DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO Y, EN SU CASO, CONFLICTIVIDAD DETECTADA EN EL MISMO, DE CONFORMIDAD CON LO RECOGIDO EN EL ARTÍCULO 5, ASÍ COMO LOS OBJETIVOS A CONSEGUIR.
El diagnóstico del estado de la convivencia en el centro, a que se refiere el artículo recogerá, al menos, los siguientes apartados:
a) Características del centro y de su entorno que contextualizan la intervención educativa.
b) Aspectos de la gestión y organización del centro que influyen en la convivencia.
c) Estado de la participación en la vida del centro por parte del profesorado, del alumnado, de las familias y del personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria, así como de otras instituciones y entidades del entorno.
d) Conflictividad detectada en el centro, indicando tipo y número de conflictos que se producen y los sectores implicados en ellos.
e) Actuaciones desarrolladas en el ámbito de la convivencia y efectividad de las mismas.
1. DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO
1.1. Características del centro y de su entorno: ubicación, horarios, recursos,…
El CEIP Toxiria se encuentra situado en la zona de la bifurcación de la crta. de Jaén-Córdoba y Jaén-Martos, está próximo al Parque y a las instalaciones de los Complejos Polideportivos “Matias Prats” y “Loma de Los Santos”.
El centro tiene horario sólo de mañana (de 9:00 a 14:00), desarrolla los proyectos "Escuela Espacio de Paz", y los programas de "Vida saludable", así como "Aula Matinal" y "Actividades Extraescolares".
Carece de espacios suficiente para el desarrollo de actividades de alumnos/as y de padres y madres.
1.2. Características de la comunidad educativa: estabilidad de la plantilla, características socio-económicas de las familias, diversidad del alumnado, etc.
El centro es de una línea, tiene 10 unidades distribuidas de la siguiente forma:
· Una unidad de Apoyo a la Integración (especialidad de Pedagogía Terapéutica).
· Tres unidades de Educación Infantil.
· Seis unidades de Educación Primaria.
La plantilla del centro es bastante estable. Está formada por 14 maestros/as de los cuales 12 son definitivos y 2 provisionales. La mayoría tiene amplia experiencia profesional.
En su zona de influencia se mezclan familias con suficiente poder adquisitivo así como otras (en menor porcentaje) con escaso poder adquisitivo y con escasas preocupación por la educación de sus hijos/as.
En el centro se atiende a alumnos/as de n.e.a.e (Apoyo a la Integración) que son aceptados por los demás alumnos/as con total normalidad, sin que se hayan producido hechos de discriminación hacia ellos/as.
1.3. Situación de la convivencia en el centro: tipo y número de conflictos que se producen, causas y sectores implicados en ellos.
La situación actual de la convivencia en nuestro centro es buena aunque se producen pequeños conflictos en el patio de recreo y en las aulas durante el desarrollo de determinadas clases.
Los tipos de conflictos más frecuentes son:
· Disrupción en el aula: hablar a destiempo, levantarse sin permiso, hablar con los compañeros, distracción o falta de atención, no tener el material necesario para el trabajo en clase, etc. que dificultan, a veces, el desarrollo normal de la clase o el derecho de los compañeros/as al estudio.
· Faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase.
· Pérdida de respeto entre iguales o a menores durante el recreo (insultos o palabras malsonantes, desconsideración…).
· Muy raramente, pequeñas peleas.
· Indisciplina o desobediencia al profesorado.
Estos conflictos están causados, principalmente por:
· Falta de motivación del alumnado.
· Dificultades de aprendizaje.
· Falta de colaboración y/o implicación por parte de los padres: no revisan si traen el material a clase, etc.
· Impulsividad, poca reflexión.
· Falta de un referente de autoridad.
· Falta de responsabilidad de la familia ante el centro en casos puntuales.
· Ausencia, en el alumnado, de las habilidades básicas para resolver los conflictos de manera pacífica.
1.4. Actuaciones desarrolladas por el centro ante situaciones conflictivas y la efectividad de las mismas, así como la participación del profesorado, las familias, el alumnado en dichas actuaciones.
En los últimos cursos, en el centro no se han producido situaciones graves de conflictividad.
