denuncia pública contra Herman Van Rompuy, Presidente del Consejo Europeo, el cual después de varios escritos enviados obtengo tres respuestas.

 

En la primera intentan no se si informarme o convencerme, de la importancia que según ellos tiene la protección de la propiedad industrial para la Unión Europea y lo que esta, está haciendo mejorando el sistema de patentes y su jurisprudencia, así como la participación activa en cualquier foro internacional para establecer un alto nivel de armonización internacional.

 

En la segunda que no pueden añadir nada más a lo anterior y que es la Comisión Europea, la institución que presenta propuestas con respecto a la acción legislativa de la Unión Europea en el ámbito de la propiedad intelectual.

 

En la tercera eximiéndose de responsabilidades, que ellos solamente están para informar de los trabajos del Consejo y que solamente el Consejo compuesto por los 27 Estados miembros pueden adoptar posiciones oficiales.

Concluyen aclarando que las respuestas han sido elaboradas por expertos en la materia que trabajan en la Secretaría General del Consejo de la Unión Europea.

 

En conclusión y lo que está manifiestamente demostrado, es que no he sido atendido. Teniendo en cuenta además o con el agravante que esta institución, es la que gestiona o de la que depende el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

 

Motivo por el que pongo esta denuncia pública contra Herman Van Rompuy, Presidente del Consejo Europeo por los delitos de Dejación de Funciones, Abuso de Poder y todos aquellos que correspondan, incumpliendo además su obligación, de cumplir y hacer cumplir la ley.

 

Documentación que demuestra lo denunciado en el provisional sitio web:

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/presidente-consejo-europe

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/consejo-europa

 

QUINTA DENUNCIA:

Denuncias públicas de AMDINVENTOR.

 

DENUNCIA COMISIÓN JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS-MERCADO INTERIOR DE LA UNIÓN EUROPEA:

 

Denuncia pública contra la Comisión Justicia Derechos Humanos-Mercado Interior. Puede que sea la misma institución a la que he dirigido dos denuncias por la vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos, recibiendo dos respuestas en las que argumentan con carácter o intención de informar, o quizás de eximirse de responsabilidades como todo lo que he recibido, diciendo en la respuesta primera que la propiedad intelectual no es un bien material y que el conocimiento debe ser compartido para beneficiar a la humanidad (como su nombre indica es una propiedad y como tal, sea material o inmaterial tiene un propietario, la humanidad ya se beneficia por el hecho de haberla inventado y la humanidad se lo paga, robándole el invento o propiedad privada al inventor), que para incentivar a la gente se le debe dar un monopolio de explotación por un tiempo limitado y que tiene la opción, o no tiene la obligación de compartirlo con nadie ¡vaya forma de incentivar!, y que el sistema de patentes lo vienen haciendo así durante más de cien años, con el consentimiento o acuerdo internacional (que se haya estado haciendo mal hasta ahora lo único que indica, es la prioridad que tiene para corregirlo). En la segunda respuesta que la entienden o atienden como una denuncia contra España, argumentan que no cabe considerar que la aplicación de la ley de la propiedad intelectual a las invenciones constituya una vulneración de los derechos fundamentales a la propiedad y que en la Unión Europea son reconocidos como un derecho de propiedad (cosa que es mentira pues es una licencia de explotación como ellos mismos demuestran y pagándolo caro). Hace referencia a un determinado artículo como siempre en el cual a su vez contempla que el uso de los bienes, podrán regularse por ley en la medida que resulte necesario para el interés general (si todas las propiedades privadas, se hacen propiedades públicas, son todas de interés general igual que en los regímenes comunistas, pero solamente se le aplica a los inventos) y que el Tribunal de Justicia Europeo ha sostenido reiteradamente, que el derecho de propiedad, no constituye un derecho (esto contradice lo que se establece en la Carta Universal de Derechos Humanos y otras muchas normativas, además de los hechos, es propio de los regímenes comunistas y solamente se le aplica a los inventos).

 

Como ya demostraba en la primera denuncia y vengo demostrando constantemente, no es cierto nada de lo que dicen y, sí se están vulnerando los Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos. Lo que argumentan no se corresponde con los hechos, ni con la realidad, ni con países fundamentados en el derecho a la propiedad privada en los que nos encontramos.

Incluyo como documentación la página del Derecho de Petición, incluida también en la anterior denuncia contra el Parlamento Europeo y Español, y que hago también válida como respuesta de esta, en la que, en una de las respuestas argumentan más o menos lo mismo.

 

Decir que el inventor tiene la opción, o no tiene la obligación de compartirlo con nadie, es lo más retorcido, inmoral, inconsciente, ilegal, delictivo, etc., por definirlo de buenas formas, que se puede decir y mucho menos de donde viene. El inventor tiene el deber u obligación, moral y social, de decir o publicar su invento, el único que tiene la potestad de dejarlo de dominio público sin condiciones, la sociedad de respetar esa propiedad privada y después el que quiera, que lo compre y el que no quiera, que no lo compre, nadie les obliga.

 

Motivo por el que pongo esta denuncia pública contra los políticos y directivos a quienes corresponda por los delitos de Falsedad Documental, Dejación de Funciones, Abuso de Poder y todos aquellos que correspondan, incumpliendo además su obligación, de cumplir y hacer cumplir la ley.

 

Documentación que demuestra lo denunciado en el provisional sitio web:

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/denuncia-ante-comision-justicia-derechos-humanos-mercado-interior

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/derecho-peticion

 

SESTA DENUNCIA:

Denuncias públicas de AMDINVENTOR.

