El Programa de Gratuidad de los Libros de Texto tiene los siguientes referentes normativos:
El artículo 21.5 del Estatuto de Autonomía de Andalucía que garantiza la gratuidad de los libros de texto en la enseñanza obligatoria en los centros sostenidos con fondos públicos.
La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía que, en su artículo 49.3, establece que la Administración educativa adecuará el principio de gratuidad a la disponibilidad de nuevos soportes del conocimiento en la sociedad de la información.
La Orden de 27 de abril de 2005 que regula el Programa de Gratuidad de los Libros de Texto del alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros sostenidos con fondos públicos y establece las actuaciones que se llevarán a cabo para la implantación del citado programa en Andalucía:
El alumnado beneficiario del presente programa dispondrá gratuitamente, en régimen de préstamo, de los libros de texto elegidos por el centro para las enseñanzas obligatorias que esté cursando.
Los libros de texto serán propiedad de la administración educativa y permanecerán, una vez concluido el curso escolar, en el centro docente donde el alumnado haya cursado las enseñanzas, de forma que puedan ser utilizados por otro alumnado en años académicos sucesivos.
Los centros docentes sostenidos con fondos públicos quedan sometidos a la obligación de guarda y custodia respecto de los libros de texto utilizados por el alumnado inscrito en ellos, durante los periodos de tiempo en que actúen como depositarios de los mismos.
Los libros de texto serán renovados cada cuatro cursos escolares.
El alumnado beneficiario del programa de gratuidad de libros de texto queda sujeto a la obligación de hacer un uso adecuado y cuidadoso de los mismos y de reintegrarlos al centro una vez finalizado el curso escolar o en el momento de su baja del centro si se produce su traslado.
El deterioro culpable o malintencionado, así como el extravío de los libros de texto supondrá la obligación, por parte de los representantes legales del alumnado, de reponer el material deteriorado o extraviado, de acuerdo con lo que se recoge en dicha Orden.
Los centros incorporarán en su Reglamento de Organización y Funcionamiento las normas de utilización y conservación de los libros de texto y demás material curricular puesto a disposición del alumnado, así como las sanciones que corresponderán en caso de extravío, o deterioro culpable o malintencionado de los mismos, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente sobre derechos y deberes del alumnado y normas de convivencia en los centros docentes públicos y privados concertados no universitarios.
Por otra parte, la forma de colaboración de las personas que ostenten la tutoría en la gestión del Programa de Gratuidad de los Libros de Texto está contemplada en varias normas legislativas:
El Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, en su artículo 91, que establece las funciones de la tutoría, recoge entre ellas la de su letra n): Colaborar, en la forma que se determine en el reglamento de organización y funcionamiento, en la gestión del programa de gratuidad de libros de texto.
La Orden de 27 de abril de 2005, en su artículo 8 establece las actuaciones que se realizarán en el centro para la revisión y reposición de los libros de texto y en su artículo 15 contempla la creación de una comisión, en el seno del Consejo Escolar del centro, encargada de la gestión y supervisión del programa de gratuidad.
En nuestro centro la puesta en práctica del Programa de Gratuidad en estos últimos años ha hecho necesarias dos medidas previas que vamos a seguir manteniendo, en la medida de lo posible, y que detallamos a continuación.
Será la comisión permanente quien conforme la Comisión de Libros de Texto que se encarga de la gestión y supervisión de los procedimientos aquí establecidos.
Todas las personas que ostenten la tutoría de un grupo serán miembros de la Comisión a título consultivo, para las ocasiones en que sea necesario estudiar el uso que haya hecho de los materiales algún estudiante cuya trayectoria educativa hayan seguido los mencionados tutores. Además, los tutores de grupo participarán directamente en todos los procesos de reparto y devolución de libros de texto explicados más adelante aunque, para ello, podrán contar con la ayuda del profesor encargado de libros, del padre o madre delegado de grupo y de otros padres y madres voluntarios.
La entrega y recogida de los libros de texto correrán a cargo de la vicedirección, con la colaboración de los tutores de los grupos, de los delegados de padres y madres y de la secretaría del centro, a la hora de la adquisición y reposición de los libros que sean necesarios.
