DEFENSORA EUROPA 14-12-2016.pdf https://drive.google.com/file/d/191d7HgCQ2nkb7942mqfee4X-mJkk68jC/view
02-05- 2013.pdf https://drive.google.com/file/d/1V-REOQQYra85oEoLX9pSs7yoN_5DQwac/view
16-05-2013-0791-2013-AN-S2013-173890[1]. https://drive.google.com/file/d/1s809_nlDxMJsqAqo9lS02RlldDH3Zn3b/view
MI RESPUESA A 16-05-2013.pdf https://drive.google.com/file/d/1HfYWyceU8ntnaFwsKzw2LMXCEsgow2my/view
RESPUESTAS.pdf https://drive.google.com/file/d/10LiDfw2Jk0-S9K_DHLmS42UvDvsazFuT/view
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RESPUESTA RECIBIDA A MÍ ÚLTIMO ESCRITO.
Estaba esperando por si recibía respuesta a mis correos electrónicos que se muestran más abajo con fechas 17 y 18 de febrero de 2011 para en función de las mimas, responder de la forma que considerase más adecuada. Solamente he recibido la respuesta que pongo a continuación, a mí último correo electrónico con fecha 28 de marzo de 2011, con la cual supongo da por terminada igual que inicio y continuó como se demuestra con todas las respuestas recibidas, la atención o trámite a las reclamaciones presentadas por mí.
No le contesto pues ya le he manifestado varias veces lo que el expresa y demuestra en sus respuestas, como se puede leer más abajo.
PULSAR: RESPUESTA 28/03/2011
RESPUESTA RECIBIDA AL ESCRITO RECIBIDO CON FECHA 11/03/2011
Asociación Mundial Derechos Inventor
28/03/2011
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Para eo@ombudsman.europa.eu
De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: lunes, 28 de marzo de 2011 7:18:11
Para: eo@ombudsman.europa.eu
Respuesta a su escrito 11/03/2011, Ref. Reclamación 2033/2010/(PL)AN S2011-133995, como respuesta a mi correo con fecha 8/12/2010, en el que me comunica las mismas conclusiones y decisión que, a las que hace referencia.
Yo también lamento tener que volver a decirle, que no considero posible ser tan incompetente y torpe, por tanto lo que demuestra con sus respuestas es su dejación de funciones y abuso de poder, y un comportamiento improcedente, prepotente y desvergonzado.
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PULSAR: RESPUESTA 11/03/2011
CONTINUACÓN RECLAMACIÓN 2254
Escrito recibido: 16-02-2011-2254
Asociación Mundial Derechos Inventor
16:50
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Para eo@ombudsman.europa.eu
De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: viernes, 18 de febrero de 2011 16:50:48
Para: eo@ombudsman.europa.eu
Respuesta a su escrito 16/02/2011, Ref. Reclamación 2254/2010/(PL)AN S2011-132835, como respuesta a mi correo con fecha 17/01/2011, en el que me comunica las mismas conclusiones y decisión que la primera vez, que me dirigí a usted. O sea, la de no admitir a trámite la denuncia presentada, o sea, la dejación de funciones y abuso de poder, con un comportamiento improcedente y desvergonzado.
Además sin argumentar, ni motivar sus respuestas como le obliga la ley, una muestra más de dejación de funciones y comportamiento prepotente como el resto de los denunciados ante usted.
Ahora como dinámica general al igual de la de no admitir a trámite las denuncias presentadas, a adoptado la continuidad de exigir más pruebas o argumentos cosa que no hace usted en ningún caso, algo que como se demuestra en los escritos, vengo haciendo desde el principio sin que usted las tenga en cuenta en ningún caso, ni momento, negando lo obvio y las legislaciones al respecto.
Si le estoy denunciando que dicen, que esto no es una organización internacional, que no es sin ánimo de lucro, que no es de investigación y que no cumple con una serie de criterios o requisitos (lógico si no admiten todo lo anterior), absurdos e ilegales que contradicen, las mismas normas que los rigen y en ningún caso aplicables a esta asociación, y usted dice que llevan razón, sabiendo que esto es la Asociación Mundial Derechos Inventor y teniendo nuestra dirección web, que más pruebas necesita; está usted negando lo obvio, lo evidente igual que ellos. Ante eso yo no puedo hacer nada más que llamarles incompetentes y sinvergüenzas.
Además de todas las legislaciones a las cuales tiene usted acceso y para eso tiene los juristas, no para eludir responsabilidades, vuelvo a enviarle al provisional sitio web de la asociación donde están casi todos los escritos, siguiente:
http://amdinventor.club.officelive.com/default.aspx -INICIO
http://amdinventor.club.officelive.com/estatutos.aspx -ESTATUTOS
http://amdinventor.club.officelive.com/7pm.aspx -7PM
http://amdinventor.club.officelive.com/sitemap.aspx -MAPA WEB
http://amdinventor.club.officelive.com/containst.aspx -CONTACTO INSTITUCIONES
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CONTINUACÓN RECLAMACIÓN 2033
Escrito recibido: 15-02-2011-2132
Asociación Mundial Derechos Inventor
17/02/2011
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Para eo@ombudsman.europa.eu
De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: jueves, 17 de febrero de 2011 17:15:03
Para: eo@ombudsman.europa.eu
Respuesta a su escrito 15/02/2011, Ref. Reclamación 2132/2010/(PL)AN S2011-132747, como respuesta a mi correo con fecha 21/01/2011, en el que me comunica las mismas conclusiones y decisión que la primera vez, que me dirigí a usted. O sea, la de no admitir a trámite la denuncia presentada, o sea, la dejación de funciones y abuso de poder, con un comportamiento improcedente y desvergonzado.
Además sin argumentar, ni motivar sus respuestas como le obliga la ley, una muestra más de dejación de funciones y comportamiento prepotente como el resto de los denunciados ante usted.
En este escrito me comunica además que no cambiará su decisión o ratificación, hasta que no aporte argumentos, evidencias o pruebas concretas que apoyen mi postura. Para eso es, para lo que debería tener usted los juristas, para ver las normativas que regulan o infringen en este caso los HECHOS denunciados, (no mi postura), que son tan evidentes y fáciles de demostrar que no he pensado en ningún momento, fuese necesario aportar nada más que lo denunciado hasta ahora, no para ver la forma de eludir sus responsabilidades, porque puedo demostrar que llevo más de dos años desde el 25/03/2009 denunciando estos HECHOS (no mi postura), aportando argumentos, evidencias, etc., como demuestra el encabezado de correo electrónico recibido de usted con un escrito de la misma fecha, en el que me comunicaba que no estaba dentro de sus competencias, siguiente:
De: Euro-Ombudsman (EO@ombudsman.europa.eu)
Enviado: viernes, 17 de abril de 2009 12:19:42
Para: iviolero@hotmail.com
Las pruebas las tiene usted en la ley de la propiedad privada que rige cualquier tipo de propiedad en el estado de derecho y democrático en el que vivimos, excepto la propiedad de los inventos que está regida por la ley de la Propiedad Industrial, a las cuales tiene usted acceso, además de conocimiento del comunicado recibido por nosotros del señor Barroso.