 

PRESIDENTE DEL TRIBUNAL GENERAL EUROPEO:

 

Denuncia pública contra las instituciones Tribunal de Justicia Europeo, Tribunal General Europeo y su presidente.

 

Al no ser atendido desde el ámbito político decido denunciarlos por y junto con la denuncia, de la vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos a través del ámbito judicial, por lo que me dirijo al Tribunal de Justicia Europeo recibiendo un primer escrito en el que me señalan, que esa dirección de correo electrónico no es para información, sino para la presentación de escritos procesales, etc. En mi escrito en ningún momento solicito información e incluyo la palabra denuncia por lo cual no hay, ningún género de dudas y como se demuestra, en mi primer contacto con dicha institución o es mentira, o contradictorio a la información recibida. En ningún momento admiten a trámite la denuncia, señalan y especifican, sus o no competencias, y la obligatoriedad de ser representado por un abogado.

 

A mis sucesivos escritos recibo otras dos respuestas en la que me indican la utilización o solicitud de la justicia gratuita, la cual efectúo por correo electrónico sin ser atendida indicándome la obligatoriedad de hacerlo con un determinado formulario, el cual incluyo como archivo adjunto en un correo electrónico junto con la denuncia y documentación obligatoria para gestiones con las instituciones, y siguen sin admitirla a trámite, ninguna de las dos cosas y formas.

 

En la tercera me vuelve a informar de sus competencias (yo diría torpes excusas y evitar responsabilidades como se demuestra en todas sus contradicciones, y sobre todo en los hechos), entre la que hacen referencia, a la que el Tribunal de Justicia garantiza el respeto del derecho en la interpretación y aplicación de los Tratados, pero no a las disposiciones de Derecho interno de los Estados miembros. Aunque eso en si mismo es una contradicción, lo que está, más que claro, es que la vulneración de los Derechos Fundamentales y Humanos constan en todos los Tratados por tanto es su competencia según ellos mismos y por lógica natural sin que lo digan. Al mismo tiempo me indican que solamente puedo hacerlo ante el Tribunal General de la Unión Europea. Mirando esos escritos preparando esta denuncia he observado que ya me están contestando desde dicho Tribunal. Al mismo tiempo hacen constantemente referencia a litigios, Derecho privado, Estados miembros, órganos jurisdiccionales, etc., cuando está más que claro, que estoy denunciado a las instituciones y órganos jurisdiccionales, de la Unión Europea y de sus Estados miembros a través de la mismas, y, en cualquier caso una denuncia por vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos, se puede presentar y afecta, a todas y cada una de las autoridades las cuales llevan implícitas en su cargo cumplir y hacer cumplir la ley, incluidas o principalmente las judiciales.

 

No obstante me dirijo al Tribunal General Europeo volviendo a recibir una y otra vez información confundiéndose incluso de escritos, cuando yo estoy presentando denuncias incluyendo formularios y la documentación pertinente las cuales en ningún

momento admiten a trámite. Como último recurso vuelvo a presentar la denuncia y la solicitud de justicia gratuita, en papel y por correo ordinario certificado en la que me responden que el asunto ha sido atribuido al Presidente del Tribunal General, del cual recibo un “AUTO” en el cual haciendo referencia a toda la legislación de la Unión Europea, considera que dicho tribunal no es competente para controlar las resoluciones de los órganos jurisdiccionales nacionales y/o de sus autoridades, y que solo es competente de los actos de las instituciones, órganos u organismos de la Unión.

Pueden ver mi último escrito dirigido al sinvergüenza, inepto, incompetente, impresentable, etc., Presidente del Tribunal General Europeo, en la segunda de las siguientes páginas web y en toda la documentación de ambas páginas, donde en todos los escritos consta la denuncia contra las instituciones europeas y en la presentada en papel por correo ordinario certificado pone EUROPA. Yo no conozco ningún país que se llame EUROPA.

 

Como se demuestra en todas las denuncias públicas hechas hasta ahora, las instituciones europeas, son a las únicas instituciones que me he dirigido precisamente por el hecho de representar a todas las naciones europeas, exceptuando España por ser donde está establecida y consta como sede central de la asociación, creo incluso sin hacer referencia a España en las denuncias presentadas a todas las instituciones europeas, ni siquiera por ese hecho pues lo considero irrelevante.

 

Motivo por el que pongo esta denuncia pública contra el Presidente del Tribunal General Europeo por los delitos de Falsedad Documental, Prevaricación, Dejación de Funciones, Abuso de Poder, Dolo y todos aquellos que correspondan, incumpliendo además su obligación, de cumplir y hacer cumplir la ley.

 

Documentación que demuestra lo denunciado en el provisional sitio web:

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/tribunal-justicia-europeo

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/tribunal-gral-europeo

 

SÉPTIMA DENUNCIA:

Denuncias públicas de AMDINVENTOR.

 

ZAPATERO:

 

Denuncia pública contra el Presidente D. José Luis Rodríguez Zapatero al cual me dirigí tanto como Presidente de España varias veces, como de la Unión Europea recibiendo dos escritos. En el primero diciendo que no me podía recibir y en el segundo durante la presidencia europea me reenviaba al ministerio de industria de España, al cual también me dirigí varias veces respecto de otras cosas de donde recibí algunas respuestas entre informativas y negativas, pero nada en referencia a la denuncia de vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos, ni a que el Sr. Zapatero les hubiese indicado o hecho alguna referencia al respecto.

