CONTIENE RESPUESTAS - DENUNCIA Mar 25-02-2020 9.46.pdf https://drive.google.com/file/d/14nNoNA6OdKmnLqRa5es2nYtWebYShjdL/view
SU Y MI RE-22-05-2013.pd https://drive.google.com/file/d/1hHZXMU86n6iFpiRNl57RJXEwMAzS9KdA/view
ADJUNTOS RECIBIDOS.
fact sheet en.pdfhttps://drive.google.com/file/d/1RBk-6Li9Lmw_C0_6ANWuoAAAm_4WLOSw/view
Annex - Spain.doc https://drive.google.com/file/d/1Cd0HB-cWue3Ai144EBseW_I7WsVt9lWr/view
MI RESPUESTA AL CORREO ANTERIOR.
RE: Simple telephone procedure- Complaint 2033/2010/(PL)AN
12:41
Responder ▼
AMDINVENTOR AMDINVENTOR
Para paul.cozzi@fra.europa.eu, eo@ombudsman.europa.eu, massimo.toschi@fra.europa.eu
De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: miércoles, 27 de octubre de 2010 12:41:43
Para: paul.cozzi@fra.europa.eu; eo@ombudsman.europa.eu; massimo.toschi@fra.europa.eu
En respuesta a su mensaje en el que me comunica, que la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) no puede atender reclamaciones de asociaciones, no lo entiendo, es un absurdo, ni lo acepto como ciudadano europeo, pues lo otro que usted dice, que es la misión de ustedes, ya hay en todas las Instituciones y resto de la Unión Europea una pléyade de juristas, abogados y ciudadanos en general para eso. En todo caso que mejor forma de llevar a cabo, lo que usted dice es su misión, que a través de las reclamaciones de los ciudadanos o las entidades jurídicas constituidas por estos. En todo caso como puede entender, lo puedo hacer como ciudadano particular, por lo que, está más que claro, que es un absurdo su respuesta o el (FRA), o las dos cosas.
En lo referente a los ámbitos temáticos que usted relaciona, para eso no hace falta ninguna Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA), eso lo sabe cualquiera.
No obstante y en lo referente a los ámbitos temáticos:
g) la participación de los ciudadanos de la Unión, en el funcionamiento democrático de la Unión;
i) el acceso a una justicia eficaz e independiente.
En el primer caso g): La Asociación Mundial Derechos Inventor es una participación ciudadana de la Unión y estamos denunciando el mal funcionamiento democrático de la Unión, en la cual se están vulnerando los Derechos Fundamentales, incumpliendo las normativas comunitarias e internacionales, en el derecho a la propiedad privada y el derecho a la igualdad de trato. Por lo que, está más que claro, que, lo que usted alega, de que no puede atender reclamaciones de asociaciones, no es cierto.
En el segundo caso i): Ahora estoy en disposición de denunciar nuestra situación ante esta institución o lo que sea, por las denuncias presentadas ante el Tribunal de Justicia Europeo y el Tribunal General Europeo, las cuales no están siendo atendidas.
http://amdinventor.club.officelive.com/tribunalgraleuropeo.aspx
http://amdinventor.club.officelive.com/tribunaljustidiaeuropeo.aspx
No se que serán ustedes, pero según se explica, no los considero necesarios, ni entiendo, ningún tipo de funcionalidad de la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA).
AMDINVENTOR
Asociación Mundial Derechos Inventor
Nº R. N. A. 592677 CIF G-13497284
SANCHO, 7
13619 ARENALES DE SAN GREGORIO
CIUDAD REAL
Tlf. 926 584144
ESPAÑA
Sitio Web: http://amdinventor.club.officelive.com
RESPUESTA RECIBIDA A LOS ESCRITOS ANTERIORES.
