ACLARACIONES SOBRE LAS LICENCIAS Y PERMISOS
ANEXO
ACLARACIONES SOBRE LAS LICENCIAS Y PERMISOS Y SU TRATAMIENTO EN LOS PARTES MENSUALES DE AUSENCIAS DEL PROFESORADO NOTAS PREVIAS:
a) A efectos de interpretación de algunos artículos del Decreto citado, resulta relevante considerar la diferencia entre los días naturales y los días laborables (del calendario académico): el primer concepto incluye fines de semana y días declarados festivos, mientras que el segundo no.
b) Igualmente, cabe reseñar el diferente tratamiento que suponen la licencia y el permiso. En general, la licencia encierra la idea de autorización o necesidad de estudio del caso por el órgano correspondiente.
Ej: Licencia o baja por enfermedad o accidente. Licencia por riesgo durante el embarazo o riesgo durante al lactancia natural
Mientras que el permiso hace referencia a la posibilidad de ausentarse en casos previstos por la norma sin necesidad de estudio ni decisión particularizada de ningún órgano ha de ser solicitado y concedido por quien detenta la competencia legal de otorgarlo. Ej: Permiso por parto Las licencias vienen establecidas específicamente
Días hábiles = laborales
Los días hábiles = laborales son los días considerados aptos o válidos para el desarrollo de una actividad. En España se consideran hábiles los lunes, martes, miércoles, jueves y viernes no festivos, quedando por lo tanto excluidos los sábados, domingos y festivos.
A efectos de interpretación de algunos artículos del Decreto citado, resulta relevante considerar la diferencia entre los días naturales y los días laborables (del calendario académico): el primer concepto incluye fines de semana y días declarados festivos, mientras que el segundo no.