 

Debido a todo ello y acabado su mandato sin haber atendido, solucionado o iniciado nada a dar solución, a la denuncia por la vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos, interpuse una denuncia en, ante y contra el Presidente D. José Luis Rodríguez Zapatero y varios de sus ministros, por los mismos u otros, trámites o motivos, encontrándose toda la documentación en sus propias bases de datos, en mi poder y mucha de ella en el provisional sito web de la asociación, aunque en algunos casos quiero hacer denuncias públicas en otros apartados por los delitos de Dejación de Funciones, Abuso de Poder y todos aquellos que correspondan, incumpliendo además su obligación, de cumplir y hacer cumplir la ley.

 

Documentación que demuestra lo denunciado en el provisional sitio web:

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/p-j-r-zapatero

 

OCTAVA DENUNCIA:

Denuncias públicas de AMDINVENTOR.

 

DENUNCIA MINISTERIO JUSTICIA ESPAÑA:

 

Denuncias públicas contra los dos últimos ministros de justicia de España, a los que al igual que hice en la Unión Europea, me dirigí al no ser atendido en otras instituciones y porque considero son unas instituciones adecuadas, para denunciar la vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos. Me respondieron tarde y mal como en todos los casos dando una información que en ningún momento he solicitado, pero sin atender la denuncia.

 

En este mismo sitio se puede comprobar que he presentado la misma denuncia ante el Tribunal constitucional, Consejo General del Poder Judicial, Fiscal General de España, de Castilla la Mancha, de Ciudad Real, juzgados de Alcázar de San Juan, y Tribunal Superior de Justicia Castilla la Mancha. En todos los casos que responden se pasan la responsabilidad unos a otros, para ninguno es su competencia y/o simplemente archivan la denuncia.

 

En el caso de los juzgados de Alcázar de San Juan dicen que no hay delito, archivando la denuncia y exigiendo un abogado para su recurso; en el sitio web están mis respuestas como en los demás casos.

 

En el Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha al que llega la denuncia como las puestas contra los juzgados de Alcázar de San Juan, sin tener en cuenta la denuncia inicial por la vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos que es, la que motiva las denuncias contra los juzgados, jueces y fiscales, concluyen diciendo que hay un defecto de forma insubsanable haciendo en todos los casos referencia a una serie de “leyes”, en las que determinan tres opciones para intervenir. Primero: providencia del Tribunal competente. Segundo: querella del Ministerio Fiscal del perjudicado u ofendido.

Tercero mediante el ejercicio de ACCIÓN POPULAR advirtiendo que ninguna de ellas se ha ejercido, sino que se ha presentado una simple denuncia resultando palmaria la imposibilidad de incoar causa penal alguna.

 

Como consta en su propio “AUTO”, la ACCIÓN POPULAR se ejerce con las denuncias. El único “defecto de forma” es la no intervención del Tribunal competente y del Ministerio Fiscal.

 

Como se ha demostrado tanto en la Unión Europea como en España las denuncias no se admiten a trámite, se archivan directamente sin resolver, pasando el denunciante a denunciado directamente por los mismos jueces con “AUTOS” falsos exigiéndoles un abogado para defenderse sin que haya una causa, ni acusación, en lugar de intervenir e ir contra la parte denunciada.

 

En cualquier caso no dejan de ser unos delincuentes pues una denuncia siempre debe ser admitida a trámite y resuelta, en favor de una parte o la otra, pero nunca archivarla. Siempre que la denuncia sea contra alguien por algo, si ese algo es falso, el denunciante comete un doble delito al intentar imputar a otro algo que es falso y con el agravante de utilizar la justicia para esa imputación, pero en ningún caso archivar y dejar sin resolver.

 

Motivos por los que pongo esta denuncia pública contra los Ministros de Justicia de España Caamaño y Gallardón, Poder Judicial, Tribunal Constitucional, jueces, fiscales y demás que corresponda según documentación expuesta en el sitio web, por los delitos de Falsedad Documental, Prevaricación, Dejación de Funciones, Abuso de Poder, Dolo y todos aquellos que correspondan, incumpliendo además su obligación, de cumplir y hacer cumplir la ley.

 

Documentación que demuestra lo denunciado en el provisional sitio web:

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/minist-justicia-espana

 

NOVENA DENUNCIA:

Denuncias públicas de AMDINVENTOR.

 

DENUNCIA DEFENSORES DEL PUEBLO EUROPEO Y ESPAÑA:

 

Denuncia pública contra los Defensores del Pueblo Europeo y España a los cuales me he dirigido al no ser atendido por las instituciones como queda demostrado en las anteriores denuncias, ni a la denuncia por la vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos.

 

En el caso del “Defensor del Pueblo Europeo” argumenta que no es su competencia o cometido, indicándome la legislación que lo contiene, esa misma legislación que indica, demuestra que sí es su competencia o cometido (mucho más la legislación que no indica) y, que él no ve o admite, que suceda, lo que estoy denunciando. Niega lo documentado, la evidencia, los hechos y estos sí son de dominio público.

 

En el caso del “Defensor de España” además de ir dando largas sin intervenir y mezclándolo con otras reclamaciones, en la respuesta más relativa a la denuncia por la vulneración de los Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos presentada, me informan que esta institución no puede intervenir cuando se le plantea el desacuerdo con el sistema legal vigente y que en ese sentido dentro de las opciones que la Constitución admite, el legislador puede optar por la que considere más adecuada.