1.5. Relación con las familias y otras instituciones del entorno.
En general la relación con las familias es buena aunque, en ocasiones, escasa. Muchas veces tenemos dificultad con familias determinadas, precisamente las del alumnado que más necesita de la ayuda y colaboración para intentar resolver sus problemas de convivencia.
No encontramos dificultades en las relaciones con el Ayuntamiento (servicios sociales) ni con otras instituciones de la localidad.
1.6. Experiencias y trabajos previos realizados en relación con la convivencia.
En cursos anteriores se han realizado diversas actividades y experiencias relacionadas con la convivencia en el centro. Entre otras, destacamos:
· Elaboración de las normas de convivencia.
· Elaboración por el alumnado de las normas de clase.
· Debates con el alumnado sobre las normas de convivencia y de clase.
· Elaboración, para el ROF, de las normas, derechos y deberes, correcciones para su incumplimiento.
· Jornadas de convivencia y viajes con el alumnado de otros centros.
· Actividades conjuntas con la AMPA.
· Participación en diversas actividades dentro del Proyecto Intercentros "Escuela Espacio de Paz".
1.7. Objetivos que se pretenden alcanzar
Con el presente Plan de Convivencia se pretende alcanzar los siguientes objetivos:
- Conseguir la integración de todo el alumnado sin discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, edad, creencia, religión, discapacidad…
- Fomentar la implicación de las familias, tanto en la transmisión de valores a sus hijos que favorezcan la convivencia en la familia, en el centro y en la sociedad, como en su participación en las actividades del centro y en la colaboración con los profesores en la tarea educativa.
- Prevenir los conflictos entre los distintos sectores de la Comunidad Educativa.
- Prever una atención específica al alumnado que, por diversas causas, presente comportamientos que alteren la convivencia en el centro y la de aquel otro alumnado que padece sus consecuencias.
- Fomentar la acción tutorial como instrumento para desarrollar la convivencia.
- Mejorar la coordinación entre el profesorado y de éstos con las familias en cuanto al tratamiento de los incumplimiento de las normas de convivencia.
1. NORMAS DE CONVIVENCIA, TANTO GENERALES DEL CENTRO QUE FAVOREZCAN LAS RELACIONES DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, COMO PARTICULARES DEL AULA, Y UN SISTEMA QUE DETECTE EL INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y LAS CORRECCIONES QUE, EN SU CASO, SE APLICARÍAN.
1.1. ESTABLECIMIENTO DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA GENERALES DEL CENTRO Y PARTICULARES DE CADA AULA
Los alumnos y alumnas deben cumplir las siguientes normas de convivencia:
· Asistir puntualmente a clase. Se informará a los padres/madres de las faltas de puntualidad de sus hijos/as.
· La asistencia a clase será diaria y constante. Las faltas de asistencia se anotarán en el registro correspondiente y en la aplicación Séneca. También serán comunicadas a los padres/madres que deberán justificarlas, personalmente o por escrito.
· Las entradas y salidas del Centro se realizarán en orden, siendo los tutores/as de cada nivel los responsables de que así se produzcan.
· Una vez finalizadas las clases no deberá quedar ningún alumno/a en el Centro a no ser con el conocimiento y responsabilidad directa de un maestro/a.
· En el tiempo de recreo los alumnos/as no podrán estar en los pasillos ni en las clases salvo que esté un maestro/a con ellos.
· Al finalizar la actividad, las clases deberán quedar ordenadas.
· En horas de clase está prohibida la salida del recinto escolar. Los alumnos/as sólo pueden salir si viene a recogerlo el padre, la madre o una persona mayor de edad, previo conocimiento del tutor/a.
· Se acudirá a las clases debidamente aseado y con el material adecuado.
· Se deben evitar los insultos, amenazas, humillaciones y palabras mal sonantes entre los mismos alumnos/as.
· Se deben respetar las pertenencias de los demás.
· No se puede perturbar el desarrollo de las clases.
· Se acudirá a los servicios higiénicos en caso de verdadera necesidad.
· Se prohíbe todo tipo de juegos violentos dentro del recinto escolar. Tampoco se permiten juegos con balón debido a las reducidas dimensiones del espacio de recreo y al peligro que conlleva para la integridad física de los más pequeños.
