Asistencia Docente

En esta sección podés encontrar los criterios de registro de la asistencia docente y los links para los distintos recursos relativos a licencias docentes.

RECURSOS

Versión actualizada 2022.

MAILS IMPORTANTES

Prosecretaría: 

enslvsebs_ntprosecretaia@bue.edu.ar

Bedelía Traductorado:

tradusbs@gmail.com

Bedelía Profesorado de Inglés:

sbsprofingles@gmail.com

Bedelía Profesorado de Portugués:

sbsportu@gmail.com

ENSLV SEB SPANGENBERG 

SISTEMA DE REGISTRO DE LA ASISTENCIA DOCENTE




Éstos son los principios generales que rigen la actuación de Regencia, y por extensión Bedelía y Prosecretaría, respecto de la inasistencia y las licencias docentes:





En este apartado se describen todos los detalles sobre el registro y el funcionamiento de la asistencia docente.


B.1) Durante el periodo normal de clases


Mecanismo de Registro de la Asistencia


Durante las semanas entre el inicio y el final de cada cuatrimestre, la asistencia docente se registra mediante la firma en la planilla de registro diaria. Existe una planilla para cada turno y para cada día de la semana con el listado de todo el plantel docente, junto a las materias y horarios. Cada docente debe firmar junto a su nombre la entrada y la salida. La bedelía de cada carrera es quien se encarga de controlar la planilla de firmas al final del turno y consignar las inasistencias, que luego se reportan al final de cada semana a la Prosecretaría. En caso de que una docente olvide firmar, su condición queda en manos de la Bedelía y la Regencia: se podrá indicar “OF” (“omitió firmar”) si se presentó en Bedelía durante el transcurso del turno y olvidó firmar o si  existen otros indicadores claros de que se dictó la clase, pero si una docente se dirige directo a su aula y no se presenta en Bedelía ni firma la planilla del día, es factible que se le compute la inasistencia por la jornada. Las inasistencias injustificadas “van a descuento”, lo cual implica que se descuenta el día, además de perderse el presentismo.


El sistema de registro no contempla “llegadas tarde”, “impuntualidad” o “medias faltas”: hay un principio de confianza en la actuación profesional del cuerpo docente del nivel terciario. Sin embargo, en caso de que existan indicios de llegadas tarde consistentes (30 minutos o más sostenidamente), la Regencia podrá convocar a la docente para intervenir sobre la situación.


Ausencias justificadas


Existen múltiples razones para justificar una inasistencia: 1) licencia médica; 2) licencia administrativa; 3) licencia por razones particulares; 4) citación de otra institución; 5) suspensión total o parcial de clases; 6) casos especiales.


1) Licencia por enfermedad: En caso de enfermedad, cada docente debe tramitar la licencia a través del sistema MIA (https://miautogestion.buenosaires.gob.ar/), cargando los certificados médicos correspondientes, y luego dar aviso vía correo electrónico por cuadruplicado a: A) Prosecretaría de nivel terciario (enslvsebs_ntprosecretaia@bue.edu.ar), B) Bedelía (enslvsebs_bedelia@bue.edu.ar), C) su Coordinación y D) sus propios estudiantes.


El sistema MIA asigna una licencia automática por una cantidad determinada de días, luego de los cuales las inasistencias ya no se encuentran justificadas, a menos que se tramite una extensión.


2) Licencia administrativa: En la ÚLTIMA VERSIÓN DEL ESTATUTO DOCENTE pueden consultarse todos los posibles motivos de licencia y sus regulaciones específicas en cuanto a días, documentación respaldatoria y formas de validación. Con excepción de la licencia por razones particulares (ex “70t”, ahora artículo 69 t), estas licencias se tramitan con la Prosecretaría del Nivel Terciario.


3) Licencia por razones particulares (artículo 69 t, ex “70t”): Cualquier docente puede justificar hasta SEIS (6) inasistencias anuales por cargo por razones particulares, y no más de DOS (2) por mes. Por sistema, no se permite licenciar de esta forma dos días consecutivos para el mismo cargo en adyacencia a fines de semana o feriados. Esta licencia se tramita mediante Bedelía, completando y firmando un formulario especial, y queda a juicio de la autoridad competente (en este caso la Regencia). Es importante que los pedidos de “70t” sean razonables y se soliciten con la mayor antelación posible. También es importante que las licencias por razones particulares no entren en conflicto con los objetivos educativos (cobertura del programa, evaluaciones y recuperatorios, oportunidad de práctica, etc.) y que se puedan pensar vías alternativas para alcanzarlos.