FW: Simple telephone procedure- Complaint 2033/2010/(PL)AN
9:32
Responder
COZZI Paul (FRA)
Paul.Cozzi@fra.europa.eu
Para 'amdinventor@hotmail.com', 'EO@ombudsman.europa.eu', TOSCHI Massimo (FRA)
De: COZZI Paul (FRA) (Paul.Cozzi@fra.europa.eu)
Enviado: miércoles, 27 de octubre de 2010 9:32:13
Para: 'amdinventor@hotmail.com' (amdinventor@hotmail.com)
CC: 'EO@ombudsman.europa.eu' (EO@ombudsman.europa.eu); TOSCHI Massimo (FRA) (Massimo.Toschi@fra.europa.eu)
Mostrar siempre contenido de Paul.Cozzi@fra.europa.eu
Hotmail Vista activa
2 datos adjuntos (total 310,5 KB)
Ver presentación (1)
|Descargar todo como zip
A la atencion del Sr. Ignacio Violero López
Estimado Sr. Violero López
Me dirijo a Ud. en contestación a su denuncia del 27 de diciembre de 2009 dirijida al Sr. Toschi.
Lamento comunicarle que la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) no puede atender reclamaciones de asociaciones. Segun el REGLAMENTO (CE) No 168/2007 DEL CONSEJO de 15 de febrero de 2007 por el que se crea la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el objetivo de la Agencia es proporcionar a las instituciones, órganos, organismos y agencias competentes de la Comunidad y a sus Estados miembros cuando apliquen el Derecho comunitario, ayuda y asesoramiento en materia de derechos fundamentales con el fin de ayudarles a respetarlos plenamente cuando adopten medidas o establezcan líneas de actuación en sus esferas de competencia respectivas.
Ademas, segun la DECISIÓN DEL CONSEJO de 28 de febrero de 2008 para la aplicación del Reglamento (CE) no 168/2007 por lo que se refiere a la adopción de un marco plurianual para la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea para el período 2007-2012, los ámbitos temáticos en que la FRA está obligado a trabajar no incluyen la propiedad industrial e intelectual.
Dichos ámbitos temáticos son los siguientes:
a) el racismo, la xenofobia y la intolerancia asociada a los
mismos;
b) la discriminación por motivos de sexo, origen racial o étnico,
religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación
sexual, y contra las personas pertenecientes a minorías, así
como por cualquier combinación de estos motivos (discriminación
múltiple);
c) la indemnización a las víctimas;
d) los derechos del niño, incluida su protección;
e) el asilo, la inmigración y la integración de los migrantes;
f) los visados y los controles fronterizos;
g) la participación de los ciudadanos de la Unión en el funcionamiento
democrático de la Unión;
h) la sociedad de la información y, en particular, el respeto de
la intimidad y la protección de los datos personales, y
i) el acceso a una justicia eficaz e independiente.
Estoy a su disposición si quisiera cualquier aclaración sobre lo expuesto en este correo electrónico.
Un saludo muy cordial,
Paul Cozzi
Head of Human Resources and Planning
European Union Agency for Fundamental Rights (FRA)
A-1040 Vienna, Schwarzenbergplatz 11
Tel: +43-1-580 30-846
Fax:+43-1-580 30-691
CUARTO ESCRITO A LA AGENCIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA.
Asociación Mundial Derechos Inventor
De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: domingo, 27 de diciembre de 2009 11:34:44
Para: massimo.toschi@fra.europa.eu
Sr. Massimo Toschi: Me dirijo a usted por indicación de La Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA), la que consta como instancia de las instituciones europeas para tal fin y ante la que presentamos la denuncia siguiente.
Soy Ignacio Violero López, Presidente y Secretario General de la Asociación Mundial Derechos Inventor.
Me dirijo a la Agencia Europea de Derechos Fundamentales, después de haber iniciado una serie de contactos con distintas instituciones a distintos niveles y observar que no me están atendiendo como se puede ver en el sitio Web de la asociación, para presentar una denuncia contra las instituciones europeas o que actúen en este ámbito geográfico, respecto de la aplicación, de las mal llamadas legislaciones nacionales e internacionales actuales que regulan la Propiedad Industrial e Intelectual, y que son una flagrante vulneración de los Derechos Fundamentales a la Propiedad Privada para quienes se les aplican.
