Responsabilidades para el cumplimiento del Protocolo
¿Quién es el responsable del cumplimiento del Protocolo?
El cumplimiento de las disposiciones del presente Protocolo es responsabilidad de las entidades públicas señaladas en el alcance, a través de las oficinas de atención al ciudadano, o de las que hagan sus veces.
El órgano responsable se encarga de la recepción, evaluación y pronunciamiento respecto a las solicitudes de otorgamiento de ajustes razonables presentadas, y coordina con otros órganos para la evaluación de las solicitudes, las alternativas existentes y el otorgamiento efectivo de los ajustes razonables.