Comunicado 8 COR15 - Seguimiento Proyecto APE COR 15 Maurel & Prom

Documentos importantes para hacer el seguimiento ambiental y social al Proyecto COR 15

Las actividades de la multinacional petrolera MAUREL & PROM COLOMBIA B.V. han empezado con la adecuación de una locación para la perforación del Pozo Zorro-1 en el municipio de Corrales, vereda Reyes Patria. Por ello, en esta página ponemos a disposición la información documental necesaria para que las comunidades de las Provincias de Tundama y Valderrama que así lo deseen, puedan hacer seguimiento a las actividades de la empresa y garantizar así que ésta no vulnere sus derechos comunitarios y territoriales.

Licencia Ambiental APE COR-15

Resolución ANLA 1795 de 11 de octubre de 2021

Resolucion 1795 de 2021.pdf

Resolución ANLA 335 de 9 de febrero de 2022

Resolucion 335 de 2022.pdf

Trámites y permisos en materia de arqueología y patrimonio en el APE COR-15

Resolución ICANH 972 de 15 de junio de 2022

Registro Programa Arqueología Preventiva de la plataforma del Pozo Zorro-1 y su vía de acceso

Respuesta ICANH a PGN 22JULIO2022 Anexo 1 Resolucion 972 de 2022 Registro PAP.pdf

Resolución ICANH 1157 de 18 de julio de 2022

Orden de suspensión inmediata de las obras e intervenciones del Programa Arqueología Preventiva de la plataforma del Pozo Zorro-1 y su vía de acceso

Respuesta ICANH a PGN 22JULIO2022 Anexo 2 Resolucion 1157 de 2022 Suspencion obras.pdf

Resolución ICANH 1368 de 23 de agosto de 2022

Aprobación y autorización de la implementación del Plan de Manejo Arqueológico del Programa Arqueología Preventiva de la plataforma del Pozo Zorro-1 y su vía de acceso

Resolucion ICANH 1368 23 Agosto 2022.pdf

Estudio de Impacto Ambiental Proyecto APE COR 15

Expediente VITAL LAV0046-00-2019 (Ventanilla Integral de Trámites Ambientales)

También es importante consultar constantemente el Expediente LAV0046-00-2019 en la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales (VITAL), ya que en esta la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales alojará los oficios de entrada y de salida relevantes para el desarrollo del proyecto: http://vital.minambiente.gov.co/SILPA_UT_PRE/ReporteTramite/ReportetramiteCPDetalle.aspx?NumSilpa=LAV0046-00-2019&Origen=SILA&TarSolId=194049&Solicitante=8562&TipoConsulta=Todos#

Presentación del Plan de Manejo Ambiental de los Pozos Zorro -1 y Oveja -1.pdf
Presentación Ajustes al Plan de Desmantelamiento y Abandono.pdf
Presentación Ajustes al Plan de Manejo Ambiental.pdf
Presentación Monitoreo de Calidad de Aire.pdf
Presentación Monitoreo de Fauna.pdf

Plan de Manejo Ambiental para los Pozos Zorro-1 y Oveja-1 Área de Perforación Exploratoria COR-15

Resumen Ejecutivo PMA Pozos Zorro-1 y Oveja-1

0 RESUMEN EJECUTIVO PMA ZORRO-1 M&P.pdf

Zonificación de Manejo Ambiental Pozos Zorro-1 y Oveja-1

CAPÍTULO 6 ZONIFICACIÓN DE MANEJO AMBIENTAL.pdf

Documentos y Mapas del Plan de Manejo de los Pozos Zorro-1 y Oveja-1

Zonificación de Manejo Pozos Zorro-1 y Oveja-1

PMA_ZORRO_MAPA_14 ZONIFICACION.pdf

Planes y Programas de Manejo Ambiental Proyecto APE COR 15

Programas de Manejo Ambiental APE COR-15

Capitulo 11.1.1 Programas de Manejo Ambiental_Vo.pdf

Plan de Seguimiento y Monitoreo APE COR-15

Capitulo 11.1.2 Plan de Seguimiento y Monitoreo_Vo.pdf

Plan de Gestión del Riesgo APE COR-15

Capitulo 11.1.3 Plan_de_Gestión_del_Riesgo_Vo.pdf

Plan de Desmantelamiento y Abandono APE COR-15

Capitulo 11.1.4 Plan de desmantelamiento y abandono_Vo.pdf

Plan de Inversión Forzosa de no menos del 1% APE COR-15

Capitulo 11.2.1 Plan de Inversion del 1%_Vo.pdf

Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad

Capitulo 11.2.2 Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad_Vo.pdf

Zonificación de Manejo Ambiental impuesta por la ANLA al Área de Perforación Exploratoria (APE) COR15*

Zonificación de Manejo Ambiental APE COR15.pdf

*Las escalas en las cuales son presentados los Estudios de Impacto Ambiental y los Planes de Manejo Ambiental (PMA) específicos son diferentes. La escala de trabajo de los PMA específicos para cada pozo se encuentra a un nivel mayor de detalle, por lo cual es posible que en estos queden cartografiadas otras unidades relacionadas con la Zonificación de Manejo Ambiental del APE COR15.

