Participación de los alumnos y alumnas. 

Derechos y deberes del alumnado y relación con el centro. 

Uno de los objetivos fundamentales de nuestro centro es fomentar  la participación de los alumnos/as. Considerando que la Educación es un  acto de comunicación que favorece las relaciones personales y sociales,  es necesario promover el aprendizaje de dichas relaciones sociales  basadas en la aceptación e integración del medio social en que se  desarrollen, en este caso el Centro Educativo. 

Tendrán los deberes establecidos en el Artículo 2 del Decreto 327  / 2010 (ROC), y los derechos mencionados en el Artículo 3 de dicho  Decreto. 

Cauces de participación. 

Para facilitar el cumplimiento de todo lo expuesto en el punto  anterior, el alumnado canalizará su participación en la vida del centro de  la siguiente forma: 

a) A nivel individual 

b) A través del Delegado de Clase 

c) Tutorías lectivas y asambleas de clase

d) A través del Consejo Escolar 

A nivel individual 

Cualquier alumno/a del centro podrá comunicarse con el Equipo  Directivo, Orientación o el Tutor/a para tratar de asuntos particulares de  especial relevancia o urgencia. Dicha comunicación se establecerá en el  recreo o a la hora lectiva que se le indique, siempre que cuente con el  permiso del profesor/a que le esté dando clase. 

Será motivo de atención inmediata la denuncia por parte del alumno  o alumna de algún supuesto de acoso escolar, agresión o maltrato y se  actuará según los protocolos establecidos en el Plan de Convivencia. 

También podrá el alumnado participar de manera individual en la  vida del centro manifestando sus cualidades culturales o artísticas,  haciendo propuestas y colaborando en cualquier actividad académica,  cultural o extraescolar.

A través del Delegado de Clase 

Los delegados y delegadas de grupo, elegidos por sufragio directo  y secreto, durante el primer mes de curso escolar, colaborarán con el  profesorado en los asuntos que afecten al funcionamiento de la clase y, en su caso, trasladará al Tutor o Tutora las sugerencias y reclamaciones del grupo al que representan. De la elección del Delegado quedará  constancia por escrito según modelo de Acta de Elección que el  Departamento de Orientación facilitará a los Tutores. 

La candidata o el candidato con mayor número de votos se  convertirá en el delegado o la delegada y el segundo en número de votos  será el subdelegado o la subdelegada. En caso de que, por dispersión de  los candidatos/as, el número de votos otorgado no sea representativo, se  podrá realizar una segunda vuelta con las dos votaciones más altas. 

Sus funciones tendrán vigencia por el periodo del curso académico  en el que han sido elegidos, aunque podrán ser revocados previo informe  razonado dirigido al tutor o tutora por la mayoría absoluta del grupo que lo  eligió, por la baja en el centro o por el incumplimiento de sus funciones sin  justificación satisfactoria. 

Los delegados y subdelegados podrán ser revocados de sus cargos  por Jefatura de Estudios en los siguientes casos: 



En función de las necesidades de nuestro Centro, los delegados/as  de grupo (o en su ausencia, los subdelegados/as) tendrán los siguientes  derechos, deberes y funciones básicas: 


Tutorías lectivas y asambleas de clase 

En el horario semanal del grupo existe una hora de tutoría lectiva  en la que, principalmente, se desarrollará el Plan de Orientación y Acción  Tutorial (POAT) elaborado por el Departamento de Orientación en  colaboración con las tutoras y los tutores donde se plantean asambleas,  información de interés para las alumnas y los alumnos, orientación  académica, ayuda en el estudio, participación en programas de salud,  prevención… 


A través del Consejo Escolar 

Los representantes de los alumnos/as en el Consejo Escolar  trasladarán a éste la información que la Junta de Delegados considere  oportuna. Del mismo modo, estos representantes transmitirán los  diferentes acuerdos tomados en el Consejo Escolar hasta los órganos derepresentación de los/las alumnos/as.