Asimismo como le vengo indicando y usted, y sus juristas deben saber, todo esto está regulado en la jurisprudencia, protocolos, desarrollos, etc., que regulan los Derechos Fundamentales y Humanos en la Unión Europea, que son, los que demuestran se están vulnerando tales Derechos Fundamentales y Humanos a los inventores como le vengo denunciando, que por supuesto, estos sí que son de dominio público y por tanto, a disposición y alcance de usted, y sus juristas.
Considero que queda, más que probado y claro, que todo esto son HECHOS no opiniones mías, que son competencia suya y que están, dentro del funcionamiento y administración de la Unión Europea, afectando claramente además a todos los países que la componen.
Incluso lo pueden buscar en Internet, en la lengua o idioma que quieran.
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CONTINUACÓN RECLAMACIÓN 2033
Escrito recibido: 11-02-2011-2033
Asociación Mundial Derechos Inventor
11:36
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Para eo@ombudsman.europa.eu
De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: miércoles, 16 de febrero de 2011 11:36:13
Para: eo@ombudsman.europa.eu
Respuesta a su escrito11/02/2011, Ref. Reclamación 2033/2010/(PL)AN S2011-132549, como respuesta a mi correo con fecha 8/12/2010, en el que me comunica las mismas conclusiones y decisión que la primera vez, que me dirigí a usted. O sea, la de no admitir a trámite la denuncia presentada, o sea, la dejación de funciones y abuso de poder, con un comportamiento improcedente y desvergonzado.
Además sin argumentar, ni motivar sus respuestas como le obliga la ley, una muestra más de dejación de funciones y comportamiento prepotente como el resto de los denunciados ante usted.
También o como novedad me indica el cambio de jurista para este asunto. Entiendo perfectamente que el anterior se declare incompetente, que lo es o/y, que no quiera participar o/y ser responsable, de su dejación de funciones y abuso de poder, y de su comportamiento improcedente, y desvergonzado.
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CONTINUACÓN RECLAMACIÓN 2134
Escrito recibido: 18-01-2011-2134
Asociación Mundial Derechos Inventor
21/01/2011
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Para eo@ombudsman.europa.eu
De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: viernes, 21 de enero de 2011 17:57:32
Para: eo@ombudsman.europa.eu
Respuesta a su escrito18/01/2011, Ref. Reclamación 2134/2010/(PL)AN S2010-131256, como respuesta a mi correo con fecha 15/12/2010, en el que me remite a la respuesta y conclusiones de sus escritos de 20 de octubre y 6 de diciembre de 2010.
En su escrito de 20 de octubre me remite a la carta enviada por la Comisión Europea con fecha de noviembre de 2009, en la que me informan que hasta la fecha la Unión Europea no ha adoptado medidas legislativas propias en el ámbito de la protección de patentes y que el instrumento europeo existente en la materia no es un acto jurídico de la Unión sino un convenio internacional y como consecuencia las distintas condiciones de protección de patentes se rigen por las legislaciones nacionales y por los acuerdos sobre los aspectos de propiedad intelectual relacionados con el comercio.
Es fácil entender que precisamente eso es lo que estamos reclamando y denunciando, como se puede ver en todos los escritos y ya le he dichos muchas veces. Que la Unión Europea no tiene legislación al respecto, por eso inicialmente hago una propuesta, quizás sea este el momento. En todo caso y sea como fuere no quita, ni evita que se estén vulnerando lo Derechos Fundamentales y Humanos, de todos aquellos que de alguna manera participan en los inventos, en el territorio europeo y eso SÍ es responsabilidad de la Unión Europea.
También dice que la Unión Europea está utilizando las normativas nacionales e internacionales existentes al respecto, lo cual indica claramente que se están cometiendo, los hechos que se están denunciando.
En ambos casos, tampoco es cierto lo que dicen porque SÍ tiene medidas legislativas propias para proteger los inventos, hay una ley de la propiedad privada en la Unión Europea y si utilizan otras peor todavía, sigue siendo su responsabilidad y también indica claramente que se están cometiendo, los hechos que se están denunciando.
Ya le he dicho muchas veces que no tienen excusas, ni razón, ni lógica, ni nada, de nada. Todo lo que se está denunciando compete a todas las instituciones incluido usted, si no actúan o atienden las reclamaciones, es por dejación de funciones y abuso de poder, porque no considero que puedan ser tan tontos; salvo que sean unos sinvergüenzas.
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CONTINUACÓN RECLAMACIÓN 2132
Escrito recibido: 18-01-2011-2132
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21/01/2011
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Para eo@ombudsman.europa.eu
De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: viernes, 21 de enero de 2011 18:29:35
Para: eo@ombudsman.europa.eu
Respuesta a su escrito18/01/2011, Ref. Reclamación 2132/2010/(PL)AN S2010-131252, como respuesta a mi correo con fecha 15/12/2010, en el que me informa como novedad, que la actividad de las comisiones parlamentarias del Parlamento Europeo son de naturaleza política y por tanto no pueden constituir un acto de mala gestión administrativa.
La administración comprende todo aquello que son y rigen las instituciones sean, de la naturaleza que sean. La política también se puede gestionar o administrar, bien o mal. En todo caso estamos hablando de Derechos Fundamentales y Humanos, en un Estado de Derecho y Democrático el cual gestiona, legislan, etc., los políticos, por tanto son los principales responsables de todo lo que acontece, en el ámbito sobre el que ejercen su mandato o poder.
Al estar reclamando y denunciando la vulneración de los Derechos Fundamentales y Humanos como ya le he dichos muchas veces, compete a todas las “Instituciones Europea incluido usted”, si no actúan o atienden las reclamaciones, es por dejación de funciones y abuso de poder, porque no considero que puedan ser tan tontos; salvo que sean unos sinvergüenzas.
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RESPUESTA AL ESCRITO DEL 12/01/2011
Escrito recibido: 15/12/2010 2254/(PL)AN S2010-129919
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8:24
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Para eo@ombudsman.europa.eu
De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: lunes, 17 de enero de 2011 8:24:03
Para: eo@ombudsman.europa.eu
Respuesta a su escrito del 12/01/2011 Nº asunto 2254/(PL)AN S2011-131012 en el que me responde a mi correo del 15/12/2010 Nº asunto 2254/(PL)AN S2010-129919, en relación a la reclamación sobre el procedimiento del 7pm en la denegación de subvenciones a la asociación.
Vuelvo a requerirle que motive usted sus respuestas en orden a las cuales toma usted sus decisiones que pueda hacer yo algún examen de las mismas para poder responder. Siempre dice lo mismo que del examen realizado, pero no dice el como y el porque, no fundamenta, argumenta, ni motiva sus respuestas, como es su obligación. En definitiva no responde, ni actúa, ni nada, de nada.
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RESPUESTAS A VARIOS ESCRITOS RECIBIDOS EN LOS QUE ME COMUNICA EL ARCHIVO DE LAS RECLAMACIONES O DENUNCIAS PRESENTADAS.