· Los alumnos y alumnas procurarán en todo momento que impere la limpieza dentro del recinto escolar.
· Los alumnos y alumnas están obligados a cuidar todo tipo de material, tanto de los compañeros/as como del Centro, responsabilizándose de los desperfectos que ocasionen a los mismos.
Estas normas serán adaptadas por cada tutor/a a las características de su grupo de alumnos/as.
1.2. DETECCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y LAS CORRECCIONES QUE, EN SU CASO, SE APLICARÍAN,
Para la detectar el incumplimiento de las normas de convivencia así como las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia y las correcciones que se pueden imponer según la legislación vigente se utilizaran los siguientes documentos:
CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y SU CORRECCIÓN
Decreto 328/2010
CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA
a. Los actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de la clase.
a. Los actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de la clase.
b. La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje.
c. Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeros y compañeras.
d. Las faltas injustificadas de puntualidad.
e. Las faltas injustificadas de asistencia a clase.
f. La incorrección y desconsideración hacia los otros miembros de la comunidad educativa.
g. Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.
h. Este año teniendo en cuenta el protocolo Covid del Centro, se exige a las familias la comunicación diaria de las faltas de asistencia, indicando especialmente si se trata de aspectos relacionados con el Covid.
i. Si se produce incumplimiento en el uso de mascarillas en horario escolar de manera reiterada.
j. No mantener la distancia de seguridad en los desplazamientos por el Centro.
CORRECCIONES DE LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS
a. Suspensión del derecho de asistencia a esa clase de un alumno o alumna. La aplicación de esta medida implicará que:
(El centro deberá prever la atención educativa del alumno o alumna al que se imponga esta corrección.
Deberá informarse a quienes ejerzan la tutoría y la jefatura de estudios en el transcurso de la jornada escolar sobre la medida adoptada y los motivos de la misma. Asimismo, el tutor o tutora deberá informar de ello al padre, a la madre o a los representantes legales del alumno o de la alumna. De la adopción de esta medida quedará constancia escrita en el centro.)
Para el resto de las conductas podrán imponerse las siguientes correcciones:
a. Amonestación oral.
b. Apercibimiento por escrito.
c. Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones…
d. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de tres días lectivos. El alumno/a deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.
e. Excepcionalmente, la suspensión del derecho de asistencia al centro por un período máximo de tres días lectivos. El alumno/a deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.
f. Se comunica a las familias que ante la situación de alarma, es imprescindible el conocimiento de estas ausencias. De no justificar las faltas indicando el motivo se consignarán como injustificadas, pudiendo dar lugar al inicio del protocolo de absentismo si persiste la situación.
g. Amonestar a las familias del alumno por escrito.
h. Amonestar oralmente al alumno, indicándole la importancia de acudir al Centro con la mascarilla y usarla correctamente durante la jornada escolar. Se le facilitará una mascarilla al alumno/a si es que no la ha traído.Se presentará al alumno/a diapositivas o carteles para hacerle comprender la importancia del uso de la mascarilla.
i. Amonestación oral al alumno/a, indicándole la necesidad del cumplimiento de la norma.
ÓRGANO COMPETENTE PARA IMPONER LAS CORRECCIONES
· Profesor/a que esté en el aula
· Todos los profesores/as del centro
· Tutor/a del alumno/a
· Jefe/a de Estudios
· Jefe/a de Estudios
· Director/a del Centro que dará cuenta a la Comisión de Convivencia
CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA Y SU CORRECCIÓN
(DECRETO 328/2010)
CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA
a. La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
b. Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
c. El acoso escolar, entendido como el maltrato psicológico, verbal o físico hacia un alumno o alumna producido por uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado.
d. Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas.
e. Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen una componente sexual, racial, religiosa, xenófoba u homófoba, o se realizan contra alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales.
f. Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
g. La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.
h. Las actuaciones que causen graves daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de las mismas.
i. La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro.
j. Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del centro.
k. El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que la comisión de convivencia considere que este incumplimiento sea debido a causas justificadas.