Esta denuncia está fundamentada entre otras cosas, en el Derecho a la Propiedad que rige en la comunidad europea y que no es aplicada en la Propiedad Industrial ni Intelectual, y que forman parte de los Objetivos de esta asociación que la fundamentan.
Estos objetivos están fundamentados en tres puntos básicos, los cuales son vulnerados por las mal llamadas legislaciones actuales y que son los siguientes:
1º. UNA PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL DEBE SER INTEMPORAL (PARA SIEMPRE).
Las mal llamadas legislaciones actuales sobre la Propiedad Industrial e Intelectual, establecen unas fechas de caducidad (o expropiación sin pagar nada por tanto, roban) a dichas propiedades, cosa que no sucede con ningún otro tipo de propiedades sean de la naturaleza que sean y se hayan conseguido como se hayan conseguido, por tanto dichas legislaciones están vulnerando los Derechos Fundamentales de la Propiedad Privada para quienes se les aplican.
2º. UNA PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL DEBE SER PARA TODOS LOS PAISES A LA VEZ.
Las mal llamadas legislaciones actuales sobre la Propiedad Industrial, establecen que la Propiedad Industrial debe registrarse en cada país, cosa que no sucede con ningún otro tipo de propiedades sean de la naturaleza que sean y se hayan conseguido como se hayan conseguido, por tanto dichas legislaciones están vulnerando los Derechos Fundamentales de la Propiedad Privada para quienes se les aplican (cada país es libre de autorizar o no autorizar si puede a sus ciudadanos, de utilizar los inventos o no utilizarlos, nadie les obliga).
3º. UNA PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL DEBE PAGAR UN
REGISTRO UNIVERSAL SOLAMENTE.
Las mal llamadas legislaciones actuales sobre la Propiedad Industrial, establecen que la Propiedad Industrial debe pagar todos los años un canon llamado PATENTE, para proteger unos derechos que al ser propietarios ya tienen los inventores y que con las mal llamadas legislaciones actuales, son imposibles de proteger, de ninguna forma. Cosa que no sucede con ningún otro tipo de propiedades sean de la naturaleza que sean y se hayan conseguido como se hayan conseguido, por tanto dichas legislaciones están vulnerando los Derechos Fundamentales de la Propiedad Privada para quienes se les aplican.
Además y en la mayor parte de los casos por dichas y mal llamadas legislaciones y otros aspectos sociales, y legales, se crean un entorno propicio para cometer todo tipo de atropellos, copias y robos de Propiedades Industriales, que junto con la ya difícil, problemática y costosa tarea de la inventiva, genera un enorme número de desgracias personales y familiares, que son padecidas en silencio entre otras cosas, porque un inventor que tiene un invento debidamente registrado, no puede ni decir que tiene un invento, que no puede mantener, que le roban las mismas instituciones (o expropiación sin pagar nada por tanto, roban) y que como no consigue dinero con el y es por lo que se valora a las personas sin importarles como lo hayan conseguido, se ríe el resto de la sociedad de el, con el jocoso, peyorativo y despectivo apelativo de, el inventor.
Si además tenemos en cuenta que la sociedad es tal y como es actualmente gracias a la labor inventiva de muchos de sus componentes, de tal modo que hasta se dice que el inventor o los inventos son patrimonio de la humanidad, las mal llamadas legislaciones que le aplica significa, que la sociedad no solamente, no valora y protege su patrimonio, sino que encima lo posterga y humilla.
Expongo estos pocos hechos como argumentos (se pueden poner y ver más en el sitio Web), porque supongo que quizás en principio quien reciba o tenga que tramitar, o juzgar este expediente, no tuviese la información o conocimiento de esta situación suficientes, y aún así son tan obvios, que no son o no deberían ser ni necesario exponerlos.