Escritos reibidos: 2131-2010-PL-AN S2011-130814 2133-2010-PL-AN S2011-130829
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7:14
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Para eo@ombudsman.europa.eu
De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: martes, 11 de enero de 2011 7:14:06
Para: eo@ombudsman.europa.eu
Respuesta a sus dos escritos recibidos con fecha 06/01/2011, como respuestas a mis correos electrónicos con fechas 19 y 23 de noviembre de 2010, en referencia a las reclamaciones 2131/2010/(PL)AN S2011-130814 y 2133/2010/(PL)AN S2011-130829, en los que me comunica, que después de un cuidadoso examen de los argumentos expuestos por mí, no son de naturaleza modificar su decisión de archivar las reclamaciones presentadas.
Ya le vengo diciendo últimamente que estos son documentos escritos, que pueden leer y analizar cualquiera, y en todas las respuestas recibidas tanto de usted como del resto de las instituciones a las que me he dirigido, ninguna está fundamentada, ni argumentada, ni motivada como además es preceptivo, de modo o manera que demuestren la sin razón de los hechos expuestos y/o denunciados, motivo por el cual es un incumplimiento más de sus funciones.
Todas las respuestas recibidas son absurdos, torpes y desvergonzados intentos de eludir responsabilidades con los contenidos siguientes:
O bien no contestan.
O contestan diciendo que lo pasan a otros departamentos los cuales, como mucho les podrían o deberían servir como asesores, sin continuidad, ni respuesta posterior, ni aún reclamándosela.
O que no es un asunto, que les corresponda a ellos, argumentando que no pasan, a valorar el asunto que se trata, cuando indudablemente a todos los ámbitos institucionales a los que me he dirigido, sí que les corresponde o se puede presentar estas denuncias, y cuyo comportamiento demuestra el incumplimiento de sus funciones, con el agravante de añadir la vulneración del Derecho a ser Oído.
O tratan de enviar información (que no se les ha solicitado), de unas leyes que en todo caso, lo único que hacen es confirmar lo denunciado y contradecir lo que intentan eludir.
O varias juntas de las expuestas anteriormente y en todos los casos, aludiendo a un PUNTO de una ley que les da potestad para no admitir a trámite, archivar las denuncias presentadas y/o interrumpir la comunicación, después de ignorar el resto de esa misma ley y de otras varias, por las que están ahí y que les obligan a todo lo contrario. O sea, cometiendo abuso de poder.
Pero eso sí, son ustedes mayoría y están en el poder, y eso es el “Estado de Derecho”, y la “Democracia”
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Escritos recibidos: 2254-PL-AN S2010-129919-06-12-2010
2254-PL-AN S2010-129919-06-12-2010-1
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15/12/2010
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De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: miércoles, 15 de diciembre de 2010 14:40:53
Para: eo@ombudsman.europa.eu
Respuesta a su escrito 2254/(PL)AN S2010-129919 con fecha 06-12-2010, correspondiente a la denuncia sobre la no concesión de subvenciones a la asociación desde la Comisión de Ciencia Investigación e Innovación a través del Séptimo Programa Marco Europeo, en el que me comunica que no he facilitado suficientes evidencia resultando que la comisión ha rechazado de forma motivada las propuestas presentadas desde la asociación y la propuesta de de un protocolo continuado de financiación.
Disculpe si no le he puntualizado de forma concreta la reclamación, pues como usted indica y demuestra parte de la documentación expuesta en el sitio web en el cual no está toda, pero si la suficiente además de las argumentaciones presentadas por mí, está todo ahí. Como usted indica y está en el sitio web, dentro de las argumentaciones o motivaciones presentadas dicen que: sin entrar a valorar la propuesta o contenido de la propuesta.
Esto indica claramente la vulneración al Derecho a Ser Oído y consecuentemente todos los demás, que además desvirtúa e impide conseguir el fin de las subvenciones consistentes en apoyar a conseguir todos aquellos proyectos de interés general, etc.
También poniendo por ejemplo una de las últimas recibida que de alguna forma puede representar a todas con respecto a la asociación, pone que no cumple ciertos requisitos o criterios de elegibilidad, algo común a todas las subvenciones otorgadas desde todas las instituciones, las cuales claramente son inconstitucionales pues por lógica rompen todos los principios de igualdad y por tanto todos los Derechos Fundamentales, pero que además con los requisitos o criterios de elegibilidad junto con otros aspectos normativos que suelen acompañarlas, son casi delictivas, porque determinan como, cuando y a quien. Las subvenciones ya que se dan, se deben dar en base a cada proyecto, propuesta o como se le quiera llamar.
Pero es que además en el caso concreto de esta asociación si que cumple en exceso todos los criterios expuestos aunque no sea, nada más que por la lógica natural de las cosas
Uno de los dos criterios dice que la propuesta no responde al ámbito de aplicación de la convocatoria.
Como es natural en una asociación de inventores totalmente abierta y gratuita, es innegable entender que abarca cualquier ámbito de todo lo referente a esta materia. Otro problema que nos encontramos es, que tienen dudas, de que un invento sea investigación.
El otro criterio siendo este el más generalizado dice que no reúne el número de participantes requeridos. Dentro de este capítulo se encuentra el que los participantes en la propuesta no sean del mismo país, ni tengan, nada en común.
Todo esto sí que está claramente explicitado en el sitio web.
Lo de la propuesta de un protocolo de actuación, no creo tampoco sea necesario explicarlo y tampoco debería ser necesario exponerlo desde la asociación, lo lógico y natural es que lo propusieran ellos. Yo en un principio me dirijo para que tengan constancia de que existimos y lo que nos proponemos.
Considero que, no es que solamente no haya motivos para abrir una investigación, es que está tan sumamente claro, que no es necesario, investigación alguna.
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Escrito recibido: 2132-2010-PL-AN S2010-129925 2134-2010-PL-AN S2010-129928
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15/12/2010
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Enviado: miércoles, 15 de diciembre de 2010 14:39:21
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Respuesta a sus dos escritos recibidos en los que responde a mis correos electrónicos con fecha 22 y 24 de octubre 2010, en los que me comunica, que después del examen de los mismos no se desprende ningún elemento que pudiera alterar la conclusión sobre las reclamaciones y en los términos siguiente:
Primer asunto o conclusión, 2132/2010/(PL)AN S2010-129925:
El Parlamento Europeo ha actuado de forma correcta y dentro de los límites de sus atribuciones.
Respuesta:
Como ya le he respondido y se puede ver en los distintos escritos intercambiados con esta institución, indicándome una dirección de internet, donde hay una ley que no tiene nada que ver con este asunto e intentan darme información, cuando yo en ningún momento estoy solicitando información, de ningún tipo y que me dirija a todos los parlamentarios individualmente para sensibilizarlos en este sentido, cuando ya lo estoy haciendo a través del buzón del ciudadano, por tanto lo que corresponde, es que lo analicen y tramiten en el parlamento directamente.