CORRECCIONES DE LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES
a. Realización de tareas fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos del mismo, sin perjuicio del deber de asumir el importe de otras reparaciones que hubieran de efectuarse por los hechos objeto de corrección y de la responsabilidad civil de sus padres, madres o representantes legales en los términos previstos por las leyes.
b. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares por un período máximo de un mes.
c. Cambio de grupo.
d. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior a dos semanas. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno/a deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo.
e. Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno/a deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.
f. Cambio de centro docente.
Las actividades formativas que se establecen en las letras d) y e) del apartado anterior podrán ser realizadas en el aula de convivencia.
Cuando se imponga la medida disciplinaria prevista en la letra e), el director/a podrá levantar la suspensión de su derecho de asistencia al centro antes del agotamiento del plazo previsto en la corrección, previa constatación de que se ha producido un cambio positivo en la actitud del alumno/a.
ÓRGANO COMPETENTE PARA IMPONER LAS CORRECCIONES
· Profesor/a que esté en el aula
· Todos los profesores/as del centro
· Tutor/a del alumno/a
· Jefe/a de Estudios
· Jefe/a de Estudios
· Director/a del Centro que dará cuenta a la Comisión de Convivencia
ANEXO I: PARTE DE INCIDENCIAS
(CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA)
Añadir.
1. COMPOSICIÓN, PLAN DE REUNIONES Y PLAN DE ACTUACIÓN DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA.
1.1. De acuerdo con la normativa vigente, la Comisión de convivencia estará formada por:
· El Director/a del Centro.
· Jefe/a de Estudios.
· 2 maestros/as.
· 4 padres/madres (uno/a de ellos será el nombrado por la AMPA).
1.2. La comisión de convivencia tendrá las siguientes funciones:
a) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia y el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de los conflictos.
b) Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del centro.
c) Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas.
d) Mediar en los conflictos planteados.
e) Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas.
f) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro.
g) Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.
h) Realizar el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el centro.
i) Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia en el centro.
1.3. Plan de reuniones:
La Comisión de Convivencia se reunirá con carácter ordinario, una vez cada trimestre (coincidiendo con la sesión trimestral del Consejo Escolar) para dar cuenta al pleno del Consejo de las actuaciones realizadas así como de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.
Con carácter extraordinario se reunirá siempre que se cometan faltas graves para la convivencia o lo solicite alguno de sus miembros justificando la necesidad de dicha reunión.
2. NORMAS ESPECÍFICAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE CONVIVENCIA DEL CENTRO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 8.
La ausencia de conflictividad y de hechos graves que perturben la convivencia, así como la falta de espacio y de profesorado para su desarrollo no hace necesaria la creación del aula de convivencia.
En caso de necesidad se utilizarían los medios de que disponemos para poder atender, en casos puntuales, al alumnado sin necesidad de que sea expulsado. Se realizaría una entrevista con los padres/madres para informarles de la decisión tomada. Durante el tiempo que el alumno/a estuviese en dicha situación realizaría las actividades que el tutor/a haya programado.
3. MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA PROMOVER LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO, FOMENTANDO EL DIÁLOGO, LA CORRESPONSABILIDAD Y LA CULTURA DE PAZ.
3.1. Experiencias y trabajos previos realizados en relación con la convivencia.
En cursos anteriores se han realizado diversas actividades y experiencias relacionadas con la convivencia en el centro. Entre otras, destacamos:
· Elaboración de las normas de convivencia.
· Elaboración por el alumnado de las normas de clase.
· Debates con el alumnado sobre las normas de convivencia y de clase.
· Elaboración, para el ROF, de las normas, derechos y deberes, correcciones para su incumplimiento.
· Jornadas de convivencia y viajes con el alumnado de otros centros.
· Actividades conjuntas con la AMPA.
· Participación en diversas actividades dentro del Proyecto Intercentros "Escuela Espacio de Paz".
3.2. Medidas específicas para promover la convivencia
· Divulgar entre los miembros de la comunidad educativa las normas internas de convivencia, descripción y calificación de faltas y los procedimientos de corrección.
· Concienciar a todos los miembros de la comunidad educativa de la importancia de conocer y respetar los derechos y deberes del alumnado, profesorado y padre/madres.
· Desarrollar el interés por el trabajo cooperativo y solidario.
· Mantener por parte del profesorado de una línea de conducta coherente, uniforme y sistemática en el tratamiento del orden y limpieza.
· Propiciar la participación de las familias a través de un intercambio de comunicación.