Por lo que espero una muy rápida solución a esta deshonrosa, ignominiosa y flagrante vulneración de los Derechos Fundamentales, de los inventores.
Para mas información en el sitio Web de abajo.
AMDINVENTOR
Asociación Mundial Derechos Inventor
Nº R. N. A. 592677 CIF G-13497284
SANCHO, 7
13619 ARENALES DE SAN GREGORIO
CIUDAD REAL
Tlf. 926 584144
ESPAÑA
Sitio Web: http://amdinventor.club.officelive.com
MI RESPUESTA A LA RESPUESTA AL TERCER ESCRITO A LA AGENCIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA.
RE: Asociación Mundial Derechos Inventor
De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: viernes, 11 de diciembre de 2009 16:54:40
Para: info@fra.europa.eu
Gracias por su pronta respuesta.
No se si, es que no me ha entendido usted o es que no le entiendo yo, porque está más que claro, que no es una denuncia individual, es una denuncia cursada desde la Asociación Mundial Derechos Inventor, con lo cual corresponde a la situación de los Derechos Fundamentales de todos y cada uno, de los los distintos países miembros de la UE.
Por tanto tengo que decirle que no entiendo exactamente su respuesta, ni en que consiste la labor de La Agencia de los Derechos Fundamentales de la Union Unión Europea (FRA), y le agradecería me aclarase ambas cuestiones de una forma concisa y sobretodo concreta, para ponerla en el sitio web de la asociación:
http://amdinventor.club.officelive.com/fra.aspx
AMDINVENTOR
Asociación Mundial Derechos Inventor
Nº R. N. A. 592677 CIF G-13497284
SANCHO, 7
13619 ARENALES DE SAN GREGORIO
CIUDAD REAL
Tlf. 926 584144
ESPAÑA
Sitio Web: http://amdinventor.club.officelive.com
RESPUESTA AL TERCER ESCRITO A LA AGENCIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA.
RE: Asociación Mundial Derechos Inventor
De:
Enviado:
Para:
EU Agency for Fundamental Rights (FRA) (INFO@fra.europa.eu)
viernes, 11 de diciembre de 2009 11:58:13
AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
2 archivos adjuntos | Descargar todos los archivos adjuntos (859,0 KB)
fact shee...pdf (796,0 KB), Annex - S...doc (63,0 KB)
Estimado Sr. Ignacio Violero López,
Muchas gracias por su correo electrónico del 10 Diciembre 2009. La Agencia de los Derrechos Fundamentales de la Union Unión Europea (FRA) lleva a cabo una serie de diversas actividades en el campo de los derechos humanos. En la hoja informativa adjunta encontrará una visión general sobre la labor de la Agencia. Desafortunadamente lamentamos tener que informarle que el análisis de denuncias individuales no entra dentro del mandato de la Agencia. Asimiso, FRA tampoco cuenta con el poder de examinar la situación de los derechos fundamentales en los distintos países miembros de la UE.
Reconociendo la necesidad de asegurar el respeto y la protección de los derechos fundamentales de todos/as ciudadanos/as, a continuación le facilitamos información sobre los mecanismos y organismos que pueden estar en situación de ofrecerle ayuda para la denuncia de su caso particular.
Valoramos las contribuciones a nuestro trajabo hecho por las organisaciones no gobernamentales trabajando sobre los derechos humanos. Nuestras relaciones con estas organisaciones suelen ocurrir a traves del 'Fundamental Rights Platform' donde podemos mantener un dialogo con ONGs sobre las actividades presentes y futuros del FRA. Si a usted le interesa, puede informarse en: http://fra.europa.eu/fraWebsite/civil_society/civil_society_en.htm <http://fra.europa.eu/fraWebsite/civil_society/civil_society_en.htm> o escribir a Sr. Massimo Toschi Massimo.Toschi@fra.europa.eu <mailto:Massimo.Toschi@fra.europa.eu> .