También lo he estado haciendo a través del Derecho de Petición, que también corresponde al Parlamento y en le cual me responden que no se encuentran en disposición de abordar el fondo de la petición, que toman nota de mis observaciones y que deciden transmitirla a la comisión parlamentaria competente, Comisión de Industria Investigación y Energía, para que la tengan en cuenta en el desarrollo de sus actividades. Hasta la fecha yo no he recibido ningún comunicado de la comisión indicada en ningún sentido, ni tengo conocimiento de que se haya dejado de vulnerar los Derechos Fundamentales, de todos aquellos que de alguna forma intervienen en los inventos y lo que si está claro, es que eluden el fondo del asunto y no me dan soluciones, por lo que vuelvo a interponer otro ya como denuncia y de forma más explicita, sin que hasta la fecha haya recibido respuesta y las fechas están en el sitio web.
Si usted dice que eso es actuar correctamente, está claro que no solamente, no hablamos el mismo idioma. No se si tiene en cuenta que esto, no me lo estoy inventando yo y, que todo esto está y queda escrito, y documentado.
Segundo asunto o conclusión, 2134/2010/(PL)AN S2010-129928:
En particular la Comisión Europea ya respondió de forma detallada a sus argumentos sobre las competencias de la Unión Europea en materia de derechos de la propiedad industria, tal y como me indicó en su carta de 20 de octubre de 2010.
Respuesta:
Tal y como respondí anteriormente, sí que es cierto, como además está en el sitio web hacen exactamente lo mismo que el Parlamento aunque de una forma más correcta y concreta, me informan de la legislación que hay al respecto y eso es exactamente lo que se está denunciando, que dicha legislación vulnera los Derechos Fundamentales de todos aquellos que de alguna forma intervienen en los inventos. Cuando al observar por las respuestas dadas que no me deben estar entendiendo además por la tardanza en responder, vuelvo a enviar varios escritos de forma más explicita y como denuncia, respondiéndome que una patente no es una propiedad privada como yo opino, sino unos derechos de monopolio. Como pueden observar yo hablo de inventos y los inventos si son una propiedad privada, la patente corresponde a un canon o impuesto, totalmente absurdo e injusto sobre los inventos, cosa que también denunciamos o incluimos en la denuncia, que además determina la duración de propiedad del invento, LO CUAL PRUEBA Y DEMUESTRA LOS HECHOS DENUNCIADOS DESDE LA ASOCIACIÓN, pues no hay ninguna propiedad privada que tenga fecha de caducidad en los sistemas de gobierno o entorno social que vivimos. Lo que sí es cierto y demuestra, es que nos roban los inventos las mismas “Instituciones”, con esta mal llamada ley, lo cual es aún peor que una simple vulneración de Derechos Fundamentales y Humanos, que pudiera llevarse a cabo desde cualquier otro ámbito social. Esto como vera no es una opinión mía como dicen desde la Comisión, estos son hechos.
Si usted considera que esto es una argumentación detallada, capaz de rebatir mis argumentos, está claro que no solamente, no hablamos el mismo idioma, además con el agravante de aludir al Código de Buena Conducta Administrativa para el Personal de la Comisión Europea en sus relaciones con el Público ([2000] BO L 267).
No se si tiene en cuenta que esto, no me lo estoy inventando yo y, que todo esto está y queda escrito, y documentado.
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RESPUESTA A SU ESCRITO CON REFERENCIA: RECLAMACIÓN 2033-2010-PL-S2010-129920[1].pdf
RE: Reclamación 2033/2010/PL
16:58
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Enviado: martes, 07 de diciembre de 2010 16:58:50
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Mi respuesta a su escrito adjunto con fecha 06/12/2010 Ref: 2033/2010/PL, con el contenido siguiente:
Yo presento reclamaciones ante usted del resto de instituciones, porque así me lo indicó desde el primer día que me dirigí a usted y por lo que le vengo diciendo desde el principio que yo no lo considero así, ni necesario, porque la denuncia en si misma ya demuestra que son casos de mala administración en la acción de las Instituciones, órganos u organismos de la Unión.
Yo estoy presentando ante usted y ante el resto de instituciones una denuncia con unos argumentos irrebatibles, irrevocables o irrefutables, sobre unos hechos demostrados y demostrables, por los cuales estoy denunciando a todos los Estados e “Instituciones” Europeas, con el agravante de que se están llevando a cabo desde dichos Estados e “Instituciones” y de forma delictiva, por la vulneración de los Derechos Fundamentales y Humanos que consisten en el derecho a la propiedad privada juntos con otros varios, según el contesto social general admitidos por todos, establecido reglamentado y denominado, estado de derecho o democrático, y como además consta en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, entre los derechos previstos por el Convenio o sus Protocolos está el: derecho al respeto de sus bienes.
Como lógica natural los reglamentos que rijan todas y cada una de estas “Instituciones” incluido usted, tienen o deberían tener, los mecanismos legales necesarios para solucionar o corregir cualquier vulneración de tales derechos; de hecho todos los representantes de los mismos están obligados por ley y creo que bajo juramento, a cumplir y hacer cumplir las leyes; por tanto no caben excusas.
Respecto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el hecho de no admitir a trámite esta denuncia dado la “Institución” que es, además de denunciable es delito. No obstante como se puede ver también en el escrito, denuncio ante usted las formas y el procedimiento utilizados por dicho Tribunal, que como se puede ver en el escrito recibido como “Auto” ni es cierto lo que dicen en el mismo, ni está fundamentado o motivado, como les exigen sus propias normas y cualquier, lógica o razón natural de las cosas que es en lo que se fundamentan las leyes, ni se ajusta a la ley. Por tanto sí es un caso de mala administración en la acción de las Instituciones, órganos u organismos de la Unión
En referencia a la presidencia española de la Unión Europea independientemente de que sea o no una institución como tal, sí que representa al Parlamento Europeo y a todas las instituciones en general, por tanto sus formas y procedimientos, son las más importantes y de mayor responsabilidad tanto en el contesto interno, como externo de la Unión, independientemente de quien este en la misma en cada momento. En este caso al igual que lo derivó al Ministerio de Industria Español, lo debería haber derivado a la Institución correspondiente de la Unión Europea y al no hacerlo ni intervenir en las posteriores reclamaciones sobre la no atención, desde en este caso la “Institución” española, sí son casos de mala administración en la acción de las Instituciones, órganos u organismos de la Unión.
Respecto a la Comisión de Peticiones si es del Parlamento Europeo y sí son casos de mala administración en la acción de las Instituciones, órganos u organismos de la Unión como se demuestra en el enlace que le indicaba en la denuncia presentada ante usted, a quien se tendrá que dirigir usted será al Parlamento Europeo.
Como viene demostrando en todos los escritos, al parecer usted no tiene competencias ni mecanismos legales para cumplir su función, en ese caso le digo lo mismo que a los del FRA, su Institución no tiene sentido, ni funcionalidad, ni utilidad, son meramente figuras retóricas o simbólicas, ante el resto del mundo y el público en general, para hacerles creer o mejor dicho engañarles, con unas falsas “Instituciones” o mecanismos “DEMOCRÁTICOS”
Yo me estoy dirigiendo a “Instituciones” en y las cuales se entiende, supone o espera están regidas por personas mínimamente normales, pero al parecer no es así, porque lo que estoy exponiendo lo sabe cualquiera sin necesidad de ser muy inteligente, ni tener muchos conocimientos, ni información, ni nada, de nada.
