ORGANIZACIÓN Y VIGILANCIA EN RECREOS, CAMBIOS DE CLASE Y ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

Comienzo, desarrollo y finalización de las clases. 

La cancela exterior estará abierta con antelación suficiente para que el  alumnado pueda llegar a las puertas de acceso al edificio. El comienzo de las  clases se anuncia con un toque de timbre (ahora timbre musical) en el interior  del edificio, este timbre se utiliza para los cambios de clase. 

Cinco minutos después del toque de entrada, se cerrará la puerta. El  alumnado que llegue con retraso deberá tocar para que las ordenanzas le  permitan la entrada y deberá entrar acompañado de un tutor legal o persona  autorizada. 

Se cambiará de asignatura o clase al toque de timbre según el horario  establecido. El profesorado debe llegar a las clases con la mayor puntualidad   posible, evitando tener que pasar por la Sala del Profesorado o por los  departamentos si no es necesario. De esta forma tratamos de evitar que los  alumnos y las alumnas puedan provocar situaciones no deseadas. Para ello,  se insta al profesorado a realizar las guardias de pasillo al inicio de su servicio  de guardia habitual. 

Durante este tiempo el alumnado permanecerá en sus aulas en un  ambiente tranquilo y sosegado, preparando los materiales para la siguiente  clase, no debiendo salir al pasillo ni a los servicios. Los tutores y las tutoras  harán hincapié sobre ello en sus tutorías y todo el profesorado cuidará para  que lo anteriormente expuesto se cumpla. 

En caso de que un grupo de alumnos/as tenga que trasladarse a un aula  específica aguardarán en su clase a que venga el profesor/a correspondiente. 

Funciones del profesorado de guardia 

1. Velar por el cumplimiento del desarrollo de las actividades del centro. 

2. Velar por el desarrollo de las actividades durante el recreo,  dedicando una mayor atención a los primeros cursos para garantizar  su integración. 

3. Procurar el mantenimiento del orden así como atender a los alumnos  en ausencia del profesor encargado de la materia. 

4. Auxiliar oportunamente a los alumnos que sufran algún tipo de  accidente. 

El profesorado de guardia desempeñará sus funciones durante el horario  lectivo del instituto, así como en el tiempo de recreo. Se procurará que en cada  sesión haya siempre, como mínimo, dos profesoras o profesores de guardia. 

Al inicio de su jornada o de su guardia, el profesorado de guardia revisara  el cuaderno de guardias. 

Guardias de recreo 

En cada tiempo de recreo habrá cuatro miembros del profesorado de  guardia que estarán en la pista en cada uno de sus extremos, en la zona de  salida de cafetería y otro en la biblioteca. 

Uno de los profesores de guardia será el encargado de pasar por todas  las aulas y asegurarse de que las puertas están cerradas con llave, las luces  y proyectores apagados. La salida al patio y entrada tras el recreo será́  por la puerta al final del pasillo junto a las escaleras. 

Ningún alumno/a deberá́ permanecer en el edificio –salvo en la  biblioteca- sin autorización, ni utilizar otra puerta de acceso que no sea la prevista

Durante este tiempo de descanso el alumnado podrá́ optar por salir  al patio, participar en actividades deportivas (como liguillas de fútbol,  baloncesto, etc.…), permanecer en la biblioteca realizando tareas,  consultando internet, leyendo, o jugando al ajedrez... o en la cafetería (si  procede. Este año no contamos con este servicio)

En el caso de que por cuestiones meteorológicas no se pudiera acceder  a las pistas, el alumnado podrá́ permanecer en la planta baja bajo la  supervisión del profesorado de guardia, que se ubicará en los pasillos de la  planta baja y en las escaleras de acceso a la segunda planta para un mejor  control de estos espacios. Las aulas permanecerán abiertas, el alumnado se  quedará en su aula de referencia y la biblioteca se mantendrá cerrada ese día. 