4) Citación de otras instituciones: Pueden justificarse inasistencias mediante certificado expedido por otra institución principalmente en los siguientes casos: A) citación a mesa de examen; B) citación a jurado en llamado de selección docente; C) citación a reunión o capacitación docente por parte del ministerio; D) citación a EMI en institución con mayor carga horaria. La inasistencia debe avisarse previamente vía correo electrónico a Bedelía y a Regencia y el certificado se debe presentar a posteriori en Bedelía. 


5) Suspensión total o parcial de clases: En ocasiones de fuerza mayor en las que la escuela no pueda funcionar o no haya suficiente acceso al transporte público para poder trasladarse físicamente hasta la escuela, no se computará asistencia docente. En caso de suspensión parcial del transporte público, aún cuando no se suspendieran las clases, no se les computará la inasistencia a quienes no tengan acceso a la escuela mediante tren, subte o colectivo. Esto puede también quedar contemplado en el artículo 69 S del estatuto docente, según el caso (“fuerza mayor o fenómenos metereológicos”).



B.2) Durante el periodo de mesas de examen


Mecanismo de Registro de la Asistencia


Durante el periodo de exámenes finales de marzo, agosto y diciembre, la asistencia se tomará mediante la firma de una planilla diaria de asistencia que tendrá los nombres de cada docente según hayan recibido citación por día y turno. Deberán firmar tanto quienes hayan recibido citación para el tribunal examinador como quienes sean suplentes por el día. En caso de omisión, la firma en el libro de actas de exámenes finales servirá como equivalente para validar la asistencia docente. 


Las docentes sólo deberán firmar los días en que hayan sido convocadas para las mesas, sin importar sus horarios regulares consignados en la declaración jurada. Cualquier inasistencia injustificada a mesa de examen (ya sea de titular o suplente) contará como inasistencia injustificada a su día laboral más cercano según la declaración jurada (ese mismo o el inmediato anterior) e irá a descuento.


Ausencias justificadas


Las licencias por enfermedad y administrativas funcionan de igual modo para los periodos de mesas de examen. No así los “70t” (artículo 69 t), que no pueden solicitarse para faltar a mesas de examen. Tampoco las citaciones de otras instituciones sirven como justificativo, a menos que sea una citación ministerial que lo justifique, ya que los cambios de días deben programarse antes de la publicación de las fechas de exámenes. 


Sólo las coordinaciones y la Regencia podrán solicitar cambios en las citaciones a mesas de examen una vez publicadas las fechas. Cualquier modificación de una docente a la convocatoria (ya sea por cambio de día de una suplencia, cambio de mesa con otra docente, disolución de mesa por no haber estudiantes registradas, u otros) deberá ser solicitada a su coordinación, quien en caso de avalar hará el pedido a Bedelía de cambio en la planilla de asistencia docente. 



B.3) Durante otros periodos


Existen algunas semanas que quedan por fuera de ambos cuatrimestres y por fuera también del periodo de mesas de examen: A) los días en febrero entre el fin de la licencia anual ordinaria (LAO, artículo 68) y el comienzo de las mesas de examen; B) los días en marzo entre el fin de las mesas de examen y el comienzo del 1er cuatrimestre; C) los días en julio entre el fin del cuatrimestre y el receso invernal; D) los días en agosto entre el fin de las mesas de examen y el comienzo del 2do cuatrimestre y E) los días en noviembre entre el fin del 2do cuatrimestre y el comienzo de las mesas de examen.