Un cordial saludo,
FRA Info.
Visit the FRA website at: http://fra.europa.eu
Disclaimer: This e-mail serves only information purposes. This e-mail and its annexes does not bind FRA in any legal or contractual sense. FRA may only be bound in a legal or contractual sense by a duly authorized and signed declaration in writing (on paper). The views expressed are purely those of the writer and may not be regarded as stating an official position of FRA.
http://fra.europa.eu/fraWebsite/home/home_en.htm
TERCER ESCRITO A LA AGENCIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA.
Asociación Mundial Derechos Inventor
De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: jueves, 10 de diciembre de 2009 18:46:51
Para: information@fra.europa.eu; mailbox@scadplus.ec.europa.eu
A/A: Director Morten Kjaerum o quien corresponda.
Soy Ignacio Violero López, Presidente y Secretario General de la Asociación Mundial Derechos Inventor.
Me dirijo a la Agencia Europea de Derechos Fundamentales, después de haber iniciado una serie de contactos con distintas instituciones a distintos niveles y observar que no me están atendiendo como se puede ver en el sitio Web de la asociación, para presentar una denuncia contra las instituciones europeas o que actúen en este ámbito geográfico, respecto de la aplicación, de las mal llamadas legislaciones nacionales e internacionales actuales que regulan la Propiedad Industrial e Intelectual, y que son una flagrante vulneración de los Derechos Fundamentales a la Propiedad Privada para quienes se les aplican.
Esta denuncia está fundamentada entre otras cosas, en el Derecho a la Propiedad que rige en la comunidad europea y que no es aplicada en la Propiedad Industrial ni Intelectual, y que forman parte de los Objetivos de esta asociación que la fundamentan.
Estos objetivos están fundamentados en tres puntos básicos, los cuales son vulnerados por las mal llamadas legislaciones actuales y que son los siguientes:
1º. UNA PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL DEBE SER INTEMPORAL (PARA SIEMPRE).
Las mal llamadas legislaciones actuales sobre la Propiedad Industrial e Intelectual, establecen unas fechas de caducidad (o expropiación sin pagar nada por tanto, roban) a dichas propiedades, cosa que no sucede con ningún otro tipo de propiedades sean de la naturaleza que sean y se hayan conseguido como se hayan conseguido, por tanto dichas legislaciones están vulnerando los Derechos Fundamentales de la Propiedad Privada para quienes se les aplican.
2º. UNA PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL DEBE SER PARA TODOS LOS PAISES A LA VEZ.
Las mal llamadas legislaciones actuales sobre la Propiedad Industrial, establecen que la Propiedad Industrial debe registrarse en cada país, cosa que no sucede con ningún otro tipo de propiedades sean de la naturaleza que sean y se hayan conseguido como se hayan conseguido, por tanto dichas legislaciones están vulnerando los Derechos Fundamentales de la Propiedad Privada para quienes se les aplican (cada país es libre de autorizar o no autorizar si puede a sus ciudadanos, de utilizar los inventos o no utilizarlos, nadie les obliga).
3º. UNA PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL DEBE PAGAR UN REGISTRO UNIVERSAL SOLAMENTE.
Las mal llamadas legislaciones actuales sobre la Propiedad Industrial, establecen que la Propiedad Industrial debe pagar todos los años un canon llamado PATENTE, para proteger unos derechos que al ser propietarios ya tienen los inventores y que con las mal llamadas legislaciones actuales, son imposibles de proteger, de ninguna forma. Cosa que no sucede con ningún otro tipo de propiedades sean de la naturaleza que sean y se hayan conseguido como se hayan conseguido, por tanto dichas legislaciones están vulnerando los Derechos Fundamentales de la Propiedad Privada para quienes se les aplican.