La vicedirección será quien se encargue de gestionar, con ayuda del programa informático adquirido por el centro para este fin, la entrega y devolución de los libros por parte del alumnado. Dicho programa informático le permitirá hacer un inventario de los libros que hay en depósito en el centro en cada momento, conociendo siempre las necesidades que se puedan plantear.
Dado que la normativa contempla que los libros de texto serán renovados cada cuatro cursos escolares, a la hora de entregar estos al alumnado, se podrán contemplar dos situaciones distintas:
Adquisición de libros de texto nuevos
El procedimiento para la adquisición de los libros de texto está recogido en las Instrucciones de la Dirección General de Participación e Innovación Educativa de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. De todas formas, podemos concretar este procedimiento en los pasos siguientes:
El Director, o la persona en quien delegue, hace entrega de los Cheque-Libros a los representantes legales del alumnado beneficiario en el momento de la matriculación del mismo en el Punto de Recogida de iPasen. Por lo tanto habrá alumnado que recibirá su Cheque-Libro en julio.
Los Cheque-Libros se ajustarán al modelo reglamentario que emite la aplicación Séneca.
En el momento de la entrega de los Cheque-Libros a los representantes legales del alumnado, se les informará de que para favorecer la protección y conservación de los libros que adquieran al canjear el Cheque-Libro, será obligación de las familias el forrar adecuadamente con plástico transparente no adhesivo, todos los libros recibidos.
El alumnado y sus representantes legales revisarán el Cheque-libro y comprobarán que se ajusta a las materias en que el alumnado se ha matriculado, comunicando cualquier error lo antes posible y siempre antes de entregar el citado Cheque-libro en el comercio elegido.
Los representantes legales del alumnado podrán canjear los Cheque-Libros que le han sido entregados en el centro, en la librería o establecimiento comercial de su elección.
Para garantizar que todo el alumnado disponga de libros de texto, según lo recogido en las Instrucciones citadas, el centro podrá emitir a partir del 15 de septiembre los Cheque-Libros del alumnado cuyos representantes legales no hayan pasado a recogerlos antes de esa fecha, autorizando al director para la adquisición directa de los materiales correspondientes y su posterior entrega a dicho alumnado.
Las librerías y establecimientos comerciales presentarán al centro las correspondientes facturas en los plazos y con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Con los libros de texto ya en poder del alumnado, se establecerá un calendario en los primeros días del curso para proceder a su registro y etiquetado. Para ello, el centro ha adquirido un programa informático que edita un código de barras para cada libro. Cada código es asignado a un alumno concreto, por lo que no existe posibilidad de que un libro sea posteriormente devuelto por un alumno al que no se le asignó.
Entrega de libros de texto usados
En junio, durante las últimas dos semanas del curso se procederá a la devolución de los libros de texto que ha estado usando el alumnado. Para organizar dicha devolución, la vicedirección establecerá el calendario oportuno para cada uno de los grupos teniendo presente los siguientes puntos:
La devolución de los libros se llevará a en los últimos días de curso y los entregará todos juntos en el aula del grupo. Podrá llevárselos a casa si algún profesor lo considera necesario para el estudio durante esos últimos días, comprometiéndose el estudiante a devolverlo una vez usado. Se entregará un comprobante cuando se haya corroborado que el alumno deja todos los libros en el centro.
El alumnado que vaya a repetir curso mantendrá en su poder el mismo lote de libros que el curso anterior, aunque ya comenzado el curso, la vicedirección lo citará un día para reasignarle el mismo lote en el nuevo curso usando la aplicación informática del centro.
La normativa que regula el Programa de Gratuidad de Libros de Texto establece claramente estos tres principios:
El alumnado tiene la obligación de hacer un uso adecuado y cuidadoso de los libros de texto y de reintegrarlos al centro una vez finalizado el curso escolar o en el momento de su baja del centro si se produce su traslado.
El deterioro culpable o malintencionado, así como el extravío de los libros de texto supondrá la obligación, por parte de los representantes legales del alumnado, de reponer el material deteriorado o extraviado.
Los centros incorporarán en su Reglamento de Organización y Funcionamiento las normas de utilización y conservación de los libros de texto y demás material curricular puesto a disposición del alumnado, así como las sanciones que corresponderán en caso de extravío, o deterioro culpable o malintencionado de los mismos, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente sobre derechos y deberes del alumnado y normas de convivencia en los centros docentes públicos y privados concertados no universitarios.
