Aspecto económico: “Esa actividad financiera tiene, indudablemente una dimensión económica por cuanto ha de ocuparse de la obtención o inversión de los recursos de esta índole, necesarios para el cumplimiento de aquellos fines”.
Aspecto político: Se refiere a que en la obtención de los ingresos deberá participar el Poder Legislativo, en donde se debatirán, se acordarán y se crearán las leyes respectivas.
Aspecto jurídico: Las actividades financieras del Estado deberán estar enmarcadas en las normas jurídicas que regulen en estado de derecho.
Aspecto sociológico: Se refiere a que “el régimen de tributos y de los gastos públicos ejercerá una determinada influencia, más o menos decisiva sobre grupos sociales que operan dentro del Estado”.