DISTINTIVO “ÓPTIMA CASTILLA Y LEÓN”

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Entidades legalmente constituidas que, reuniendo las condiciones y requisitos previstos en el Decreto 20/2018, tengan su sede social o desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad, cualquiera que sea su dimensión y actividad.

Se entienden incluidas:


a) Empresas

b) Entidades sin ánimo de lucro

c) Comunidades de bienes

d) Personas físicas empleadoras

Actuaciones de igualdad de género

Contenido

Las actuaciones en favor de la igualdad de género deberán realizarse en el ámbito interno o de organización de las entidades y podrán complementarse con otras encaminadas a la difusión exterior de la labor realizada, así como con actuaciones de colaboración con los organismos que trabajan a favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la Comunidad de Castilla y León.

Se entenderán como actuaciones en favor de la igualdad de género a los efectos de este decreto, los siguientes:

a) Acciones positivas que fomenten la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.

b) Actuaciones en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

c) Actuaciones para la reducción de la brecha salarial y que aumenten la transparencia retributiva.


La vigencia de la distinción otorgada será de dos años desde la fecha de resolución de la concesión y estará, en todo caso, condicionada a que la entidad distinguida mantenga una práctica continuada en favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y continúe cumpliendo los requisitos exigidos para su concesión.


Transcurridos dos años desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión y, con el objeto de renovar por otros dos años la distinción reconocida, la empresa o entidad distinguida deberá presentar, en un plazo máximo de 30 días, una solicitud de renovación. Esta solicitud irá acompañada de la documentación que acredite que continua desarrollando una política de igualdad de género en la gestión de sus recursos humanos y en su caso, que ha adoptado nuevas medidas en este ámbito.


Extinción del reconocimiento. El titular de la consejería competente en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, podrá revocar el reconocimiento otorgado a aquellas entidades en las que se demuestre la existencia de prácticas discriminatorias por razón de sexo o que no acrediten debidamente la continuidad de las acciones en favor de la igualdad de género, no pudiendo utilizar la marca «Óptima Castilla y León» en ninguno de los actos de comunicación y publicidad que realicen a partir de la fecha en que se dicte la resolución correspondiente.El procedimiento de revocación podrá iniciarse de oficio o a instancia de parte y finalizará por resolución del titular de la consejería competente en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, previa audiencia de la entidad interesada.


PLAZO DE RESOLUCIÓN:

  • 3 meses contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.


LEGISLACIÓN APLICABLE

  • Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en Castilla y León (BOCyL 07-03-2003)

  • Decreto 20/2018, de 5 de julio, por el que se regula el distintivo “Óptima Castilla y León” dirigido al reconocimiento de la igualdad de género en el ámbito laboral (BOCyL 09-07-2018)


ORGANISMO

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de la Mujer


Fuente: JCyL Mujer

Distintivo “Igualdad en la Empresa” correspondiente al año 2020, del Ministerio de Igualdad

Este distintivo tiene por objeto reconocer y estimular la labor de las empresas y entidades comprometidas con la igualdad, que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad entre mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.


Dirigido a cualquier entidad o empresa, de capital público o privado, que ejerza su actividad en el territorio español.


El plazo para presentar candidatura es de un mes a partir del 22 de octubre de 2020


Fuente: Igualdadenlaempresa