Tiempo inter – clase y guardias de pasillo 

Las clases se desarrollan de manera continuada siendo el “tiempo inter clase” el tiempo de llegada del profesor/a entre sesiones lectivas. Como norma  general los tiempos inter-clase (cambio de profesor/a, de espacio, de grupo...)  ocuparán lo estrictamente necesario. 

Durante el cambio de clase, el profesorado que entra de guardia en un  tramo horario, debe ir directamente a uno de los pasillos, el de la planta baja  o primera planta, y ha de permanecer allí hasta que los compañeros entren en  clase. Durante este intervalo deben velar por que los/as alumnos/as  permanezcan en sus aulas. Por lo tanto, no deben permitir: 

• Que haya alumnado deambulando por los pasillos, especialmente, si  no están en la planta que les corresponde. 

• Que haya alumnado en cafetería. La puerta de cafetería debe  permanecer cerrada. Sus puertas se abrirán para el alumnado sólo  durante el recreo. Se le sancionará a quien esté en cafetería fuera  del horario permitido. Este curso no tenemos servicio de cafetería. 

Todo el Claustro debe colaborar con el profesorado de guardia y recordar  al alumnado las normas del centro en los cambios de clase. 

En casos en los que un grupo tenga reiterado mal comportamiento en los  cambios de clase, se podrán tomar “medidas inter-clase excepcionales”. En  estos casos el profesor/a que termine su clase deberá esperar al profesor/a  que tiene la siguiente hora lectiva en esa aula, controlando que no haya  conflictos e impidiendo así que el alumnado quede solo en clase. 

Organización de actividades complementarias y extraescolares.

Se consideran actividades complementarias aquellas organizada  durante el horario escolar y encaminadas a la consecución de los objetivos  educativos propuestos, pero que tienen un carácter diferenciado de las  propiamente lectivas. Se hallan reguladas en la en la Orden de 14 de julio de  1.998 y por las Orden de 27 de marzo de 2019. Sin perjuicio de ello  este Centro establece que si para su desarrollo fuera necesaria la salida de la localidad o del centro se requerirá siempre la autorización de los representantes legales del  alumno o alumna. Para ello se utilizará preferentemente el módulo de  autorización de actividades complementarias y extraescolares de SENECA o  en su defecto autorización escrita del padre madre o tutor legal. 

Cuando se organiza una actividad fuera del centro hay que atender al  alumnado del profesorado que interviene en la actividad y que queda en el  centro (tanto de los grupos participantes como de otros grupos). 

Las actividades extraescolares se realizarán fuera del horario lectivo,  tendrán carácter voluntario y en ningún caso formarán parte del proceso de  evaluación. El ordenamiento que las regula se halla recogido en las normas  citadas para las actividades complementarias. 

Las actividades complementarias y extraescolares propuestas por los  distintos departamentos dentro de su programación y recogidas en la  Planificación de actividades complementarias serán desarrolladas por cada  departamento que hará la propuesta al inicio de curso para ser informada por  el Consejo Escolar y aprobada por la dirección y realizará la memoria de la  misma. 

Se planificarán para las alumnas y alumnos que no participan, las  actividades que deberán realizar en sustitución de aquellas que el grupo que 

asiste a la actividad realice, Se informará al alumnado el horario de asignaturas que tendrán el día de la actividad y las consecuencias que se  derivan de su no asistencia. 

El departamento que organiza la actividad, solicitara a la Jefatura de  estudios la relación, del alumnado sancionado con la privación de asistir a  actividades extraescolares, si los hubiere, antes de elaborar el listado definitivo  de alumnas y alumnos que participan. 

Las charlas a cargo de organizaciones o colectivos, etc. que se hayan  programado se desarrollarán en el horario de tutoría o asignatura vinculada a  la temática de la charla en la medida de lo posible. En caso de no poder ser  así por imperativos horarios habrá que reajustar el horario para que no se  pierdan horas de clase. 

El profesorado responsable de esa charla, permanecerá en el aula con  el grupo de alumnos que tiene asignado en ese momento, vigilando el  desarrollo de la misma ya que están en un periodo de clase, salvo petición  expresa de los responsables de las charlas. 

