Referencias Normativas
Referencias Normativas
Dentro del alcance definido del sistema de gestión ambiental, la organización debe determinar los aspectos ambientales de sus actividades, productos y servicios que puede controlar y de aquellos en los que puede influir, y sus impactos ambientales asociados, desde una perspectiva de ciclo de vida.
Cuando se determinan los aspectos ambientales, la organización debe tener en cuenta:
a) los cambios, incluidos los desarrollos nuevos o planificados, y las actividades, productos y servicios nuevos o modificados;
b) las condiciones anormales y las situaciones de emergencia razonablemente previsibles.
La organización debe determinar aquellos aspectos que tengan o puedan tener un impacto ambiental significativo, es decir, los aspectos ambientales significativos, mediante el uso de criterios establecidos.
La organización debe comunicar sus aspectos ambientales significativos entre los diferentes niveles y funciones de la organización, según corresponda.
La organización debe mantener información documentada de sus:
— aspectos ambientales e impactos ambientales asociados;
— criterios usados para determinar sus aspectos ambientales significativos;
— aspectos ambientales significativos.
NOTA Los aspectos ambientales significativos pueden dar como resultado riesgos y oportunidades asociados tanto con impactos ambientales adversos (amenazas) como con impactos ambientales beneficiosos (oportunidades).