A lo que les respondo, copio: Vuelven ustedes a tergiversar los hechos con el único objetivo de eludir responsabilidades. Yo estoy denunciando la vulneración de los Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos. Al mismo tiempo les indico donde está el problema y la fácil solución que tiene (el que yo este de acuerdo o no, no tiene ninguna importancia), lo que tiene importancia son los hechos. Los poderes públicos la principal obligación (no opción) que tienen es cumplir y hacer cumplir la ley, y sobre todo, vigilar y evitar, se vulneren los Derechos Fundamentales y Humanos de los ciudadanos; en ningún caso y mucho menos, hacer o utilizar leyes que encima los vulneren. Esa institución como cualquier otra estatal o gubernamental, en un estado democrático y de derecho, sí está obligada a intervenir ante cualquier vulneración de los Derechos Fundamentales y Humanos, y mucho más si encima se está denunciando.

 

Si los “Defensores de Pueblo” no están para reclamar una vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos, ¿para que están?.

 

Incluyo en esta denuncia a la AGENCIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA - FRA. En sus respuestas dicen que no es su cometido. ¿Para que están entonces?

 

También incluyo al Ministerio de Igualdad de España al ser una institución con funciones similares, por no atender las denuncias presentadas y no intervenir.

 

Motivo por el que pongo esta denuncia pública contra los Defensores del Pueblo Europeo y España, contra los directivos del FRA que corresponda y Ministra de Igualdad de España por los delitos de Dejación de Funciones, Abuso de Poder y todos aquellos que correspondan, incumpliendo además su obligación, de cumplir y hacer cumplir la ley.

 

Documentación que demuestra lo denunciado en el provisional sitio web:

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/defensor-pueblo-europeo

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/defensor-espana

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/fra

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/igualdad

 

DÉCIMA DENUNCIA:

Denuncias públicas de AMDINVENTOR.

 

DENUNCIA MARIANO RAJOY:

 

Denuncia pública contra el actual presidente de gobierno de España D. Mariano Rajoy y componentes de su gobierno al frente de los ministerios denunciados anteriormente, e incluyendo a Ma. Dolores de Cospedal, al cual, al igual que al presidente Zapatero me he dirigido denunciado la vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos, así como informándole y haciéndole responsable, de la tramitación y ejecución, de todas las denuncias presentadas contra el anterior presidente y componentes de su gobierno denunciados, como se ha demostrado en la documentación contenida en las páginas web de denuncias anteriores y próximas, en definitiva, sin ser atendido.

 

Motivo por el que pongo esta denuncia pública contra D. Mariano Rajoy, ministros y directivos a quienes corresponda por los delitos de Dejación de Funciones, Abuso de Poder y todos aquellos que correspondan, incumpliendo además su obligación, de

cumplir y hacer cumplir la ley.

 

Cabría esperar que todos estos delincuentes denunciados, en todas las denuncias estuviesen o fuesen a la cárcel, pero como es sabido y está más que demostrado, todos los políticos y ámbitos de poder tienen total impunidad, están por encima de la “ley”, son la “ley” y esto nunca cambia. Supongo les premiarán y subirán la paga por su defensa de la “DEMOCRACIA”, por las actuaciones que han motivado todas estas denuncias; como es habitual.

 

Documentación que demuestra lo denunciado en el provisional sitio web:

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/presidente-m-rajoy

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/vicepresidenta-soraya

 

UNDÉCIMA DENUNCIA:

Denuncias públicas de AMDINVENTOR.

 

DENUNCIAS PÚBLICAS SUBVENCIONES:

 

Como vengo denunciando y se muestra en el sitio web, considero todas las subvenciones inconstitucionales pues vulneran cualquier principio de igualdad. Aunque por sus fundamentos y objetivos pudieran justificarse, el problema real es que por sus procesos, procedimientos y adjudicaciones, son delictivas, además de vulnerar varios Derechos Fundamentales de los ciudadanos, tanto en España, como en Europa.

 

Aunque las normativas que se utilizan en sus fundamentos, considerandos, objetivos, etc., están más o menos correctamente elaboradas, normalmente siempre acaban poniendo algún artículo, programas de trabajo, “requisitos”, etc., que en realidad son simples impedimentos ilegales, con los cuales ya eliminan de entrada al 99,99% de los ciudadanos vulnerando sus derechos y que esta asociación cumple en exceso. Por ejemplo en Ciencia e Innovación como consta en las normativas, dentro de lo que consideran ayudar al desarrollo de las mismas, tienen el apoyar organizaciones internacionales, las actuaciones en cooperación y la internacionalización de todo lo conseguido, nada mejor que la Asociación Mundial Derechos Inventos, quizás sea la única que reúna todos los requisitos y en exceso, la cual además protege el derecho a la propiedad privada y con las herramientas imprescindibles, para desarrollarlo de forma organizada y sobre todo legalmente, de hecho casi todo esto al menos en lo referente a innovación o relacionado con los inventos debería tramitarse a través de esta asociación. Llevo presentadas muchísimas solicitudes o propuestas, y no me las admiten, ni a trámite a pesar de reclamarlas y denunciarlas todas.

 

Enumero algunos de estos “requisitos y procedimientos” los cuales tienen ciertas variantes en función del área o tema, que provengan o los pudieran justificar, y en muchos casos son simples coberturas de impunidad.

 

En primer lugar se admite todo lo proveniente de instituciones gubernamentales, políticos y ámbitos de poder aunque sea ilógico, innecesario, inútil, inviable, ilegal, etc.; no les exigen nada. Dentro de este apartado están las denominadas Empresas Públicas y Público Privadas, propio de regímenes comunistas y cuyo único objetivo, es tener acceso directo, libre y preferencial, al dinero público y a las subvenciones sin ningún tipo de trabas (lo de públicas no se corresponde con su funcionamiento), con el agravante de ser improductivas, inoperantes, etc.,. En una democracia cualquier entidad o asociación que por lógica natural está compuesta por personas, por su propia composición naturalmente son públicas y tienen, los mismos derechos y obligaciones, sean de índole política, sindical, inventiva o de cualquier otro tipo, o naturaleza.