Además se tendrán en cuenta las siguientes instrucciones:

1. Toda actividad complementaria y extraescolar ha de estar incluida en la Programación General Anual del Centro y estar en consonancia con los objetivos previstos en la misma. La programación y realización de dichas actividades ha de tener un carácter abierto y flexible, de manera que aquéllas no contempladas inicialmente en la P.G.A. se pueden realizar siempre que sean oportunamente aprobadas por el Consejo Escolar. Asimismo, el Consejo Escolar podrá aprobar directrices para que, excepcionalmente, el Equipo Directivo autorice una actividad, imprevista en la Programación General Anual, que por su temporalización no pueda comunicarse previamente al mismo. En este caso, el Equipo Directivo informará al Consejo Escolar en el menor plazo de tiempo posible. 

2. La promoción, organización y participación de las actividades complementarias/extraescolares corresponde al profesorado y será obligatoria para estos, una vez hayan sido aprobadas por el Consejo Escolar en las programaciones didácticas incorporadas a la PGA.

3. Toda actividad extraescolar y/o complementaria tiene que tener el presente un contenido mínimo: Objetivo de la actividad, lugar de celebración, características o itinerarios, horario, alumnado, cursos, profesorado y acompañantes con asignación de grupos según ratios establecidas, relación de alumnos que necesitan atención especial según los datos médicos facilitados por la familia y debidamente actualizados y transporte. 4. Toda actividad extraescolar y/o complementaria deberá ser aprobada por el Consejo Escolar y se realizará con conocimiento de la Dirección.

5. Aquellas actividades con duración de más de un día que impliquen pernoctar fuera del hogar familiar deberán ser aprobadas por el Consejo Escolar, y la Dirección del Centro deberá comunicar por escrito, con una antelación mínima de siete días y adelantado el contenido del Programa que dicha actividad generará dentro y fuera del centro escolar, a las familias. A estos efectos el profesorado responsable de la actividad debe realizar las correspondientes gestiones y entregar el Programa de dicha actividad en la dirección con una antelación mínima de dos semanas.

6. En caso de cualquier modificación en el Programa deberá comunicarse a la Dirección al menos con 4 días hábiles de antelación antes de la fecha prevista de salida. 

7.- Para que el alumnado pueda realizar la actividad es requisito imprescindible que el profesorado responsable de la actividad tenga conocimiento por escrito de los datos médicos de aquellos alumnos que requieran atención especial. Y deberá llevar a la actividad un duplicado del informe o certificado médico actualizado de aquellos alumnos y alumnas que requieran atención especial. 

8. La Dirección tendrá que informar con antelación a la actividad, la realización de la actividad a aquellos profesores que vayan a tener clase con ese o esos grupos en el día de la misma. A estos efectos el profesorado coordinador de la actividad debe comunicar la propuesta con un antelación mínima de 10 días hábiles para elaborar la distribución horaria e informar al profesorado afectado, habilitar los espacios y recursos o, en su caso, contratar el transporte. Asimismo, el equipo coordinador de la actividad presentará con 3 días de antelación, una relación nominal de los alumnos y alumnas que van a participar en dicha actividad con sus respectivos acompañantes. Cuando la actividad no ocupe todo el horario escolar, el alumnado estará obligado a asistir tanto a las clases previas, como a las posteriores, de esta circunstancia el profesor debe informar claramente al alumnado y a las familias. 

9. El profesorado, antes de la realización de la actividad, informará detalladamente al alumnado sobre el tipo de ropa y útiles necesarios y adecuados para efectuar la salida escolar. 

10. Todo el alumnado tiene el derecho a asistir a las actividades complementarias programadas. Sólo se puede privar al alumnado que acumule cinco o más días de expulsión en este caso no podrá asistir a las actividades extraescolares programadas,  medida disciplinaria acordada y recogida en este documento así como en el Plan de Convivencia, después de la aprobación del consejo escolar y recogido en acta.

11. Toda actividad complementaria debe ser evaluada, según el modelo consensuado.