Control Prenupcial

Requisitos:

1. Control General de Salud

2. Exámenes de laboratorio adicionales:

  • Electroforesis de Hemoglobina

  • VIH

Código de la Familia Cap. III. Art. 38:

Los que hubieren de contraer matrimonio civil presentarán al funcionario autorizado… certificados de nacimiento, salud prenupcial y soltería. El certificado de salud prenupcial comprende el examen médico y las pruebas de laboratorio que el Ministerio de Salud estime conveniente, y deberá ser expedido dentro de los quince días anteriores a la fecha del matrimonio, por un médico legalmente autorizado para el libre ejercicio de su profesión…

Código Sanitario en el Art. 159:

Para contraer matrimonio es indispensable que los contrayentes presenten al juez que haya de celebrarlo o que autorice la licencia, un Certificado prenupcial en que conste que no padecen de enfermedad transmisible o hereditaria que implique peligro para el otro cónyuge o la descendencia. El certificado deberá ser expedido por médico oficial. Será gratuito en el primer caso y siempre incluirá los exámenes clínicos y, de laboratorio en especial el serológico, que fueren necesarios. Tendrá una validez máxima de quince [15] días.

Ley 3 de 5-Ene-2000 Art. 6, Numeral 6:

Las pruebas diagnósticas de las infecciones de transmisión sexual y del virus de inmunodeficiencia humana se realizarán en forma obligatoria: Para contraer matrimonio… el resultado positivo de cualquiera de la pruebas no será causal de impedimento para contraer matrimonio.

Decreto ejecutivo 119 de 29-May-2015, Art. 16:

Con relación al numeral 6 del artículo 6 de la Ley 3 de 2000, para contraer matrimonio civil, los contrayentes presentarán una certificación médica en que conste que se han realizado la prueba de ITS/VIH. El funcionario autorizado no podrá solicitar los resultados de laboratorio, pero deberá verificar que la pareja los conoce. No será impedimento para contraer matrimonio un resultado seropositivo.