En todos estos casos no se registrará la asistencia normalmente, ya que siempre habrá citaciones ya sea para EMIs (espacios de mejora institucional), alguna de las dos reuniones docentes generales del año, reuniones docentes por área o exámenes de ingreso (en marzo y julio). En estos períodos, todo el cuerpo docente será citado a participar en días y horarios puntuales, y la asistencia de toda la semana podrá justificarse firmando la planilla o acta de asistencia de la fecha. En caso de que una docente no pueda asistir al día y horario de la convocatoria por superposición con otras obligaciones, podrá justificar la asistencia firmando la planilla en su día y horario de trabajo. A quienes no asistan al evento citado (EMI, reunión docente, examen de ingreso) ni tampoco firmen en su horario laboral y no cuenten con justificativo se les registrará esa semana una falta no justificada a descuento. 




B.4) Otros puestos docentes 


Existen otros cargos docentes y no docentes que no implican el dictado regular de clases o la participación en mesas de examen: Tutorías, Coordinaciones, Jefaturas, Bedelía, Regencia.


Bedelía, Regencia: Deberán firmar una planilla de asistencia interna según los días y turnos consignados en sus declaraciones juradas. La planilla será controlada semanalmente por la Prosecretaría. Todos los casos de justificación de inasistencias descriptos en B.1) aplican para estos puestos también. 


Tutorías, Coordinaciones, Jefaturas: Para estos puestos la prioridad máxima es la concreción de los objetivos de gestión por sobre el cumplimiento del horario consignado en la declaración jurada. Por consiguiente, quienes ocupen estos roles deberán firmar una planilla semanal donde figuran todos los cargos de todas las carreras juntos. La planilla será controlada por Bedelía una vez por semana y enviada a la Prosecretaría. Todos los casos de justificación de inasistencias descriptos en B.1) aplican para estos puestos también.


ATPs: Los puestos de asistente de trabajos prácticos tienen días y horarios declarados fijos, con lo cual en principio serán incluidos junto con los otros cargos docentes en la planilla diaria de asistencia. Todos los casos de justificación de inasistencias descriptos en B.1) aplican para estos puestos también. Sin embargo, en caso de tener esquemas bimodales aprobados por coordinación y Regencia, deberán informar su planificación de horarios a Bedelía para figurar en la planilla de firmas sólo los días de sus apoyos presenciales. 




Comenzado el año lectivo 2024, el nivel terciario de la ENSLV SEB Spangenberg no cuenta con ninguna reglamentación aprobada por el Consejo Directivo en cuanto al uso y aplicación de la virtualidad. Mientras ése sea el caso, no se podrá utilizar el dictado de la clase virtual como justificativo para la inasistencia docente. Vale decir, si no existe otro justificativo, dar la clase online no evita que se consigne una falta injustificada en la planilla de asistencia docente.


Sin embargo, en caso de existir justificación previa (por licencia, suspensión parcial de clases o casos especiales), se podrá dictar una clase virtual complementaria sincrónica o asincrónica, siempre y cuando no se registre asistencia del estudiantado ni se tomen evaluaciones.


La única excepción a la falta de reglamentación de la virtualidad es el “Proyecto Piloto de Cursada Bimodal para el Profesorado de Portugués”, que fue avalado por el ministerio en diciembre del 2023. Para las docentes de la carrera alcanzadas por este proyecto, durante las semanas de clases virtuales la asistencia docente se registrará mediante una captura de pantalla de la videoconferencia que debe subirse a una carpeta de Google Drive para la constatación de la Bedelía. 



Durante jornadas de paros nacionales o jurisdiccionales, la institución debe garantizar la actividad para que cada docente pueda elegir adherirse o no a la medida de fuerza. Durante los periodos de clase regulares, se sostendrá la actividad mínima de la Bedelía, la institución permanecerá abierta en los horarios del nivel terciario, y se registrará qué docentes asisten a clases y qué docentes se adhieren al paro. Es importante que cada docente pueda brindar la información a sus estudiantes para poder evitar traslados innecesarios a la institución.


Durante fechas de mesas de exámenes el principio será el mismo. La institución funcionará y se tomará registro de quiénes asisten y quiénes se adhieren. En caso de faltar a una mesa en la cual es titular, cada docente debe informarlo a su coordinación, para que se pueda evaluar la posibilidad de que otra docente tome los exámenes. En caso de que todas las docentes especialistas de una materia falten o se adhieran al paro, la mesa se suspende y no se reprograma. En todos los casos se avisará con antelación a las estudiantes inscriptas a la mesa.