 

En segundo lugar la investigación, a cualquier cosa llaman ciencia, científico, innovación, investigación o proyecto. Normalmente o la mayoría sin fundamentos lógicos, ni siquiera teóricos, con propuestas compuestas de generalidades sin una idea concreta o si alguno, tiene alguna la copian los demás para solicitar las subvenciones, todo un cúmulo de despropósitos, contradicciones, irracionalidades pero costosísimos. Los resultados normalmente consisten en publicaciones con supuestos, teorías, generalidades iguales a las propuesta, en el mejor de los casos en los que se descubre algo, totalmente impreciso, a futuro normalmente lejano y mientras tanto siempre hay alguien que lo desmiente, contradice, modifica, etc.. En caso de llegar a algo en concreto suele ser inviable, siempre se necesitan inventos tanto par investigar, como para desarrollar lo investigado ¡los inventos dicen que no es investigación!, se descubre que se puede hacer o de hecho se está desarrollando por procesos naturales, y, si al final se consigue algo que realmente merezca la pena o tenga alguna utilidad, salen otros diciendo que perjudica la naturaleza y las personas.

Todo esto se demuestra como se ve muy puntualmente en televisión y las múltiples publicaciones existentes, además se puede comprobar en el sitio web de la Unión Europea que gestionan o tramitan todo esto (una vez en esas páginas miren la forma tan disparatada e ilegal de gestionar todo eso), y supongo que en todos los países como en España.

Ejemplos de la inutilidad y absurdos:

El Acelerador de Partículas.

Casi todo lo relacionado con "teorías" absurdas indemostrables como el "Big Bank" y el "Cambio Climático" que es inevitable como demuestran los grandiosos cambios ocurridos desde siempre y lo único que podemos hacer, es un comportamiento cívico y quienes en realidad pueden aportar algo al respecto son los inventores, modificando los inventos existentes o inventando otros nuevos que los sustituyan.

Bioeconomy

http://ec.europa.eu/research/bioeconomy/press/newsletter/2012/02/sustainable_economy/index_en.htm#en

http://ec.europa.eu/research/bioeconomy/press/newsletter/2012/02/future_farming/index_en.htm#en

http://ec.europa.eu/research/bioeconomy/agriculture/projects/oscar_en.htm

 

Unos de sus fundamentos o argumentos innovadores son el cambio de cultivo, algo que con el cese del mismo en años alternos vienen haciendo desde siempre al menos en mi zona. No tienen en cuenta dentro de lo que llaman investigaciones la diferencia y problemática, climatológica o de temperatura, el proceso industrial y comercial necesario para ello, siendo estos sectores los encargados de desarrollarlos cuando se considera necesario o viable. De alguna manera todo esto ya se está subvencionado muy cuantiosamente a través de agricultura y otros sectores, dinero que se habría de sumar.

 

En tercer lugar y por si quedaba algo que acabase de vulnerar derechos, eliminando e impidiendo el acceso de los ciudadanos a las subvenciones, exigen que se tenga un determinado nivel económico para poder acceder a las mismas. Normalmente todas las solicitudes son muy por encima del presupuesto real, en los casos que se puede presupuestar con datos concretos y, en el caso de políticos o las instituciones gubernamentales a quienes no se les exige nada, de nada, ni así (esto supone unos incalculables fraudes e ilegalidades añadidas). Este problema económico no lo tiene esta asociación, ni los inventores o no lo tendrían, si no les robasen desde las mismas “instituciones” su propiedad privada, sus inventos.

 

Por otro lado están las ayudas al desarrollo. Esta asociación tampoco reúne los “requisitos”. No considero necesario tener que hacer este comentario pero visto, lo visto ¿cómo van ha ayudar al desarrollo sin los inventos?. Demostrarían ser más listos que nadie, si no fuese porque los hechos o resultados demuestran todo lo contrario. Por no hablar de todo lo que hay, dentro o detrás de todo eso.

 

Hago mención a las cuantiosísimas subvenciones destinadas a la enseñanza, así como a la experiencia otro de los “requisitos” que nadie tiene y mucho menos demuestran. Desde esta asociación solamente en ese ámbito se van a enseñar muchísimas más cosas reales y prácticas, que en muchas universidades y centros educacionales en general. Solamente sus fundamentos, normativas, planteamientos, etc., ya lo demuestran antes de comenzar sus actividades. Incluyo las cuantiosísimas destinadas a ayudar a que las personas encuentren trabajo, llevadas a cabo por personas que dependen y siempre han dependido del dinero público, están en el paro lo cual indican que no son capaces de encontrar trabajo para ellos mismos y que ahora han iniciado también con la ley de emprendedores supongo con las mismas disciplinas.

 

Además de todo lo anterior muchas de ellas ya van dirigidas de tal forma que prácticamente llevan nombre y apellidos. Luego está el poder político, económico y otros que intervienen, haciendo esos procesos o procedimientos aún más delictivos.

 

En definitiva un montón de dinero público que para colmo muy rara vez llega, donde tiene que llegar y de la manera que llega. Otro perjuicio añadido para el conjunto de la sociedad pues tantísimo dinero público no cumple los objetivos para los que están programados o destinados, que es para generar beneficios e impuestos que mantengan el sistema, y en beneficio del progreso por el que indudablemente se beneficia todo el mundo, al que más han contribuido y contribuyen los inventores, y, lo que es más importante de forma productiva y real; no teórica.

