#ReflexiónCGR N.° 8
24 de abril de 2020
El procedimiento de compras públicas adquiere un papel fundamental durante la atención de una emergencia como la Pandemia del Covid-19.
La búsqueda de respuestas oportunas para atender necesidades extraordinarias requiere de innovación y transparencia, particularmente para el proceso de contratación administrativa.
La normativa es un medio y no un fin en sí mismo, lo que cobra mayor sentido en un contexto que exige aprovechar al máximo las posibilidades jurídicas existentes.
La búsqueda de soluciones oportunas ante una emergencia nacional como la Pandemia del Covid 19, requiere de grandes cuotas de creatividad, ingenio, innovación y transparencia. Se trata de atender necesidades extraordinarias en temas fundamentales, por ejemplo en empleo, calidad de vida y acceso a la tecnología, lo que requiere también de mucha agilidad y oportunidad en el procedimiento de compras públicas.
En pocas ocasiones las circunstancias han exigido tanto y en tan poco tiempo, de quienes gestionan las compras públicas, por lo que esta reflexión explora algunas alternativas disponibles en la normativa para apoyar a la Administración Pública en esta encrucijada.
El siguiente diagrama ilustra algunas orientaciones desde la fiscalización para la contratación administrativa en épocas de emergencia.
Figura 1.
Fiscalización para la contratación administrativa en momentos de emergencia
Fuente: Elaboración CGR, abril 2020.
Modificación contractual para garantizar la continuidad de los servicios públicos. La emergencia nacional introduce un nuevo contexto en los mercados nacionales e internacionales que afecta las posibilidades reales de los contratistas y un cambio repentino y sustancial en las necesidades sociales y en las prioridades públicas. Por tanto, la administración debe dar una lectura innovadora de su derecho a modificar los contratos adquiridos para garantizar la continuidad de los servicios públicos y satisfacer el fin público que el nuevo contexto exige. Esto podría evitar alternativas más drásticas, como la suspensión del plazo, la suspensión del contrato o la rescisión contractual, así como mitigar los efectos negativos de la emergencia sobre la actividad económica del país.
Lectura integral de las normas en situaciones de imprevisibilidad. El contexto exige una lectura distinta a los supuestos tradicionales de imprevisibilidad y es necesario que la administración articule y armonice otras normas que persiguen este mismo fin, tales como el artículo 80 de la Ley de Contratación Administrativa, el inciso k) del artículo 139 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa o el artículo 208 de ese mismo Reglamento. El marco jurídico que rige la contratación administrativa contempla alternativas explícitas para la atención de la emergencia, pues parte del principio de que las normas son un medio y no un fin en sí mismo para satisfacer el interés público.
Atención oportuna de los requisitos previos. La aplicación de procedimientos expeditos no exime del cumplimiento de los requisitos previos, como la existencia de contenido presupuestario. La existencia de recursos es un tema complejo de administrar, no solo en su asignación sino en su reasignación para la atención de necesidades indispensables. La definición de las estrategias de acción desde la compra pública, requiere considerar cuáles casos implican emprender procedimientos que no cuentan con los recursos presupuestarios en este momento, para requerir oportunamente una autorización del artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa.
La generación de soluciones en este contexto requiere de la lectura aguda del marco normativo, pero sobre todo de un enfoque que conforme al principio de eficiencia, garantice el fin público.
En un estado de normalidad, la gestión pública demanda cierto grado de discrecionalidad para la toma de decisiones y para otorgar agilidad y capacidad de responder a múltiples contingencias. El exceso de discrecionalidad también constituye una amenaza a la integridad en las decisiones de política pública, particularmente en la contratación administrativa, por lo que el establecimiento y la utilización de límites claros en términos de normas, políticas y directrices que la regulan, son necesarios para mejorar la eficiencia y prevenir la corrupción.
Estos instrumentos cambian drásticamente en un contexto de emergencia nacional, pues las prioridades públicas se centran en el cumplimiento de objetivos sociales más esenciales, como son la preservación de la vida de las personas o la mitigación del impacto negativo sobre la actividad económica de las familias, las empresas y el país.
Si bien es cierto, el contexto amerita la lectura integral de la normas para emprender o modificar contratos por razones de urgencia o de imprevisibilidad para garantizar la realización del fin público, la gestión de compras públicas debe preservar en todo momento la transparencia de las decisiones adoptadas y de los resultados logrados, como una garantía para la integridad en la gestión de las compras públicas y sin perjuicio de la obligación posterior de rendir cuentas antes la sociedad sobre el buen uso de los fondos públicos.
Más información en:
GIMENO FELIÚ, José María, La crisis sanitaria COVID‑19 y su incidencia en la contratación pública, en El Cronista, No. 86-87, Marzo-Abril 2020
Lanier, Dustin, Public Procurement Officers on the Front Line in COVID-19 Response, Disponible en: https://www.linkedin.com/pulse/public-procurement-officers-front-line-covid-19-response-lanier/?trackingId=xF86765xZZTFlFOyIe1GLA%3D%3D
Sentencias de la Sala Constitucional números 03410-92, 02448-95, 02661-95, 05966-99, 2005-008675
OCDE, Entidades Fiscalizadoras Superiores y el buen gobierno: supervisión, información y visión, Estudios de la OCDE sobre gobernanza pública, París, 2017.
Transparencia Internacional. Contrataciones públicas en estados de emergencia: elementos mínimos que los gobiernos deben considerar para asegurar la integridad de las adjudicaciones que realicen durante las contingencias. Disponible: https://www.transparency.org/files/application/flash/COVID_19_Public_procurement_Latin_America_ES_PT.pdf
Decreto Ejecutivo No. 42227-MP-S. Declaratoria de estado de emergencia nacional en todo el territorio de la República de Costa Rica, debido a la situación de emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19.
SARMIENTO, Jorge. Los servicios públicos, Buenos Aires, Ediciones Depalma, 1994.
Contraloría General de la República. Oficio No. 2660 del 16 de marzo de 2007.
La planificación también es esencial ante la emergencia sanitaria
Priorización del gasto en tiempo de emergencia: búsqueda de espacio fiscal en el Sector Público
Importancia de la auditoría interna estratégica, ágil y oportuna en tiempos de crisis
Liderazgo de los órganos de dirección en la continuidad de las Instituciones Públicas
Decisiones legislativas oportunas e integrales en el marco fiscal y social