Coordinador/a

La persona coordinadora del programa será designada por la dirección del centro; en su selección se tendrá en cuenta la experiencia en la dinamización de la aplicación de las TIC en el aula, así como la utilización y conocimiento de metodologías didácticas activas que requieran la utilización de medios digitales. Asumirá las funciones de la coordinación TIC en tanto ésta se mantenga en vigor.

La asignación de horas para las funciones propias del cargo, dentro de su horario lectivo y/o complementario, se establecerán de acuerdo con los márgenes que ofrece la actual configuración del régimen horario del profesorado.

El coordinador o coordinadora tendrá las siguientes funciones:

• Coordinar la elaboración de un Proyecto Mínimo Viable .

• Articular, en colaboración con el equipo de coordinación del PRODIG en el centro, un Plan de Actuación Anual para el desarrollo del programa, estableciendo una metodología de trabajo en con espacios y tiempos para el debate y la reflexión.

• Colaborar con la persona responsable de la Jefatura del Departamento de Formación, Evaluación e Innovación Educativa y su figura homóloga en los centros educativos que carecen de ella, en la detección de necesidades de formación y en la elaboración de propuestas de actuaciones formativas que faciliten el desarrollo del programa educativo.

• Asistir y participar en aquellas acciones formativas que sean convocadas con relación al desarrollo del programa.

• Impulsar y dinamizar la aplicación del programa.

• Facilitar a la Administración educativa la información necesaria en los casos que se requiera.

• Cumplimentar en el Sistema de gestión de centros docentes SÉNECA los requisitos necesarios para el correcto desarrollo del programa.

• Difundir y dar a conocer las experiencias desarrolladas y los resultados obtenidos.

• Informar sobre el desarrollo del programa al Claustro de Profesorado.

• Ejercer de interlocutor del centro educativo en las relaciones externas en referencia al programa.

• Cualquier otra función que le atribuya la Administración educativa en el ámbito de sus

competencias.