 

En el caso de esta asociación hago estas denuncias públicas por vulneración de Derechos Fundamentales de todo tipo de igualdades como la de Igualdad ante la ley, de Trato, de Oportunidades, Agravio Comparativo, etc., contra todos los comisarios, ministros, directivos, etc., a los que sean de aplicar de la Unión Europea y España, por los delitos de Falsedad Documental, Dejación de Funciones, Abuso de Poder y todos aquellos que correspondan, incumpliendo además su obligación, de cumplir y hacer cumplir la ley.

 

Toda la documentación que demuestra y prueba todo lo denunciado, está en sus bases de datos, de la asociación, y alguna puede verse en el provisional sitio web de la asociación, siguientes:

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/7pm

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/micinn

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/mityc

 

DUODÉCIMA DENUNCIA:

Denuncias públicas de AMDINVENTOR.

 

DENUNCIA CONTRA EL REY DE ESPAÑA:

 

Después de dirigirme al Rey denunciando la vulneración de los Derechos Fundamentales y Humanos a la propiedad privada de los inventos, y todo lo acontecido injustamente contra esta asociación sin recibir respuesta, dado que además al tratarse de vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos afecta directamente a su cargo, extiendo o hago extensiva esta denuncia contra su persona.

 

Denuncia presentada ante y contra el Rey de España, en el enlace siguiente:

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/denuncia-ante-rey-espana

 

DÉCIMOTERCERA DENUNCIA

Denuncias públicas de AMDINVENTOR.

 

MEDIOS DE COMUNICACIÓN:

 

Denuncia pública contra los medios de comunicación principalmente públicos y también privados, a los que me he dirigido en varias ocasiones desde hace más de dos años sin haber publicado las denuncias dejando de cumplir con su obligación, cometiendo el delito al menos de Dejación de Funciones.

 

Motivo por el que pongo esta denuncia pública contra Radio Televisión Española, Agencia Efe, Autonómicas y, todos los medios de comunicación públicos y/o servicio público que me he dirigido, por los delitos de Dejación de Funciones, Abuso de Poder y todos aquellos que, a quienes correspondan y sean de aplicar.

 

Al resto de medios sobre su obligación y funciones, espero los juzgue y condene la sociedad.

 

Algunos ejemplos:

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/vicepresidenta-soraya 

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/denuncia-rtve 

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/denuncia-agencias-noticias 

https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/denuncias-publicas 

 

COPIO EL CONTENIDO DE LAS ÚLTIMAS DENUNCIAS QUE ESTOY PONIENDO SIN SER DIBIDAMENTE ATENDIDO EN MÁS DE 5.000 JUZGADOS, FISCALÍAS, ETC., DE TODA ESPAÑA (MÁS ADELANTE PONDRÉ LAS MUY POCOS ILEGALES "AUTOS" RECIBIDOS; AQUÍ PONGO TAMBIÉN MIS DENUNCIAS A DICOS ILEGALES "AUTOS" RECIBIDOS) Y, PARTE DE LAS LEYES Y ENLACES DONDE SE CONTIENEN:


Vuelvo a DENUNCIAR LOS DELITOS DE VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y HUMANOS A LA PROPIEDAD PRIVADA DE LOS INVENTOS POR LAS PATENTES, QUE ADEMÁS SON UNA ESTAFA.

 

Tal y como consta en LA CARTA O DECLARACIÓN UNIVESAL DE DERECHOS HUMANOS

https://www.ohchr.org/en/ohchr_homepage 

https://www.ohchr.org/sites/default/files/UDHR/Documents/UDHR_Translations/spn.pdf 

Artículo 17

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

https://www.un.org/es/documents/udhr/UDHR_booklet_SP_web.pdf 

Artículo

NACIONES

UNIDAS

| Declaración Universal de Derechos Humanos |

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.


https://tratadoseuropeos.eu/Documentos/Carta_Internacional_de_Derechos_Humanos.pdf 

 

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA

https://www.boe.es/doue/2010/083/Z00389-00403.pdf 

https://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf 

 

Artículo 17

Derecho a la propiedad

1. Toda persona tiene derecho a disfrutar de la propiedad de sus bienes adquiridos legalmente, a usarlos, a disponer de ellos y a legarlos. Nadie puede ser privado de su propiedad más que por causa de utilidad pública, en los casos y condiciones previstos en la ley y a cambio, en un tiempo razonable, de una justa indemnización por su pérdida. El uso de los bienes podrá regularse por ley en la medida que resulte necesario para el interés general.

2. Se protege la propiedad intelectual.


CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

https://www.boe.es/buscar/pdf/1978/BOE-A-1978-31229-consolidado.pdf 

Artículo 33.

1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.

2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.

3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.


Documentación que demuestra lo denunciado en el provisional sitio web: https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg/ley-p-industria     https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg   Algunas explicaciones al respecto

Donde además se contienen otras muchas denuncias sin ser atendidas al igual que esta, lo cual también son muchísimos más delitos.

Todo ello junto a las ESTAFAS DE LAS PATENTES (con las patentes solo es suficiente) También incluye la vulneración - privación del Derecho a la Igualdad, a la Justicia, a Ser Oídos, Abuso Contra las Minorías, etc., de los inventores.

 

https://www.boe.es/buscar/pdf/2007/BOE-A-2007-12352-consolidado.pdf   

https://www.boe.es/buscar/pdf/2021/BOE-A-2021-5032-consolidado.pdf 

TÍTULO PRIMERO

Derechos de los ciudadanos a relacionarse con las administraciones públicas por medios electrónicos.

