CONSEJO DE PASTORAL PARROQUIAL
El Consejo Parroquial de Pastoral (CPP) es un organismo «que preside el párroco y en el cual los fieles, junto con aquellos que participan por su oficio en la cura pastoral de la parroquia» prestan su colaboración para el fomento de la actividad pastoral.
El CPP es la principal forma de colaboración y diálogo, de participación, discernimiento pastoral y corresponsabilidad de los fieles con su párroco en toda la vida parroquial.
El párroco tiene el deber de escuchar al CPP para elaborar e implementar la planeación pastoral de la Parroquia.
Por su naturaleza el CPP tiene voto consultivo, a menos que para algunos asuntos el párroco pida proceder de otra manera y el consejo de su asentimiento.
Quehacer del Consejo
Manifestar al párroco las necesidades de los fieles, principalmente espirituales, y sus deseos así como, en razón de su propio conocimiento y prestigio, manifestarle su opinión sobre aquello que pertenece al bien pastoral de la Iglesia.
Ayudar al párroco a tener una conocimiento lo más completo posible de la realidad y pueda así estar atento a los desafíos del mundo actual y ser sensible a las angustias y esperanzas de sus gentes compartiendo sus vicisitudes y, sobre todo, asumiendo una actitud de solidaridad con los pobres.
Aconsejar al párroco en la determinación de metas, objetivos e indicadores pastorales para que la actividad pastoral de la parroquia sea orgánica, armónica y planificada.
Aconsejar al párroco para la mejor distribución del territorio parroquial en ambientes y sectores para una atención pastoral más adecuada.
Aconsejar al párroco para discernir los carismas y las cualidades de los fieles que puedan contribuir a la animación de la comunidad, escuchándolos y dialogando con ellos, para impulsar así su participación y corresponsabilidad y favorecer una mejor distribución de las tareas y servicios pastorales para las que los fieles pueden «sentirse llamados o ser llamados a colaborar... en el servicio de la comunidad eclesial, para el crecimiento y la vida de ésta, ejerciendo ministerios muy diversos según la gracia y los carismas que el Señor quiera concederles» (E.N. 73)
Ayudar al párroco a implementar y a impulsar el plan pastoral parroquial, decanal y diocesano.
Evaluar periódicamente los planes y programas pastorales y en general las actividades pastorales de la parroquia.
Para la elaboración de planes y la distribución de tareas, ténganse en cuenta principalmente las áreas señaladas en la organización básica.
Para la elaboración de planes y programa, ténganse en cuenta también la realidad socio-pastoral que prevalezca en la parroquia y que necesiten una mayor atención: familias, jóvenes, pobres, alejados o algunos otros grupos de personas cuya presencia prevalezca en la parroquia y que tengan una problemática propia.
Integración y organización del Consejo Parroquial de Pastoral
El párroco convoca y nombra a quienes por su conocimiento, competencia y prestigio han de formar parte de su CPP.
En el CPP se deberán incluir:
· Los presbíteros y diáconos que forman parte de la comunidad parroquial.
· Representante(s) de cada comunidad religiosa.
· Los coordinadores de las diferentes áreas de pastoral.
· El responsable(s) de los territorios y/o sectores.
· Los coordinadores de los principales grupos, asociaciones, hermandades y movimientos que tienen actividad en la parroquia.
El número de personas que integran el CPP, teniendo en cuenta lo señalado anteriormente, lo define el párroco, se sugiere un número que favorezca el diálogo y no sea difícil su convocación.
Si el párroco lo estima conveniente, una parte de los miembros del CPP pueden ser elegidos por los fieles que estén integrados en la comunidad parroquial, en la proporción que él mismo determine. En tal caso, el mismo párroco determina las condiciones para ser elector.
Una vez convocados por el párroco, los miembros del CPP se organizan por decisión del párroco o, si él así lo determina, por elección de los integrantes, de la siguiente manera:
Presidente: Siempre será el párroco. A El corresponde convocar a las reuniones, definir los asuntos a tratar y tomar las decisiones después de haber escuchado el parecer del CPP.
Moderador: De acuerdo con el párroco elabora la agenda de cada reunión y promueve y coordina la participación responsable de todos los miembros en cada sesión.
Secretario: Envía la convocatoria, prepara el material necesario y lleva un libro de actas de las sesiones del CPP para cada reunión. Ordena y archiva los documentos propios del CPP.
Desarrollo de las reuniones del Consejo
Nunca debe faltar en cada sesión la oración al comenzar y al finalizar.
La agenda para cada reunión del CPP la determina el párroco.
En cada sesión debe hacerse la lectura del acta de la reunión anterior.
Pueden los miembros del CPP sugerirle al párroco asuntos a tratar en las sesiones del CPP.
Todos los miembros del CPP deben participar activa, creativa y responsablemente en todas sus reuniones y manifestar con libertad y lealtad sus opiniones sobre aquello que son consultados.
El Párroco tiene el deber de escuchar con lealtad las opiniones de todos, aunque sean divergentes. Sólo a él le toca tomar decisiones.
Normas prácticas
Antes de nombrar el CPP conviene que el párroco lleve a cabo una campaña de concientización y preparación en toda su comunidad parroquial.
Se sugiere que los miembros del Consejo lleven a cabo reuniones extras de estudio, reflexión y oración para mejor prepararse a desempeñar su delicada tarea.
Se sugiere que los cargos de moderador y secretario tengan una duración mínima de tres años y máxima de cinco.