Además y en la mayor parte de los casos por dichas y mal llamadas legislaciones y otros aspectos sociales, y legales, se crean un entorno propicio para cometer todo tipo de atropellos, copias y robos de Propiedades Industriales, que junto con la ya difícil, problemática y costosa tarea de la inventiva, genera un enorme número de desgracias personales y familiares, que son padecidas en silencio entre otras cosas, porque un inventor que tiene un invento debidamente registrado, no puede ni decir que tiene un invento, que no puede mantener, que le roban las mismas instituciones (o expropiación sin pagar nada por tanto, roban) y que como no consigue dinero con el y es por lo que se valora a las personas sin importarles como lo hayan conseguido, se ríe el resto de la sociedad de el, con el jocoso, peyorativo y despectivo apelativo de, el inventor.
Si además tenemos en cuenta que la sociedad es tal y como es actualmente gracias a la labor inventiva de muchos de sus componentes, de tal modo que hasta se dice que el inventor o los inventos son patrimonio de la humanidad, las mal llamadas legislaciones que le aplica significa, que la sociedad no solamente, no valora y protege su patrimonio, sino que encima lo posterga y humilla.
Expongo estos pocos hechos como argumentos (se pueden poner y ver más en el sitio Web), porque supongo que quizás en principio quien reciba o tenga que tramitar, o juzgar este expediente, no tuviese la información o conocimiento de esta situación suficientes, y aún así son tan obvios, que no son o no deberían ser ni necesario exponerlos.
Por lo que espero una muy rápida solución a esta deshonrosa, ignominiosa y flagrante vulneración de los Derechos Fundamentales, de los inventores.
Para mas información en el sitio Web de abajo.
AMDINVENTOR
Asociación Mundial Derechos Inventor
Nº R. N. A. 592677 CIF G-13497284
SANCHO, 7
13619 ARENALES DE SAN GREGORIO
CIUDAD REAL
Tlf. 926 584144
ESPAÑA
Sitio Web: http://amdinventor.club.officelive.com
SEGUNDO ESCRITO A LA AGENCIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA.
Asociación Mundial Derechos Inventor
De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: viernes, 16 de octubre de 2009 9:21:34
Para: mailbox@scadplus.ec.europa.eu
Vuelvo a dirigirme otra vez a la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, después de haberlo hecho anteriormente a través del correo electrónico iviolero@hotmail.com sin recibir ningún tipo de respuesta hasta la fecha, ni siquiera la recepción del mensaje. No se si es que allí no hay nadie o no hacen nada y solamente están para cobrar un sueldo como en la mayoría de los sitios. http://amdinventor.club.officelive.com/scadPlus.aspx
Al no recibir ningún tipo de respuesta, vuelvo a dirigirme a ustedes otra vez variando en algo el contenido del escrito, por si tuviesen alguna duda y pudiese aclarárselas, con el contenido siguiente:
LAS INSTITUCIONES NOS ESTÁN ROBANDO LOS INVENTOS A LOS INVENTORES.
Se exige desde esta Asociación, la modificación de las mal llamadas legislaciones Nacionales e Internacionales actuales, referente a la regulación del sistema o proceso de registro de inventos y desarrollo de los mismos, las cuales vulneran los Derechos Fundamentales de los inventores, algo que incomprensiblemente existente en las mal llamadas legislaciones actuales de todos los países, las cuales debieran ser en forma y manera igual, o similar a lo contenido dentro de la asociación para dicho procedimiento.
Aunque lo expuesto en el sitio Web para regular dicha actividad es todavía un tanto genérico, si marca una línea lo suficientemente concreta y amplia como para servir y entender, el proceso o desarrollo de dicho procedimiento y sobre todo esta PETICIÓN, y que de alguna manera todo está contenido, o resumido en sus:
OBJETIVOS
1. LOS INVENTOS SON UNIVERSALES E INTEMPORALES, PERO CON TITULARIDAD DEL INVENTOR/A/ES/AS Y PROPIEDAD DE ESTOS/AS, O DE QUIENES ESTOS/AS DETERMINEN POR CIRCUNSTANCIAS DIVERSAS.