En todos los casos como también le vengo diciendo, son casos claros de dejación de funciones y abuso de poder.
Pusar para ver archivo recibido: 2033-2010-PL-S2010-129920[1].pdf
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RESPUESTA A SU ESCRITO CON REFERENCIA: RECLAMACIÓN 2131/2010/(PL)/AN S2010-128900 CON FECHA 15-11-2010
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8:15
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Enviado: viernes, 19 de noviembre de 2010 8:15:49
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Respuesta a su escrito con referencia: Reclamación 2131/2010/(PL)/AN S2010-128900 con fecha 15-11-2010, en el que me comunica, que debido a su contacto con los servicios del Consejo Europeo, estos me han respondido de lo cual usted también me envía copia, de lo cual usted considera ha adoptado por ello las medidas necesarias y que como consecuencia o resultado ha procedido al archivo de mi reclamación.
No entiendo el significado de su escrito y menos aún después de haber recibido copias de los contactos posteriores llevados a cabo con dichos servicios y que además se pueden ver en la vinculación siguiente: http://amdinventor.club.officelive.com/PresidenteConsejoEuropeo.aspx
Tampoco entiendo lo que me está pasando, si todos ustedes son tan torpes o sinvergüenzas, o ambas cosas a la vez.
Como ya le vengo diciendo desde el principio, yo me estoy dirigiendo a usted y a todas las demás instituciones, exponiendo primero y denunciando después, al no ser oído y atendido, las cuales están todas ellas obligadas por ley, a cumplir y HACER cumplir la ley, y por tanto no caben EXCUSAS, por unos hechos demostrados y demostrables, con los que se están vulnerando y violando, los derechos fundamentales y humanos, de los inventores o todos aquellos que los padecen, además de incumplir y/o vulnerar las Normativas de la Unión Europea, así como los principios y fundamentos, de las constituciones y DEMOCRACIA como: el derecho a la igualdad de trato, igualdad de derechos y oportunidades, todos iguales ante la ley, etc.,.
Si además como me comunican en el escrito del Consejo de Europa y que usted conoce, es la Comisión Europea la encargada de corregir o solucionar esta cuestión, y a la cual, he denunciado ante usted y ante el presidente del Consejo Europeo que es a quien van dirigidos todos mis escritos, lo único que, tiene que comunicarme ustedes o el resto a mi es una copia del escrito dirigido a la Comisión Europea, exigiéndole que cumpla con su obligación o cometido, cualquier otra cosa es simplemente una dejación de funciones y/o abuso de poder por parte de todos.
Las reclamaciones no se pueden archivar, las reclamaciones hay que solucionarlas o demostrar que no se llevan razón con las mismas. No caben excusas como las de que no son responsables de las respuestas propias o dadas por otros, o de que las respuestas dadas tratan el procedimiento o parte de este, y no de la reclamación, cosa que además es de tontos y/o sinvergüenzas, cuando además es la obligación de todos ustedes cumplir y HACER cumplir la ley. Si no son ustedes los encargados de tal acción, para eso lo estoy denunciando ante ustedes, para que exijan y obliguen a quien le corresponda.
No creo que sea necesario explicar además de lo resaltado, que además de las muchas vulneraciones de derechos, son las mismas instituciones, las que además cometen un delito robando los inventos a los inventores, mucho más motivo para que debieran ser dichas “INSTITUCIONES”, las más interesada en corregir esta situación.
No es necesario ser muy inteligentes para entender que eso es así y proceder en consecuencia que es, lo que le vuelvo a exigir haga a la mayor brevedad posible, haciéndomelo saber.
Escrto recibido : RESPUESTA-15-11-2010 RESPUESTA1-15-11-2010
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DOS DENEGACIONES DE ASISTENCIA RECIBIDAS Y MI RESPUESTA A LAS MISMAS
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9:01
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Enviado: domingo, 24 de octubre de 2010 9:01:35
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Respuesta a sus dos escritos con referencias: Reclamaciones 2132/2010/(PL)/AN y 2134/2010/(PL)/AN
En relación a la primera referencia: 2132/2010/(PL)/AN.
La respuesta recibida indicándome donde podía encontrar información sobre la legislación de la Unión en materia de propiedad intelectual y que contactase con los eurodiputados para hacerles llegar mi propuesta, indica claramente o que no me entendieron, o que no me atendieron porque yo no les solicitaba información, y la información que me proporcionaron no estaba relacionada con el asunto en concreto, yo estaba intentando contactar para exponerles mi propuesta o reclamación.
De las respuestas recibidas deduzco que no me han entendido en todos los casos denunciados, por lo que vuelvo a contactar para enviarles una información más concreta y explícita. Cuando supongo entienden de lo que se trata o pretende, es cuando o no contestan, o recibo otras respuestas en las que se desentienden del asunto, diciendo que no van ha responder más, o lo que es lo mismo, que no van a atender mis reclamaciones. Por tanto no es una correspondencia continuada, no dan solución, ni nada de nada, es una reclamación no atendida. Por tanto sí es un caso de mala administración, el que usted lo considere justificado o no, no se quien lo tendrá que juzgar, yo lo considero una clara dejación de funciones y abuso de poder como en el resto de los casos.
En referencia a la manera en que puedo hacer llegar a los eurodiputados mis propuestas en materia legislativa, ya lo estoy haciendo a través del buzón del ciudadano de Parlamento Europeo, a través del Derecho de Petición, a través de las demás instituciones contactadas y a través de usted, y como queda demostrado en ninguno de los casos estoy siendo escuchado, ni atendido que como usted sabe o debe saber, son derechos contemplados en las normativas de la Unión Europea.
Como usted dice al final de su escrito en referencia a la actividad legislativa, como parte del trabajo político del Parlamento Europeo o de la posible omisión del mismo, de legislar en un determinado ámbito, es contradictorio con el resto de sus escritos y sobre todo con los hechos entre otras muchísimas cosas porque en los tratados internacionales de la Unión Europea hacen constar la exigencia de respetar los derechos de Propiedad Intelectual e Industrial habidos en su ámbito territorial, además es una situación o circunstancia que no se da como tal pues existe la ley de la propiedad privada, la situación es que no se aplica y es lo que les estoy reclamando. Por tanto es otro caso claro de mala administración, el que usted lo considere justificado o no, no se quien lo tendrá que juzgar, yo lo considero una clara dejación de funciones y abuso de poder como en el resto y en el mejor de los casos.
En relación a la segunda referencia: 2134/2010/(PL)/AN.