A continuación encontrarán la publicación que realizamos el 12 de julio de 2022 en nuestro Facebook por solicitud de la comunidad de Corrales que ha estado interesada y preocupada por los impactos ambientales y sociales de la industria petrolera en su territorio.

INFORMACIÓN IMPORTANTE: Maurel & Prom inicia actividades del Pozo Zorro-1 en #Corrales. #ATENCIÓN Provincias #Tundama y #Valderrama en #Boyacá

La comunidad de Corrales nos informa lo que al parecer es el inicio de las actividades de la multinacional #MaurelAndProm para la perforación exploratoria de su primer pozo en #COR15 (Pozo Zorro-1). Compadres y comadres de la vereda #ReyesPatria reportan hoy, 12 de julio de 2022, la presencia de personal de la multinacional y de maquinaria amarilla en el siguiente predio --> https://goo.gl/maps/7g75ke6Vfj1mDxCg6 (parte superior izquierda de la imagen).

Consultamos el Concepto Técnico 6188 del 8 de octubre de 2021 (Página 490), el cual revela que las actividades de la multinacional estarían ocurriendo en áreas consideradas de #Exclusión según las Resoluciones 1795 de 2021 y 335 de 2022 con las cuales la #ANLA otorgó Licencia Ambiental al Área de Perforación Exploratoria (APE) COR-15 (parte superior derecha de la imagen).

Debido a las falencias del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), la ANLA tuvo que imponerle a la multinacional #MaurelEtProm una Zonificación de Manejo Ambiental, esto mediante el ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO de la Resolución 1795, mismo que fue modificado por el ARTÍCULO SEGUNDO de la Resolución 335.

Al analizar la cartografía del EIA del proyecto COR-15 (parte inferior de la imagen) evidenciamos que la multinacional pretende intervenir ÁREAS DE EXCLUSIÓN correspondientes a “áreas de amenaza alta y muy alta a fenómenos de remoción en masa” y de INTERVENCIÓN CON RESTRICCIONES “cuerpos de aguas lóticos y su ronda de protección de 30 m., medidos desde la cota máxima de inundación”. El ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO de la Resolución 1795 aclara que dichos cuerpos y su ronda sólo pueden intervenirse en “los sitios donde se autorice la ocupación de cauce para la adecuación de vías existentes y el tendido de líneas de flujo flexibles que no requieran remoción ni intromisión del cauce, ni de las márgenes (con una franja de movilidad de 3 metros aguas arriba y aguas abajo)”, o para realizar la captación “de aguas superficiales en los sitios autorizados”, por lo que la multinacional también estaría haciendo caso omiso a dichas restricciones.

Según nos informan, la comunidad de la vereda Reyes Patria y su Junta de Acción Comunal desconocen el Plan de Manejo Ambiental (PMA) de la locación que pretendida por MAUREL & PROM COLOMBIA B.V., y si ésta ya cumplió o no con lo ordenado en los artículos CUADRAGÉSIMO PRIMERO (inventario al 100% de los puntos hidrogeológicos y/o hídricos alrededor de los 200 m del área a intervenir) y CUADRAGÉSIMO SEGUNDO (identificación de los lugares de interés cultural, histórico y arqueológico), consignados en la Resolución 1795.

También desconocen si la multinacional cuenta con un Programa de Arqueología Preventiva y con la Autorización de Intervención Arqueológica, cuya competencia es del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) y sin las cuales legalmente no podrían empezar a remover suelo.

Nuestra experiencia lidiando con esta multinacional en el Bloque #MNorte en #Tota y #Pesca nos enseñó que sus empleados y contratistas siempre van a decir que "están cumpliendo con todo", aunque los hechos revelen todo lo contrario: tanto en los pozos #Bachué, #Suamox y #Balsa siempre fueron en contravía de las leyes, y por eso la ANLA y el ICANH les iniciaron procesos sancionatorios.

Por lo anterior, recomendamos a las comunidades que documenten todo lo que está haciendo la multinacional tomando fotos, videos y grabaciones de voz, y que pregunten tanto a la @Autoridad Nacional de Licencias Ambientales como al @ICANH si la multinacional tiene sus papeles en regla, y si con sus acciones no está yendo en contravía de la Licencia Ambiental. A la menor evidencia de incumplimiento, las comunidades están en su pleno derecho de exigirle a las autoridades y a la multinacional que detenga sus actividades, hasta tanto no de garantías ciertas y debidamente soportadas de estar respetando la legislación colombiana.

Tengan en cuenta que sus preguntas pueden enviarlas mediante Derechos de Petición a los correos licencias@anla.gov.co y contactenos@icanh.gov.co ¡Y si necesitan ayuda, tampoco se les olvide susmercedes! Pueden escribirnos a los correos getuliomuisca@gmail.com y quejuliaparamoflores@gmail.com o contactarnos por Facebook.

Tampoco olviden consultar el Manual para la Defensa Territorial, disponible en la página web de la Corporación Guamán Poma --> https://sites.google.com/view/corpguamanpoma/proyectos-ejecutados y la información del proyecto COR15 disponible en nuestra página web (EIA, Resoluciones y demás) --> https://sites.google.com/site/colectivosugamuxi/petr%C3%B3leo-provincias-de-tundama-y-valderrama

#SiNosJuntamos #LosAtajamos

Publicación original: https://www.facebook.com/354171434628733/photos/a.358363040876239/5665582470154243/?type=3