Por lo tanto, en nuestro centro se establecen las siguientes normas de utilización y conservación de los libros de texto:
Puesto que durante los cuatro años de vigencia de los libros de texto seleccionados estos serán reutilizados por otro alumnado, el beneficiario está obligado al cuidado y buen uso de los mismos.
Los padres, madres o representantes legales del alumnado están obligados a realizar un seguimiento periódico del uso que sus hijos hacen de los libros prestados, procurando de ellos el cuidado pretendido.
El profesorado de cada curso, y especialmente el docente que ostente la tutoría, supervisará de manera frecuente y periódica el estado de conservación de los libros de texto, informando a la jefatura de estudios adjunta de aquellos casos en que el estado del libro haga necesaria su reposición inmediata.
El deterioro culpable o malintencionado, así como el extravío de los libros de texto supondrá la obligación, por parte de los representantes legales del alumnado, de reponer el material deteriorado.
Para el buen uso y mantenimiento de los libros de texto se tendrá en cuenta que es obligatorio forrarlos todos con plástico transparente no adhesivo, no se podrá escribir, pintar, subrayar ni pegar en ellos y, en la etiqueta identificativa se escribirá el nombre del alumnado al que se ha asignado cada libro.
En el caso de que un alumno tenga que reponer algún libro por deterioro o extravío, la secretaria solicitará a su familia la reposición del material mediante notificación escrita previa notificación de la vicedirección.
Esta reposición deberá hacerse dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de la notificación. Ante la imposibilidad de adquirir un ejemplar nuevo del libro deteriorado o extraviado, el representante legal del alumno en cuestión podrá entregar al centro el importe económico correspondiente.
En el caso de que los padres, madres o representantes legales manifiesten su disconformidad con la reposición de alguno de los libros requeridos, elevarán una reclamación al Consejo Escolar en el documento establecido al efecto, para que resuelva lo que proceda.
Si un alumno cambiara de centro a lo largo del curso y no devolviera los libros de texto que le fueron entregados, la dirección elevará el informe correspondiente, que será enviado al centro educativo de destino para que resuelva según proceda.
Cualquier demanda que se realice a los padres, madres o representantes legales del alumnado en relación a la reposición de los libros de texto por pérdida o deterioro culpable, no puede conllevar su exclusión del Programa de Gratuidad. Ello no es óbice para que no le sean entregados los libros de texto correspondientes al año académico en curso hasta tanto no reponga los que le son demandados.
No obstante, si la situación creada se extendiera en el tiempo e impidiera el reconocido derecho al estudio del alumno, se podrán adoptar las siguientes medidas alternativas:
Exclusión de la participación en actividades extraescolares.
Desempeño de trabajos de conservación y cuidado del centro educativo, en proporción al importe de los libros demandados.
Remisión de un informe a la Delegación Provincial de Educación.
Supresión de cualquier ayuda económica para la participación en actividades complementarias o extraescolares.
Basándonos en la normativa que regula la colaboración de los tutores en el Programa de Gratuidad concretamos nuestro proceder en el IES El Fontanal:
Todas las personas que ostenten la tutoría de un grupo serán miembros de la Comisión del Consejo Escolar a título consultivo, para las ocasiones en que sea necesario estudiar el uso que haya hecho de los materiales algún alumno de su grupo.
En el caso de entrega de los Cheques-libro, serán también los tutores los que deberán comprobar que las materias que figuran en los mismos coinciden con aquellas en que el alumnado se haya matriculado.
Una de las labores de la tutoría será mejorar en el alumnado la educación en valores y actitudes solidarias, valoración de los libros de texto, materiales de estudio y lectura, respeto al medio ambiente y cuidado de los bienes de uso común, aspectos que suponen el desarrollo del Programa de Gratuidad.
Los tutores deberán colaborar con la vicedirección en la forma en que ésta dictamine para supervisar de manera frecuente y periódica el estado de conservación de los libros de texto, facilitando así el control que de los mismos habrá de realizar a la finalización del curso.
También colaborarán los tutores en la forma que organice vicedirección para agilizar la entrega y recogida de los libros de texto a su alumnado.