Conjunto de normas jurídicas impero-atributivas que rigen la conducta externa del hombre en sociedad, sancionadas por el Estado. Su estudio se divide en derecho objetivo y subjetivo.
DERECHO SUBJETIVO. Conjunto de facultades reconocidas a los individuos por la ley.
DERECHO OBJETIVO. Comprendidas las leyes que rigen las relaciones de los individuos entre sí, de los individuos con el Estado, de éste con aquellos y de los estados entre sí.
DERECHO FISCAL. El derecho objetivo nacional estará comprendida dentro de las normas jurídicas para regir los actos de los individuos, dentro del territorio de un Estado.
DERECHO ADMINISTRATIVO.
Estructura y organización del poder, para la función administrativa.
Medios patrimoniales y financieros.
Función administrativa.
Situación de los particulares con respecto a la administración.
La parte del Derecho Administrativo se relaciona con los medios patrimoniales y financieros, se relacionan con la Actividad Financiera del Estado, en tres momentos:
- Obtención de recursos.
- Administración de recursos.
- Aplicación de recursos.