En lo expuesto anteriormente entenderá que le respondo, a todas las negativas, a atenderme sobre todas las denuncias presentadas. En su alusión al escrito con fecha 19 de noviembre de 2009, tanto si la legislación es internacional, como si son nacionales, como si es por omisión, sí son actos o hechos realizados en el ámbito de la Unión Europea, esta es la responsable de todos ellos.
No se si la legislación sobre la propiedad privada es europea o internacional, pero si la Unión Europea tiene una ley de propiedad privada y la Propiedad Industrial es una propiedad privada como otra cualquiera (urbana, agrícola, maquinaria, automóvil, etc.,), se le puede aplicar perfectamente esta ley y si la ley de la propiedad privada es internacional, la Unión Europea sí se hace cargo de aplicarla en su territorio al igual que la otra. Como usted sabe o debe saber, también se incumple el derecho a la igualdad de trato contemplado en las Normativas Comunitarias.
Como está más que claro, sea el caso o la circunstancia que sea, y como ya le llevo diciendo desde el principio o primera denuncia, las denuncias presentadas ante usted y ante las instituciones denunciadas contra los Estados e Instituciones Europeas, están fundamentadas, argumentadas y motivadas, sobre unos hechos demostrados y demostrables que se están llevando a cabo desde los ámbitos denunciados, y que vulneran los Derechos Fundamentales a la propiedad privada, de las personas o ciudadanos que los padecen.
Por tanto sí son claramente competencia suya y de la Unión Europea pues son casos de gestión administrativa, independientemente de las otras reclamaciones o denuncias que también son casos claros de mala gestión administrativa. Otra cosa es que usted actúe o simplemente haga dejación de funciones y abuso de poder como el resto.
En estos y en todos los casos, ni hay continuidad, ni hay solución y mucho menos Código Europeo de Buena Conducta Administrativa, lo que hay son unos hechos claros de incumplimientos de las Normativas Comunitarias y de, VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES. Lo que no hay es vergüenza y por tanto ni sentido del ridículo, porque no es necesario ser muy inteligentes para entender esto.
Pulsar para ver escritos recibidos: 2132-2010-PL-AN-1 2132-2010-PL-AN-2 2134-2010-PL-AN-1
2134-2010-PL-AN-2
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MI RESPUESTA A SU RESPUESTA.
RE: Reclamación 2033/2010/PL
19/10/2010
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Enviado: martes, 19 de octubre de 2010 9:48:06
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Gracias por su atención y rápida respuesta.
Respecto a la información de su escrito en el que me comunica, que tres de las reclamaciones no las considera de su competencia indicando los motivos, le puntualizo que respecto a la Presidencia Española de la Unión Europea, sí es competencia suya, que el presidente en funciones me haya derivado al ministerio de industria español, es una indicación clara de mala gestión administrativa, pues yo indicaba que me dirigía a él como presidente da la Unión Europea y hacía referencia al asunto del cual ya tenía conocimiento. También lo he denunciado a través de la defensora de España por los motivos que usted indica, pero una cosa no tiene, nada que ver con la otra.
Respecto del Derecho de Petición también considero es competencia suya englobado en la correspondiente institución, aunque estén personalizados o concretados, no dejan de ser trámites pertenecientes a estas instituciones como le indico en cierta parte del escrito.
Con referencia a la primera deduzco de sus comentarios debería ponerme en contacto con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pero como puede ver en el sitio web, está institución se declaro incompetente y me remitió al Tribunal General, por tanto no entiendo sus comentarios o parecen contradictorios. Tenga en cuenta que yo denuncio a esta institución por no admitir a trámite mi denuncia y no motivar sus respuestas como les es obligado, por tanto también es una mala gestión administrativa.
Se que al final tendré que ir al Tribunal de Derechos Humanos y sobre todo denunciarles a todos, a través de los medios de comunicación.
Estoy intentando tramitar esto de la forma más normal y natural posible, pasando de la forma más desapercibida posible dándoles incluso las soluciones, pero como puede ver no lo estoy consiguiendo y no será, por no intentarlo.
Espero que sus trámites sean muy rápidos pues como verá, ya llevo demasiado tiempo con esto sin ver nada positivo.
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RESPUESTA RECIBIDA A LA DENUNCIA PRESENTADA
Reclamación 2033/2010/PL
19/10/2010
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Estimado Señor Violero López:
Le adjunto la respuesta del Defensor del Pueblo Europeo a su reclamación.
El Registro del Defensor del Pueblo Europeo
Pulsar aquí para ver adjunto recibido
CONTINUACIÓN DE LA DENUNCIA ANTERIOR
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8:25
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Enviado: domingo, 17 de octubre de 2010 8:25:31
Para: eo@ombudsman.europa.eu
Vuelvo a dirigirme a usted primero para puntualizar que las denuncias presentadas ante usted contra los Estados e Instituciones Europeas, están fundamentadas, argumentadas y motivadas, sobre unos hechos demostrados y demostrables que se están llevando a cabo desde los ámbitos denunciados, y que vulneran los Derechos Fundamentales a la propiedad privada, de las personas o ciudadanos que los padecen. Por tanto sí son claramente competencia suya. Otra cosa es que usted actúe o simplemente haga dejación de funciones como el resto.
Segundo para denunciar a la Comisión Europea de Investigación en el desarrollo y concesión de subvenciones a través del Séptimo Programa Marco Europeo como ya le anunciaba anteriormente, a la cual me llevo dirigiendo desde hace más de un año para exponerles que las características de esta asociación, en este campo son distintas y que por tanto se tendría que enfocar de cierta forma para aplicarle la correspondiente lógica, sin ser atendido.
Todas las subvenciones son inconstitucionales, pero además en todos o casi todos los casos, los procedimientos y normativas que rigen las concesiones, constituyen todo un procedimiento de irregularidades. No se tienen en cuenta las propuestas según los motivos de dichas subvenciones y de los objetivos perseguidos, solamente se tiene en cuenta quien o de donde viene la propuesta. En la mayoría de los casos, las que son subvencionadas ni siquiera cumplen las normativas que rigen dicha concesión y eso que ya están elaboradas para ellos mismos. Todos estos procedimientos constituyen otra vulneración de los derechos fundamentales, de los ciudadanos y en ningún caso aplicable a la Asociación Mundial Derechos Inventor.
Algunos contactos y trámites para solicitar dichas subvenciones, las puede ver en el sitio web siguiente: http://amdinventor.club.officelive.com/7pm.aspx
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NUEVA DENUNCIA ANTE EL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO
DENUNCIA-Asociación Mundial Derechos I
16:54
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De: AMDINVENTOR AMDINVENTOR (amdinventor@hotmail.com)
Enviado: lunes, 13 de septiembre de 2010 16:54:08
Para: eo@ombudsman.europa.eu
Vuelvo a dirigirme a usted desde la Asociación Mundial Derechos Inventor, después de haberme dirigido hace un tiempo por el formulario para las reclamaciones de su sitio web y a través del correo iviolero@hotmail.com, recibiendo como respuesta que no era de su competencia la reclamación presentada pues solamente su acción estaba hacia el comportamiento de las Instituciones y Órganos comunitarios, o sus representantes en las relaciones con los ciudadanos, como al parecer establece el apartado 2, del artículo2.