· Elaborar y debatir con el alumnado las normas de convivencia.
4. MEDIDAS A APLICAR EN EL CENTRO PARA PREVENIR, DETECTAR, MEDIAR Y RESOLVER LOS CONFLICTOS QUE PUDIERAN PLANTEARSE, ENTRE LAS QUE SE INCLUIRÁN LOS COMPROMISOS DE CONVIVENCIA, LAS ACTUACIONES PREVENTIVAS Y QUE CONTRIBUYAN A LA DETECCIÓN DE LA CONFLICTIVIDAD Y LA MEDIACIÓN EN LA RESOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS QUE PUDIERAN PLANTEARSE.
4.1. ACTUACIONES PREVENTIVAS Y PARA LA DETECCIÓN DE LA CONFLICTIVIDAD.
Las actuaciones preventivas y que contribuyan a la detección de la conflictividad a las que se refiere el artículo 4 f), que se incluirán en el plan de convivencia serán, al menos, las siguientes:
a) Actividades de acogida para el alumnado que se matricula en el centro por primera vez y para sus familias, así como actividades que faciliten el conocimiento por parte de todo el alumnado y las familias de las normas de convivencia, tanto generales del centro como particulares del aula, especificando los derechos y deberes del alumnado y las correcciones o medidas disciplinarias que, en su caso, se aplicarían.
b) Actividades para la sensibilización frente a los casos de acoso e intimidación entre iguales, dirigidas a la comunidad educativa.
c) Actividades dirigidas a la sensibilización de la comunidad educativa en la igualdad entre hombres y mujeres.
d) Medidas de carácter organizativo que posibiliten la adecuada vigilancia de los espacios y tiempos considerados de riesgo, como los recreos, las entradas y salidas del centro y los cambios de clase.
4.2. COMPROMISOS EDUCATIVOS.
· De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.g) del Decreto 327/2010 y en el artículo 10.g) Decreto 328/2010, ambos de 13 de julio, las familias tienen derecho a suscribir con el centro un compromiso educativo para procurar un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas.
· El compromiso educativo estará especialmente indicado para aquel alumnado que presente dificultades de aprendizaje y tiene por objeto estimular y apoyar el proceso educativo de este alumnado y estrechar la colaboración de sus familias con el profesorado que lo atiende.
· Sin perjuicio del derecho que asiste a todas las familias para suscribir compromisos educativos, los centros ofrecerán la posibilidad de suscribirlo a las familias del alumnado que presente dificultades de aprendizaje, de acuerdo con los criterios que se establezcan en el proyecto educativo. En todo caso, esta posibilidad se ofrecerá a las familias del alumnado que curse enseñanzas obligatorias con tres o más áreas o materias no superadas tras la primea o la segunda evaluación.
4.3. COMPROMISOS DE CONVIVENCIA.
· De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.k) del Decreto 327/2010 y en el artículo 10.k) del Decreto 328/2010, ambos de 13 de julio, las familias tienen derecho a suscribir con el centro un compromiso de convivencia.
· El compromiso de convivencia está indicado para el alumnado que presente problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares y tiene por objeto establecer mecanismos de coordinación entre las familias y el profesorado y otros profesionales que atienden al alumno o alumna, así como colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación.
· El plan de convivencia concretará las situaciones en que podrá aplicarse esta medida, tratando siempre de potenciar el carácter preventivo de la misma y procurando que sirva para evitar situaciones de alteración de la convivencia o para prevenir su agravamiento.
4.4. PROCEDIMIENTO PARA LA SUSCRIPCIÓN DE LOS COMPROMISOS EDUCATIVOS Y DE CONVIVENCIA.
· De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.i) del Decreto 327/2010 y en el artículo 21.i) del Decreto 328/2010, ambos de 13 de julio, el proyecto educativo establecerá el procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia con las familias. Asimismo, recogerá el procedimiento para realizar el seguimiento por parte del Consejo Escolar del cumplimiento y efectividad de las medidas incluidas en los mismos.
· Tanto las familias del alumnado como el profesorado que ejerza la tutoría podrán proponer la suscripción de compromisos educativos o de convivencia, de acuerdo con lo previsto en la presente orden y en el proyecto educativo del centro.
