REGLAMENTO INTERNO DE TALLERES Y LABORATORIOS DE COCINA
El reglamento sanitario de los alimentos, en su título XX, ART. 248ª, dice “Los manipuladores de alimentos estarán sujetos a las siguientes obligaciones”: No estar afectados de enfermedades infecto contagiosas, especialmente dermatológica.
Los manipuladores menores de 30 años de edad, deben vacunados contra la fiebre tifoidea, de aplicación anual.
Usar uniforme de trabajo incluido un gorro o cofia para cubrir el pelo, los que deberán mantener en buenas condiciones de limpieza.
Mantener un cuidadoso aseo corporal, en especial de las manos. Las uñas deben estar cortas, limpias y sin barniz.
No deberán atender los públicos, sean recibiendo o entregando dinero, o realizar tareas que pudieran contaminar sus manos y ropa de trabajo.
Deberán lavar prolijamente sus manos toda vez que hayan salido del recinto de trabajo y
deberán reiniciarlo.
Además no olvides de evitar malos hábitos, tales como:
1. Peinarse en la cocina.
2. Fumar durante la producción.
3. Estornudar sobre los alimentos.
4. Escupir en el área de trabajo.
5. Limpiar su nariz cerca de los alimentos que está manipulando.