Ya le diría que no estaba de acuerdo con su respuesta, no obstante, vuelvo a ponerme en contacto para presentar quejas contra distintas Instituciones y Órganos comunitarios, o sus representantes, dirigiéndole al sitio web provisional de la asociación donde encontrará toda la información o casi de cada una, de las reclamaciones.
Como verá, como mucho contestan cualquier cosa aunque no tenga nada que ver con lo que se está planteando por cumplir el expediente y con eso dan por terminado el diálogo.
En la mayor parte de los casos ni son respuesta acorde con lo que son y representan, en todos los casos son simplemente una clara dejación de funciones y abuso de poder eludiendo sus responsabilidades, y en ninguno de los casos tienen intención de dar la cara o soluciones.
Reclamación contra el Tribunal General Europeo, el cual no admite a trámite ni la denuncia presentada para exigir a la justicia actúe en referencia a la vulneración de los Derechos Fundamentales de los inventores en los fundamentos expuestos, ni la solicitud de Justicia Gratuita para recursos o lo que procediera de esta acción.
http://amdinventor.club.officelive.com/tribunalgraleuropeo.aspx
Reclamación contra la Presidencia Europea tanto mientras el periodo de Suecia (cuyo escrito no he publicado en el sitio web) y contra en el periodo de España como continuación de anteriores contactos en cuya respuesta me indica pasar la gestión al Ministro de Industria sin haber recibido ninguna confirmación del mismo, ni después de haberla requerido.
http://amdinventor.club.officelive.com/containst.aspx
Contra la Comisión Europea cuya respuesta definitiva a los escritos presentados al Presidente Barroso concluye en que es una opinión mía, cuando se puede y está demostrado que son hechos, no cuestión de opinión.
http://amdinventor.club.officelive.com/respuestabarroso.aspx
Contra el Parlamento Europeo a través del Derecho de Petición donde reconocen la existencia de las vulneraciones de los Derechos Fundamentales, pero no me dan soluciones.
http://amdinventor.club.officelive.com/derechopeticion.aspx
Contra el Consejo de Europa en donde reconocen la problemática existente diciendo más o menos que han propuesto una declaración de intenciones, pero en la línea de lo que ya hay con lo cual es como decir nada y que además no se corresponde con lo que nosotros reclamamos. Por tanto sin dar soluciones.
http://amdinventor.club.officelive.com/PresidenteConsejoEuropeo.aspx
Contra la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea con una primera respuesta entre errónea y disculpándose por no poder hacer nada, y sin respuesta posterior.
http://amdinventor.club.officelive.com/fra.aspx
Contra el Parlamento Europeo en cuya respuesta me comunican más o menos lo mismo que en el Consejo de Europa, pero sin dar soluciones y desentendiéndose del asunto. Además me indican, que me dirija directamente uno a uno, a los miembros de la cámara (esto puede significar, dar lugar o querer decir ciertas cosas).
http://amdinventor.club.officelive.com/parlamentoeuropeo.aspx
Espero muy pronto ponerle otra reclamación contra el 7PM, pero aún estoy esperando unas últimas resoluciones.
Puede ver otras vinculaciones en la parte izquierda de las páginas las cuales no pongo por no corresponderle según usted o por estar representadas en las que les pongo aquí.
Espero todo esto sí sea de su competencia y la ejecute lo más rápidamente posible.
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RESPUESTA RECIBIDA DEL DEFENSOR PUEBLO EUROPEO
MI RESPUESTA
RE: Reclamación Ref. : 0769/2009/JMA
De: IGNACIO VIOLERO LOPEZ (iviolero@hotmail.com)
Enviado: sábado, 18 de abril de 2009 7:47:28
Para: eo@ombudsman.europa.eu
GRACIAS POR LA RESPUESTA Y LA INFORMACIÓN.
Respecto de su respuesta en la que me expone, que mi denuncia reclamando la deficiencia de la legislación europea referente a los inventos no se corresponde con la realidad social y legislativa en general, es a mi juicio, yo no lo veo como un juicio personal, si no como un hecho que esta ahí, eso si que es de dominio público y fácil de comprobar, por lo que considero que si pudiera ser o debería ser de su potestad.
Supongo que almenos sí tendrá la potestad y yo diría obligación, de comunicar a quien proceda y en este caso según usted al Parlamento Europeo, la constancia de la reclamación y la legitimidad de la misma.
GRACIAS.
IGNACIO VIOLERO LOPEZ
SANCHO, 7
13619 ARENALES DE SAN GREGORIO
CIUDAD REAL
Tlf. 00 34 926 584144
ESPAÑA
RESPUESTA AUTOMÁTICA RECIBIDA EN MI CORREO ELECTRÓNICO, DEL FORMULARIO ENVIADO AL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO EN EL ÁMBITO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS CIUDADANOS, PARA QUE SE RECONOZCAN NUESTROS DERECHOS Y SE MODIFIQUEN LAS LEYES ACTUALES Y ASÍ CORREGIR ESTE DEFECTO HISTÓRICO.
ADEMÁS DE ESTA ACCIÓN, ESTOY CONTACTANDO CON MUCHAS INSTITUCIONES Y A TRAVÉS DE ELLOS CON TODOS LOS GOBIERNOS EUROPEOS, INTENTANDO QUE ME ESCUCHEN Y PODER DESARROLLAR LA ACTIVIDAD DE LA ASOCIACIÓN EN EL MARCO EUROPEO.
[EOWEB] New complaint from: iviolero@hotmail.com
De: e-form@ombudsman.europa.eu
Enviado: miércoles, 25 de marzo de 2009 11:07:28
Para: iviolero@hotmail.com
Fecha: Wednesday, March 25, 2009 12:03:02 PM MET
Reclamación sobre mala administración
Sección 1 - Contact information
Nombre: Ignacio
Apellido: Violero López
En nombre de (en caso de que sea relevante):
Asociación Mundial Derechos Inventor
Dirección 1:
SANCHO, 7
Dirección 2:
Población/Ciudad: ARENALES DE SAN GREGORIO
Estado/Provincia: CIUDAD REAL
Código Postal: 13619
País: ESPAÑA
Tel.: 00 34 926 584144
Fax:
Correo electrónico: iviolero@hotmail.com
Sección 2 - ¿Contra qué institución u órgano de la Unión Europea (UE) desea presentar una reclamación?
Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
Sección 3 - ¿Qué decisión motiva su reclamación? ¿Cuándo fue consciente de dicha decisión? Adjuntese documentación relativa al caso, si es necesario.
Soy el promotor y asignado para gestionar, promulgar y tomar todas las medidas, y acciones necesarias, para conseguir los objetivos y dar los servicios acordes con las necesidades de la Asociación Mundial Derechos Inventor. Nuestra reclamación consiste en la legislación aplicada para los inventos, no se corresponde para nada con la realidad de todo tipo que nos regula al conjunto de la sociedad. Por ello nos dirigimos al Defensor del Pueblo Europeo, como una vía más para llegarnos a todas las Instituciones Europeas incluidos los estados miembros, que se restablezca esta injusticia con la rectificación de las leyes de una forma igual o similar a la que rigen esta asociación y que se pueden ver en la exposición siguiente.
