La fiscalización tiene por objeto la investigación y la comprobación del cumplimiento de las obligaciones fiscales
La determinación hecha por la autoridad administrativa tiene lugar cuando se corrigen las declaraciones presentadas por los particulares o cuando se suple la falta de su presentación.
En la recaudación, la autoridad tributaria puede actuar de modo ordinario cuando el contribuyente paga voluntariamente, o desarrollar un procedimiento económico coactivo cuando el pago no ha sido realizado en tiempo y forma.
El control administrativo está referido al desarrollo de recursos administrativos para resolver los desacuerdos entre las autoridades administrativas fiscales y los particulares obligados fiscalmente.
En el ámbito estatal, las autoridades fiscales que se ocupan de la aplicación y gestión tributaria, se encuentran integradas a la Secretaría de Hacienda o a algún organismo con una denominación análoga.
La aplicación y gestión de las contribuciones en el ámbito municipal corresponde al ayuntamiento. Son autoridades fiscales municipales:
a. Los ayuntamientos
b. Los Presidentes Municipales
c. Los Síndicos Procuradores
d. Los Tesoreros municipales