Un Plan de Igualdad tiene como finalidad eliminar cualquier tipo de desigualdad o discriminación que pueda darse en una organización por razón de sexo e integrar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres como un beneficio básico de la organización y como eje de los procedimientos de gestión. El Plan de Igualdad debe propiciar la eliminación de los desequilibrios y desigualdad de mujeres y hombres.
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, en su artículo 46.1, lo define como
“un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la (Corporación/Empresa) la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo. Los planes de igualdad fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados”
La elaboración y posterior puesta en marcha de un Plan de Igualdad no solo se debe realizar para cumplir con la normativa ya señalada, sino que su implantación trae consigo numerosas ventajas entre las que destacamos:
Retención del talento. Optimización de los recursos humanos, aprovechando la importante formación que están adquiriendo las mujeres y los buenos resultados que ofrecen.
Mejora del clima laboral. Aumento de la reputación interna de compañía / organismo público entre la plantilla.
Preparación para el futuro. Los equipos de trabajo se hacen más adaptables a nuevas formas de trabajo.
Reputación y mejora de la imagen de la empresa o Corporación. Se proyecta una imagen más actual, comprometida y socialmente valorada.