Según las legislaciones actuales pasan a dominio público, cosa que no sucede con las propiedades de nadie, por tanto se vulneran los Derechos Fundamentales de los inventores.
2. LOS INVENTOS, NO DEBEN PAGAR NADA YA QUE SON UNA APORTACIÓN A LA SOCIEDAD, ADEMÁS DE POR OTRAS RAZONES. COMO MÁXIMO UN REGISTRO, QUE SERÁ UNIVERSAL Y DE LIBRE ACCESO, PARA ORGANIZAR PRIORIDADES Y EVITAR PLAGIOS O COPIAS.
Actualmente se pagan unas anualidades para mantener unos derechos que no existen y que ya son del inventor sin tener necesidad de pagar. Nadie paga nada más que una cuota de registro por sus propiedades y con ello consigue todos los derechos sobre las mismas, por tanto se vulneran los Derechos Fundamentales de los inventores.
3. LOS INVENTOS, DEBEN BENEFICIAR A SUS AUTORES O PROPIETARIOS, EN LA MEDIDA QUE LA SOCIEDAD SE BENEFICIE DE ELLOS, BIEN POR EXPLOTACIÓN DIRECTA O BIEN EN LA MANERA QUE ACUERDE CON LOS FABRICANTES O GESTORES DE LOS MISMOS, DEPENDIENDO DE SU NATURALEZA Y APLICACIÓN.
Con las legislaciones actuales, de los inventos se beneficia todo el mundo, menos los inventores salvo en muy raras excepciones y poco. Esto es ilógico, irracional, ilegal, ignominioso, Etc., y por tanto está más que claro, que se están vulnerando los Derechos Fundamentales de los inventores.
Supongo que les quedan suficientemente claras y justificadas, mis reclamaciones, en las cuales sí tengo un particular y especial interés, así como todos los inventores que realmente tengan un invento propio y a las cuales, espero den una muy rápida respuesta y pronta solución.
AMDINVENTOR
Asociación Mundial Derechos Inventor
CALLE: SANCHO, 7
13619 ARENALES DE SAN GREGORIO
CIUDAD REAL
ESPAÑA
Tlf. 00 34 926 584144
Registro Nacional Asociaciones Nº. 592677
C.I.F. Nº. G-13497284
Correo Electrónico: amdinventor@hotmail.com
Sitio Web: http://amdinventor.club.officelive.com
PIMER ESCRITO A LA AGENCIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA.
E-Mail enviado a SCADPlus, a la dirección de contacto, de DERECHOS FUNDAMENTALES EN LA UNIÓN EUROPEA
http://europa.eu/scadplus/leg/es/s20000.htm
reclamando los derechos fundamentales de los inventores para conseguir nuestros objetivos.
Asociación Mundial Derechos Inventor
De: IGNACIO VIOLERO LOPEZ (iviolero@hotmail.com)
Enviado: sábado, 25 de abril de 2009 9:01:26
Para:
Soy el promotor y asignado para gestionar, promulgar y tomar todas las medidas, y acciones necesarias, para conseguir los objetivos y dar los servicios acordes con las necesidades de la Asociación Mundial Derechos Inventor. Nuestra reclamación o denuncia consiste en la legislación aplicada para los inventos, no se corresponde para nada con la realidad de todo tipo que nos regula al conjunto de la sociedad. Por ello nos dirigimos al SCADPlus, reclamando nuestros Derechos Fundamentales y como una vía más para llegarnos a todas las Instituciones Europeas incluidos los estados miembros, que se restablezca esta injusticia con la rectificación de las leyes de una forma igual o similar a la que rigen esta asociación y que se pueden ver en la exposición siguiente.