OBJETIVOS
1. LOS INVENTOS SON UNIVERSALES E INTEMPORALES, PERO CON TITULARIDAD DEL INVENTOR/A/ES/AS Y PROPIEDAD DE ESTOS/AS, O DE QUIENES ESTOS/AS DETERMINEN POR CIRCUNSTANCIAS DIVERSAS.
2. LOS INVENTOS, NO DEBEN PAGAR NADA YA QUE SON UNA APORTACIÓN A LA SOCIEDAD, ADEMÁS DE POR OTRAS RAZONES. COMO MÁXIMO UN REGISTRO, QUE SERÁ UNIVERSAL Y DE LIBRE ACCESO, PARA ORGANIZAR PRIORIDADES Y EVITAR PLAGIOS O COPIAS.
3. LOS INVENTOS, DEBEN BENEFICIAR A SUS AUTORES O PROPIETARIOS, EN LA MEDIDA QUE LA SOCIEDAD SE BENEFICIE DE ELLOS, BIEN POR EXPLOTACIÓN DIRECTA O BIEN EN LA MANERA QUE ACUERDE CON LOS FABRICANTES O GESTORES DE LOS MISMOS, DEPENDIENDO DE SU NATURALEZA Y APLICACIÓN.
Según científicos, historiadores etc., por relatos, documentos y todo tipo de vestigios, todo era de todos o nada era de nadie hasta que, bien por instinto animal de los cuales se dice marcan y defienden su territorio, bien por que se había llegado primero, bien porque se había llegado después y se les había arrebatado o ganado, o de la forma que fuese a los primeros (en la mayor parte de los casos ha sido posible por los inventos de algunas o muchas de las personas), otras por robos, estafas, asesinatos, etc., algo que sigue pasando actualmente de forma impune y lo que es peor amparados en la ley, o bien por distintos motivos o razones, pues todo tiene un porque, las personas fueron delimitando sus propiedades primero y fronteras después, constituyendo unas serie de reglamentos y registros por los cuales estas propiedades tienen un dueño. Al igual que con los territorios, después se ha ido aplicando a todo lo material, espiritual y ahora virtual, que nos rodea, menos a los INVENTOS que pasan a ser de dominio público en base, no se ni entiendo de porque razones, en todo caso las iré respondiendo cuando las vaya recibiendo por lo que este escrito queda abierto.
No obstante y para rellenar este archivo, pondré algunos de los argumentos que al parecer se esgrimen para tan disparatadas leyes:
1. Pagar una patente para proteger el invento.
Para eso ya están la policía y las instituciones, como hacen con las demás propiedades, que dicho sea de paso una patente no protege nada por distintos motivos, al menos en las condiciones actuales.
2. Que el invento pase a Dominio Público para que la sociedad se beneficie del invento.
El invento si esta a disposición pública, la sociedad se puede beneficiar de él siempre y cuando lo pague como hace con todos los servicios y demás cosas que utiliza, pero por supuesto al inventor y a todos los que hacen posible que el invento esté disponible, no como sucede actualmente, que se beneficia todo el mundo, menos el inventor. Los inventos se caracterizan porque facilitan y abaratan, tareas y productos, así como influyen en la forma de vida de las personas e incluso, de animales y plantas que estas necesitan para su supervivencia. También está demostrado que a nadie le quitan nada para que pase a Dominio Público, solamente a los autores y sobre todo a los inventores.
3. Que un inventor puede hacerse rico o predominar en la sociedad.
En la actualidad pasa y siempre ha pasado eso, en muchos casos de forma ilícita y sin aportar nada, normalmente por personas poco honradas y en muchos casos sin merecerlo, haciendo mal uso y cometiendo abusos de su poder.
Para una información más amplia de la Asociación como son sus fundamentos, objetivos, actuaciones, acciones y servicios, les indico la dirección web provisional de la misma:
http://es.geocities.com/amdinv
http://amdinventor.club.officelive.com http://amdinventor.club.officelive.com/default.aspx
Sección 4 - ¿En qué considera Ud. que la institución u organismo europeo ha actuado incorrectamente?
Como he expuesto en el escrito de la ventanas anterior, en que las leyes aplicadas actualmente, son totalmente injustas por lo que recomendamos o exigimos se adecúen a la realidad social que vivimos por todas las razones lógicas algunas de las cuales exponemos en los sitios web provisionales siguientes:
Para una información más amplia de la Asociación como son sus fundamentos, objetivos, actuaciones, acciones y servicios, les indico la dirección web provisional de la misma:
http://es.geocities.com/amdinv
http://amdinventor.club.officelive.com http://amdinventor.club.officelive.com/default.aspx
Sección 5 - ¿En su opinión, qué debería hacer la institución o el organismo para reparar la situación?
Hacer una legislación igual o similar a la que rige esta asociación con los matices necesarios que actualmente no contemplamos, esperando la necesaria intervención de las distintas instituciones.
Para una información más amplia de la Asociación como son sus fundamentos, objetivos, actuaciones, acciones y servicios, les indico la dirección web provisional de la misma:
http://es.geocities.com/amdinv
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Sección 6 - ¿Ha contactado ya a la institución u órgano de la UE responsable a fin de encontrar satisfacción a su problema?
Sí (por favor, especifique)
Actualmente estoy intentándolo pero considero puede llegar a ser una tarea larga y difícil, por eso estoy haciendo esta reclamación entre otras cosas porque esta institución es la más idónea para hacerla.
Sección 7 - Si su reclamación es relativa a relaciones laborales con las instituciones u órganos de la UE, ¿han sido agotadas todas las posibilidades de solicitudes o reclamaciones administrativas internas previstas en el Estatuto de los Funcionarios? En ese caso, ¿han expirado los plazos de respuesta de las instituciones?
No aplicable
La reclamación es relativa a todos los ámbitos de relaciones con las instituciones y órganos de la UE.
Sección 8 - ¿Ha emitido algún tribunal sentencia sobre el motivo de su reclamación, o está dicho fallo pendiente?
Sí (por favor, especifique)
Como entenderán esto no es aplicable a esta reclamación
Sección 9 - Seleccione una de las dos opciones siguientes, después de haber leído la información en el recuadro inferior:
Deseo que mi reclamación sea pública
Sección 10 - ¿Estaría usted conforme con que su reclamación fuese transferida a otra institución u organismo (europeo o nacional) en caso de que el Defensor del Pueblo Europeo considerase no estar facultado para resolverla?
Sí
NB - Tenga en cuenta que este correo electrónico fue enviado desde una dirección de correo electrónico de confirmación. Si desea contactar con el soporte técnico, utilice el siguiente enlace en internet:
RESPUESTA POR ESCRITO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO, MÁS ABAJO HAY UNA SERIE DE ARCHIVOS CON MÁS CONTENIDOS; PULSEN SOBRE ELLOS PARA ABRIRLOS.