· Los compromisos educativos y de convivencia se adoptarán por escrito y podrán ajustarse a los modelos que se adjuntan como Anexos V y VI, respectivamente. En ellos se establecerán las medidas concretas y la fecha y los cauces de evaluación de la efectividad de las mismas. Asimismo, deberá quedar constancia escrita de la posibilidad de modificar el compromiso en caso de incumplimiento por alguna de las partes o de que las medidas adoptadas no den el resultado esperado.
· Una vez suscrito el compromiso educativo o de convivencia, el tutor o tutora dará traslado del mismo al director o directora del centro, que lo comunicará al Consejo Escolar.
1. FUNCIONES DE LOS DELEGADOS Y DE LAS DELEGADAS DEL ALUMNADO EN LA MEDIACIÓN PARA LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE LOS CONFLICTOS QUE PUDIERAN PRESENTARSE ENTRE EL ALUMNADO, PROMOVIENDO SU COLABORACIÓN CON EL TUTOR O LA TUTORA DEL GRUPO.
Los delegados/as de aula se elegirán democráticamente en el mes de septiembre, siendo electores y elegibles todos los alumnos/as de la misma. Tendrán las siguientes funciones, en relación con la convivencia:
· Informar al tutor/a de los sucesos que ocurran en el aula durante el periodo de cambio de clases por el profesorado.
· Comunicar al tutor cualquier problema que pueda entorpecer el normal desarrollo de las clases.
· Cumplimentar una ficha de incidencias de clase.
· Asistir a la reunión de mediación junto con el tutor/a del alumno/a y éste mismo.
2. PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN Y FUNCIONES DE LOS DELEGADOS O DE LAS DELEGADAS DE LOS PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO, DE ACUERDO CON LO RECOGIDO EN LOS ARTÍCULOS 9 Y 10, ENTRE LAS QUE SE INCLUIRÁ LA DE MEDIACIÓN EN LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS ENTRE EL PROPIO ALUMNADO O ENTRE ÉSTE Y CUALQUIER MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
2.1. PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS O DE LAS DELEGADAS DE LOS PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO.
· Las personas delegadas de padres y madres del alumnado en cada uno de los grupos serán elegidas para cada curso escolar por los propios padres, madres, o quienes ejerzan la tutela del alumnado en la reunión que el profesorado que ejerza la tutoría debe realizar con las familias antes de finalizar el mes de noviembre. En la convocatoria de esta reunión deberá hacerse constar, como puntos del orden del día, la elección de delegado o delegada de padres y madres del alumnado, así como la información de las funciones que se les atribuye en la presente orden y en el plan de convivencia del centro.
· Las asociaciones de madres y padres del alumnado legalmente constituidas en el centro podrán colaborar con la dirección y con el profesorado que ejerce la tutoría en la difusión de la convocatoria a que se refiere el apartado anterior y en el impulso de la participación de este sector de la comunidad educativa en el proceso de elección de las personas delegadas de madres y padres del alumnado en cada uno de los grupos.
· Las personas delegadas de los padres y las madres del alumnado en cada grupo se elegirán por mayoría simple mediante sufragio directo y secreto, de entre las madres y padres del alumnado de cada unidad escolar presentes en la reunión. Previamente a la elección, las madres y los padres interesados podrán dar a conocer y ofrecer su candidatura para esta elección. En este proceso, la segunda y tercera personas con mayor número de votos serán designadas como subdelegadas 1.ª y 2.ª, que sustituirán a la persona delegada en caso de vacante, ausencia o enfermedad y podrán colaborar con ella en el desarrollo de sus funciones. En los casos en que se produzca empate en las votaciones, la elección se dirimirá por sorteo. En este proceso de elección se procurará contar con una representación equilibrada de hombres y mujeres.