Artículo 6. Derechos de los ciudadanos.

a) A elegir, entre aquellos que en cada momento se encuentren disponibles, el canal a través del cual relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

b) A no aportar los datos y documentos que obren en poder de las Administraciones Públicas, las cuales utilizarán medios electrónicos para recabar dicha información siempre que, en el caso de datos de carácter personal, se cuente con el consentimiento de los interesados en los términos establecidos por la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, o una norma con rango de Ley así lo determine, salvo que existan restricciones conforme a la normativa de aplicación a los datos y documentos recabados. El citado consentimiento podrá emitirse y recabarse por medios electrónicos.

 

Ninguna ley de Rango inferior, puede contravenir las leyes de Rango superior.

Lo presento de esta forma porque al parecer los "Jueces" no conocen estas leyes, lo que demuestra no están facultados para tal fin.


Utilizo esta denuncia con el contenido de más abajo, como ejemplo de las algunas (muy pocas) respuestas recibidas, a las muchas mas de 5.000 denuncias presentadas por mí ante todos los juzgados, fiscalias, etc., de toda España con el contenido de la denuncia inicial siguiente:


Vuelvo a presentar la denuncia añadiendo el contenido del reenvío de este correo al anterior que se muestra más abajo, porque definitivamente no conocen la ley, lo cual como deberían saber no les exime de su cumplimiento (aunque añadiría que les da igual las 2 cosas, como se saben impunes).

 

HECHOS DELICTIVOS DENUNCIADOS:

https://www.boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-8328-consolidado.pdf   Hay más cosas de las que puntualizo aquí.

TÍTULO VI  

 

Efectos de la patente y de la solicitud de la patente

 

Artículo 58. Duración y cómputo de los efectos.  

 

La patente tiene una duración de veinte años improrrogables, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y produce sus efectos desde el día en que se publica la mención de que ha sido concedida.

 

Artículo 63. Derechos derivados de la utilización anterior.  

 

1. El titular de una patente no tiene derecho a impedir que quienes de buena fe y con anterioridad a la fecha de prioridad de la patente hubiesen venido explotando en España lo que resulte constituir el objeto de la misma, o hubiesen hecho preparativos serios y efectivos para explotar dicho objeto, prosigan o inicien su explotación en la misma forma en que la venían realizando hasta entonces o para la que habían hecho los preparativos y en la medida adecuada para atender a las necesidades razonables de su empresa. Los derechos de explotación solo son transmisibles juntamente con las empresas que los vengan ejerciendo.  

 

2. Los derechos conferidos por la patente no se extienden a los actos relativos a un producto amparado por ella después de que ese producto haya sido puesto en el comercio por la persona que disfruta del derecho de explotación establecido en el apartado anterior.

 

TÍTULO IX  

 

Obligación de explotar y licencias obligatorias  

 

CAPÍTULO I  

 

Obligación de explotar la invención y requisitos para la concesión de licencias obligatorias Artículo 90. Obligación de explotar.  

 

1. El titular de la patente está obligado a explotar la invención patentada bien por sí o por persona autorizada por él mediante su ejecución en España o en el territorio de un Estado miembro de la Organización Mundial del Comercio, de forma que dicha explotación resulte suficiente para abastecer la demanda en el mercado español.  

 

2. La explotación deberá realizarse dentro del plazo de cuatro años desde la fecha de presentación de la solicitud de patente, o de tres años desde la fecha en que se publique su concesión en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial», aplicándose automáticamente el plazo que expire más tarde.

 

Artículo 161. Anualidades.  

 

1. Para toda patente europea que tenga efectos en España se deberán abonar a la Oficina Española de Patentes y Marcas las anualidades previstas en la legislación vigente en materia de patentes nacionales. 2. Las anualidades serán exigibles en la OEPM a partir del año de la vida de la patente siguiente a aquel en el que la mención de la concesión de la patente europea haya sido publicada en el «Boletín Europeo de Patentes». 3. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 141.2 del CPE, el pago de las anualidades deberá efectuarse aplicando el régimen de devengo, plazo, cuantía, forma y las demás condiciones previstas en la legislación vigente para las patentes nacionales.

 

Artículo 184. Anualidades y tasa de mantenimiento.  

 

1. Para mantener en vigor una patente o un modelo de utilidad o un certificado complementario de protección, el solicitante o el titular del mismo deberá abonar las anualidades, o en el caso de los certificados complementarios la tasa de mantenimiento, que figuran en el anexo mencionado en el artículo 182.1.  

 

2. Las anualidades deberán pagarse por años adelantados, durante toda la vigencia de la patente o del modelo de utilidad. La fecha de devengo de cada anualidad será el último día del mes del aniversario de la fecha de presentación de la solicitud.

 

 https://www.wipo.int/patents/es/faq_patents.html   Dentro del enlace se ven más cosas.

 

¿Cuánto dura la protección que confiere una patente?

 

La protección por patente se concede por un período limitado, que suele ser de 20 años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

 

¿La patente tiene validez en todo el mundo?

 

Las patentes son derechos territoriales. Por lo general, los derechos exclusivos correspondientes solo tienen validez en el país o la región en los que se ha presentado la solicitud y se ha concedido la patente, de conformidad con la normativa de ese país o región.