OBJETIVOS
1. LOS INVENTOS SON UNIVERSALES E INTEMPORALES, PERO CON TITULARIDAD DEL INVENTOR/A/ES/AS Y PROPIEDAD DE ESTOS/AS, O DE QUIENES ESTOS/AS DETERMINEN POR CIRCUNSTANCIAS DIVERSAS.
2. LOS INVENTOS, NO DEBEN PAGAR NADA YA QUE SON UNA APORTACIÓN A LA SOCIEDAD, ADEMÁS DE POR OTRAS RAZONES. COMO MÁXIMO UN REGISTRO, QUE SERÁ UNIVERSAL Y DE LIBRE ACCESO, PARA ORGANIZAR PRIORIDADES Y EVITAR PLAGIOS O COPIAS.
3. LOS INVENTOS, DEBEN BENEFICIAR A SUS AUTORES O PROPIETARIOS, EN LA MEDIDA QUE LA SOCIEDAD SE BENEFICIE DE ELLOS, BIEN POR EXPLOTACIÓN DIRECTA O BIEN EN LA MANERA QUE ACUERDE CON LOS FABRICANTES O GESTORES DE LOS MISMOS, DEPENDIENDO DE SU NATURALEZA Y APLICACIÓN.
Según científicos, historiadores etc., por relatos, documentos y todo tipo de vestigios, todo era de todos o nada era de nadie hasta que, bien por instinto animal de los cuales se dice marcan y defienden su territorio, bien por que se había llegado primero, bien porque se había llegado después y se les había arrebatado o ganado, o de la forma que fuese a los primeros (en la mayor parte de los casos ha sido posible por los inventos de algunas o muchas de las personas), otras por robos, estafas, asesinatos, etc, algo que sigue pasando actualmente de forma impune y lo que es peor amparados en la ley, o bien por distintos motivos o razones, pues todo tiene un porque, las personas fueron delimitando sus propiedades primero y fronteras después, constituyendo unas serie de reglamentos y registros por los cuales estas propiedades tienen un dueño. Al igual que con los territorios, después se ha ido aplicando a todo lo material, espiritual y ahora virtual, que nos rodea, menos a los INVENTOS que pasan a ser de dominio público en base, no se ni entiendo de porque razones, en todo caso las iré respondiendo cuando las vaya recibiendo por lo que este escrito queda abierto.
No obstante y para rellenar este archivo, pondré algunos de los argumentos que al parecer se esgrimen para tan disparatadas leyes:
Pagar una patente para proteger el invento.
Para eso ya están la policía y las instituciones, como hacen con las demás propiedades, que dicho sea de paso una patente no protege nada por distintos motivos, al menos en las condiciones actuales.
Que el invento pase a Dominio Público para que la sociedad se beneficie del invento.
El invento si esta a disposición pública, la sociedad se puede beneficiar de él siempre y cuando lo pague como hace con todos los servicios y demás cosas que utiliza, pero por supuesto al inventor y a todos los que hacen posible que el invento esté disponible, no como sucede actualmente, que se beneficia todo el mundo, menos el inventor. Los inventos se caracterizan porque facilitan y abaratan, tareas y productos, así como influyen en la forma de vida de las personas e incluso, de animales y plantas que estas necesitan para su supervivencia. También está demostrado que a nadie le quitan nada para que pase a Dominio Público, solamente a los autores y sobre todo a los inventores.
Que un inventor puede hacerse rico o predominar en la sociedad.
En la actualidad pasa y siempre ha pasado eso, en muchos casos de forma ilícita y sin aportar nada, normalmente por personas poco honradas y en muchos casos sin merecerlo, haciendo mal uso y cometiendo abusos de su poder.
Para una información más amplia de la Asociación como son sus fundamentos, objetivos, actuaciones, acciones y servicios, les indico la dirección web provisional de la misma: http://amdinventor.club.officelive.com
IGNACIO VIOLERO LOPEZ
SANCHO, 7
13619 ARENALES DE SAN GREGORIO
CIUDAD REAL
Tlf. 00 34 926 584144
ESPAÑA