2.2. FUNCIONES DE LAS PERSONAS DELEGADAS DE LOS PADRES Y MADRES EN CADA GRUPO.
Las personas delegadas de los padres y madres en cada grupo tendrán las siguientes funciones:
a) Representar a las madres y los padres del alumnado del grupo, recogiendo sus inquietudes, intereses y expectativas y dando traslado de los mismos al profesorado tutor.
b) Asesorar a las familias del alumnado del grupo en el ejercicio de sus derechos y obligaciones.
c) Implicar a las familias en la mejora de la convivencia y de la actividad docente en el grupo y en el centro e impulsar su participación en las actividades que se organicen.
d) Fomentar y facilitar la comunicación de las madres y los padres del alumnado con el tutor o tutora del grupo y con el resto del profesorado que imparte docencia al mismo.
e) Facilitar la relación entre las familias del alumnado del grupo y el equipo directivo, la asociación de padres y madres del alumnado y los representantes de este sector en el Consejo Escolar.
f) Colaborar en el desarrollo de las actividades programadas por el centro para informar a las familias del alumnado del grupo y para estimular su participación en el proceso educativo de sus hijos e hijas, especialmente en las recogidas en los artículos 7 y 18.
g) Mediar en la resolución pacífica de conflictos entre el propio alumnado del grupo o entre éste y cualquier miembro de la comunidad educativa, de acuerdo con lo que, a tales efectos, disponga el plan de convivencia.
h) Colaborar en el establecimiento y seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia que se suscriban con las familias del alumnado del grupo.
i) Cualesquiera otras que les sean atribuidas en el plan de convivencia del centro.
3. LA PROGRAMACIÓN DE LAS NECESIDADES DE FORMACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN ESTA MATERIA, SEGÚN SE DISPONE EN EL ARTÍCULO 11.
Aunque la convivencia es una preocupación constante del profesorado, son pocos los que han recibido una formación específica. Conviene llevar a cabo cursos de divulgación y preparación, entre ellos los de "mediación" para todo el claustro, así como de habilidades sociales, resolución de conflictos, estrategias para fomentar la participación, etc.
4. LAS ESTRATEGIAS PARA REALIZAR LA DIFUSIÓN, EL SEGUIMIENTO Y LA EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA EN EL MARCO DEL PROYECTO EDUCATIVO.
Para que el plan de convivencia sea conocido por el alumnado se realizarán sesiones de tutoría donde se informará y se debatirá sobre el mismo.
Se entregará una copia a cada uno de los miembros del Consejo Escolar así como a la AMPA
Respecto al conocimiento por las familias se utilizará la primera sesión general de tutoría para informar del mismo.
También se publicará en la página web del centro.
Los Equipos de Ciclo analizarán trimestralmente el plan de convivencia y propondrán las modificaciones o propuestas de mejora necesarias para su actuación a la situación de la convivencia en cada momento.
A final del curso se evaluará su idoneidad.
5. EL PROCEDIMIENTO PARA ARTICULAR LA COLABORACIÓN CON ENTIDADES E INSTITUCIONES DEL ENTORNO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE COMUNIDADES EDUCADORAS.
6. EL PROCEDIMIENTO PARA LA RECOGIDA DE LAS INCIDENCIAS EN MATERIA DE CONVIVENCIA EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN SÉNECA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 12.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1.d) del Decreto 285/2010, de 11 de mayo, los centros docentes públicos y privados concertados facilitarán a la Administración educativa, a través del Sistema de Información Séneca, la información referida al seguimiento de las conductas contrarias a la convivencia escolar. A tales efectos, los centros registrarán tanto las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia que se produzcan y sus correspondientes medidas disciplinarias, como aquellas conductas contrarias a la convivencia que comporten la imposición de correcciones a las mismas, así como, en su caso, la asistencia del alumnado al aula de convivencia.
Para el cumplimiento de lo anterior se actuará de la siguiente forma:
· Elaboración de un parte para recoger las incidencias del alumnado que presente alteraciones de comportamiento (ANEXO I). Tendrá los siguientes apartados:
- Nombre y apellidos del alumno/a, nivel, fecha, hora y lugar.
- Nombre y apellidos del tutor/a del alumno/a.
- Nombre y apellidos del maestro/a que cumplimenta el parte.
- Concreción de la conducta.
- Corrección propuesta y órgano competente para adoptarla
· Si las conductas son leves, el tutor/a informará al padre/madre del alumno/a.
· Cuando la conducta sea grave se la Jefatura de Estudios informará al padre/madre del alumno/a y la introducirá en Séneca.
· Los partes de incidencias graves se incluirán en el expediente del alumno/a