UNA DE MIS DENUNCIAS CONTRA LO ILEGALES "AUTOS" RECIBIDOS:

Denuncia - Recurso de Reforma contra el Juzgado de Instrucción Nº 2 de CUENCA por su Resolución (que adjunto): NIG: 16078 41 2 2023 0000277. Procedimiento: Diligencias Previas 000088/2023. En la que Resuelve como: Delito sin Especificar, Copio: no resulta debidamente justificada la perpetración del delito, haciendo Referencia a la aplicación de los Artículos: 757-641.1, y 779-1-1, y que de forma clara ya se contienen incluso en el asunto del correo y contenido de la Denuncia: Los Hechos Denunciados: LAS PATENTES SON UNA ESTAFA Y VULNERAN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y HUMANOS A LA PROPIEDAD PRIVADA DE LOS INVENTOS. Como demostrados por el contenido de las mismas leyes utilizadas como HECHOS DELICTIVOS DENUNCIADOS Y DE APLICACIÓN.


Con esta IELGAL Y DELICTIVA RESOLUCIÓN se niegan los Hechos Delictivos y las mismas Leyes que los contienen. No puede haber mayor Felonía, Corrupción Judicial, Cohecho, Prevaricación Judicial, etc.


Ese es el ILEGAL Y DELICTIVO "PROCEDIMIENTO": Archivan, Desestiman, Inadmiten, etc., obligando a Recursos y Similares con lo que consiguen: Eliminar de un "plumazo" del contesto el Hecho o Hechos denunciados pasando a Pleitear contra ustedes Exigiendo Obligatoriamente: firmado por Abogado y Procurador, lo que VULNEARA EL DERECHO UNIVERSAL A LA PROPIA DEFENSA. Pasando a todo tipo de Costas las cuales dependiendo de Intereses no Casos, se Repiten X de Veces: el ILEGAL Y DELICTIVO "PROCEDIMIENTO": Archivan, Desestiman, Inadmiten, etc., obligando a Recursos y Similares que a su vez se alargan indefinidamente en el Tiempo y de DINERO.


Si se presenta una DENUNCIA CON HECHOS DELICTIVOS SUFICIENTEMENTE DEMOSTRADOS, DEBEN INTERVENIR DE OFICIO y si hay alguien afectado ya se encargará de DEMOSTRAR LO CONTRARIO, SI PUEDE.


LOS AUTORES CÓMPLICES Y ENCUBRIDORES: todos los que están en el poder como ustedes (con la principal función, deber y obligación, de CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA LEY) y permiten, la VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y HUMANOS A LA PROPIEDAD PRIVADA DE LOS INVENTOS POR LAS PATENTES, QUE ADEMÁS SON UNA ESTAFA.


No es necesario ni Diligencias, ni investigar, ni ser inteligentes, ni nada, de nada; solamente hay que Aplicar la Ley.


Ese es el ILEGAL Y DELICTIVO "PROCEDIMIENTO" en lugar de CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA LEY como es su Deber y Obligación, cosa que no hacen casi nunca.


Menudo NEGOCIO-TRAMA ILEGAL Y DELICTIVA tenéis montada.


SOIS TODOS DELINCUENTES INPUNES EN EL PODER. 



EN LA PARTE DE ABAJO DEL SIGUIENTE ENLACE SE ENCUENTRAS ARCHIVOS QUE CONTIENEN:

DENUNCIA CONTRA DELINCUENCIA POLICIAL SIN SER ATENDIDAS:


EJEMPLO DE "TRÁMITE" DE LAS DENUNCIAS PRESENTADAS EN TODOS LOS JUZGADOS DE ESPAÑA CON NOTIFICACIÓN A SUECIA COMO PRESIDENCIA EUROPEA:

https://1drv.ms/b/s!AmvUdyo-1Llug0NJa6uWzfnHf8wC?e=zAe5k2  

https://drive.google.com/file/d/1gEiQYAyeCdnfK1PetJOElwba946TCkPt/view?usp=sharing   


VÍDEOS EN EL CONGRESO DIPUTADOS:

https://drive.google.com/drive/folders/1xYeVz6tWg6l3pbHkE5mJ_R_oWebahQL2?usp=sharing 


DENUNCIA CONTRA DELINCUENCIA POLICIAL DOCUMENTACION Y LEYES.pd - Incluye imágenes.

https://1drv.ms/b/s!AmvUdyo-1LlugW-o0-kFQI3_X9GR?e=MabMgu   


MUCHOS DOCUMENTOS DE DENUNCIAS CONTRA LA POLICIA Y EL AYUNTAMIENTO DE MADRID:

https://1drv.ms/u/s!AmvUdyo-1LlugVclU6XMvEt_kYKQ?e=pqAhkR     


FOTOS:

https://1drv.ms/u/s!AmvUdyo-1LlugVj7CAdCpETyzhFw?e=zgsbcr 


https://www.youtube.com/@amdinventororg/videos    

PROPIA VOZ: https://1drv.ms/v/c/6eb9d43e2a77d46b/Ef53RUMoyzBOse-vXmeyAyMBInpDHTvf6myTEHy-uUACvw?e=HxOFBq 

https://sites.google.com/view/yoeldictador   

https://sites.google.com/site/wwwueredorg/  



AMDINVENTOR

Asociación Mundial Derechos Inventor

No R. N. A. 592677 CIF G­13497284

SANCHO, 7

13619 ARENALES DE SAN GREGORIO

CIUDAD REAL

Tlf. 34 926 584144

ESPAÑA

Sitio Web: https://sites.google.com/site/wwwamdinventororg  


DNUNCIA JUZGADO Nº 6 FUENLAB-GUADALAJARA Nº3 ENVIADA A SUECIA.pdf