FUNCIONES:
01. Elaborar las normas de la atención de salud integral de las enfermedades de la población de personas adultas y adultas mayores.
02. Asesorar al personal técnico de los niveles regionales y locales de salud, otras instituciones del Estado y privadas, Organizaciones No Gubernamentales y a la sociedad civil, en la aplicación y cumplimiento de las normas, guías de manejo, protocolos y procedimientos de salud integral de la población de personas adultas y adultas mayores.
03. Participar en la elaboración y desarrollo de los planes y proyectos relacionados con la atención de salud integral de la población de personas adultas y adultas mayores.
04. Coordinar las comisiones de trabajo de los expertos en las enfermedades de la adultez.
06. Asegurar la aplicación de las normas del Programa.
08. Evaluar y vigilar el cumplimiento de las Normas Técnicas y Administrativas, Guías de Manejo y Protocolos de Atención de Salud Integral de Adulto Mayor, según los lineamientos y Políticas de Salud.
09. Evaluar el trabajo de las comisiones de enfermedades de la adultez.
10. Dirigir la validación de las normas elaboradas de las enfermedades de la adultez.
11. Elaborar conjuntamente con Epidemiología el Sistema de Vigilancia de las enfermedades de la adultez.
12. Monitorear conjuntamente con el equipo técnico regional, el avance de las actividades relacionadas a la atención integral de la adultez mayor en cuanto a la calidad, resultados y oportunidades.