REFORMA CON LA QUE SE DA LA FACULTAD AL PODER JUDICIAL DE INVALIDAR LEYES Y REFORMAS ILEGALES E INCONSTITUCIONALES
REFORMA CON LA QUE SE DA LA FACULTAD AL PODER JUDICIAL DE INVALIDAR LEYES Y REFORMAS ILEGALES E INCONSTITUCIONALES
INICIATIVA NO AVALADA NI APLICADA POR ORDEN DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
REFORMA CON LA QUE SE DA LA FACULTAD AL PODER JUDICIAL DE INVALIDAR LEYES Y REFORMAS ILEGALES E INCONSTITUCIONALES
Jzs. CARLOS MANUEL HERNÁNDEZ
Justificaciones:
En la actualidad, nuestra república no cuenta con una regulación contra todas aquellas leyes y reformas que no cumplan los requisitos jurídicos necesarios y que incumplan con las leyes vigentes y la constitución. Desde el Tribunal Supremo consideramos que este vacío legal es peligroso ya que permite que con complicidad entre poder legislativo y ejecutivo, se apliquen leyes y reformas que incumplan los requisitos necesarios con total impunidad, lo que favorece actos de corrupción. Nuestra república debe tener equilibrio y contrapesos entre los tres poderes del estado y una participación del poder judicial en el proceso legislativo.
Objetivos:
-Modificar los artículos 16 y 20 de la constitución para facultar al Tribunal Supremo para invalidar la aplicación de leyes y reformas que incumplan con las leyes vigentes y la constitución.
CAPÍTULO I: Sobre la modificación al Artículo 16
Artículo 1: Se modifica la redacción del Artículo 16 de la Constitución de la República de Geronia para que su redacción sea la siguiente:
"Artículo 16: El poder judicial es el poder encargado de examinar el correcto seguimiento de las leyes y la constitución en Geronia, y castigar a todo individuo que las incumpla. Este poder está representado por el Tribunal Supremo.
I. El Código Penal de la República de Geronia es el documento de uso principal para los jueces supremos, este tendrá que contener todos los delitos contemplados en la república, así como todos sus castigos, los cuales son acumulables.
II. El Tribunal Supremo deberá de colaborar con el Gobierno de Geronia para la aplicación de los castigos de: retiro de Acta de Identificación de Ciudadano, investigación por parte del Ministerio de Seguridad. El Tribunal Supremo también deberá de colaborar con el Gobierno de Geronia para solicitar ayuda extranjera para castigar a un ciudadano extranjero.
III. El Tribunal Supremo puede invalidar leyes y reformas constitucionales siempre y cuando estas incumplan con las leyes vigentes y la constitución. Para invalidarlas se debe contar con 2/3 votos de los jueces supremos a favor de la decisión. La invalidación de las leyes y reformas solo podrá hacerse cuando estas ya estén aplicándose"
CAPÍTULO II: Sobre la modificación al Artículo 20
Artículo 1: Se modifica la redacción del Artículo 20 de la Constitución de la República de Geronia para que su redacción sea la siguiente:
"Artículo 20: Los jueces supremos tienen la facultad de:
-Proponer y votar nuevas sentencias a delitos ya existentes y a delitos recién aprobados por el Senado de Geronia
-Sentenciar y castigar a todo ciudadano geronense que incumpla las leyes
-Proponer leyes en materia judicial y penal al Senado de Geronia
-Proponer y votar la invalidación de leyes y reformas aprobadas en el Senado de Geronia"
Votación:
Sen. Ricardo Correa — En contra
Sen. Julio César Encinas — A favor
Sen. Erik Gaitán — A favor
Sen. Mariana López — En contra
Sen. Celia Parra — A favor
Pdte. Gael Llanos — En contra
PROPUESTA APROBADA PERO NO AVALADA
15/02/2024